Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2012 (17/09/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 6

474592

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 17 de setiembre de 2012

distal anterior y uno en la cara posterior. La MORDAZA es un tambor de doble membrana; Que, la practica de esta danza ha pasado por un MORDAZA de repliegue, al menos en los caserios donde existe como manifestacion original, como Urpay, Shiracmaca y Culicanda, por las transformaciones en la sociedad y cultura comunes a toda el area rural peruana, producto de la migracion y la escolarizacion, y especialmente del avance del evangelismo, contrario a las MORDAZA catolicas. El rescate de esta costumbre es un MORDAZA relativamente MORDAZA, y todavia esta limitado a la MORDAZA de Huamachuco, donde existen actualmente diversas asociaciones de folclore local, algunas de ellas parte del sistema escolar, y otras MORDAZA producto del interes del sector mas intelectualizado y comprometido con la cultural local. MORDAZA a este impulso, la Contradanza se imparte en la mayor parte de las escuelas del distrito, aunque hay que recalcar que la version que se difunde por este medio es, como suele pasar en estos casos, la version mas conocida y vistosa de la capital de la provincia, Huamachuco. En todo caso, este interes ha convertido a la Contradanza en una expresion de la identidad de la provincia de MORDAZA Carrion; Que, esta danza mantiene rasgos de originalidad que la hacen muy distinta de otras danzas del mismo origen, incluyendo las danzas del mismo nombre que se dan en otras regiones del pais. Con excepcion de la danza que se practica en la capital del distrito, que ha conocido un importante reconocimiento de la region como rasgo determinante de la identidad provincial, las versiones mas antiguas que existen en otros caserios y distritos de la provincia de MORDAZA MORDAZA corren peligro de extinguirse o de ser sustituidas por otras versiones mas populares; Que, en esta manifestacion se expresa parte de la historia de una de las regiones mas importantes de los andes nortenos, punto de confluencia de diversos grupos humanos, que le valio ser un centro administrativo de importancia en la region, tanto en el Tahuantinsuyo como durante la epoca de la colonia. Esta manifestacion es el producto directo de la influencia espanola, y un buen ejemplo de como el proyecto civilizatorio colonial se imprimio en la cultura MORDAZA, que lo asimilo creativamente. Reprodujo asi una costumbre de la elite espanola como el baile de salon, del cual tomo algunos aspectos de la coreografia y la vestimenta, pero lo derivo a una expresion completamente distinta, una muestra mas de la creatividad del hombre MORDAZA a lo largo de su historia; Que, el articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el numeral 2) del articulo 1º de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nacion, las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unilateral o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresion de la identidad cultural y social; ademas de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos originarios, el saber y los conocimientos tradicionales, ya MORDAZA artisticos, gastronomicos, medicinales, tecnologicos, folcloricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural como pais; Que, los articulos IV y VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, senalan que es de interes social y de necesidad publica la identificacion, registro, inventario, declaracion, proteccion, restauracion, investigacion, conservacion, puesta en valor y difusion del Patrimonio Cultural de la Nacion y su restitucion en los casos pertinentes; siendo el Instituto Nacional de Cultura (hoy Ministerio de Cultura) la autoridad encargada de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacion dentro del ambito de su competencia; Que, corresponde al Ministerio de Cultura en cumplimiento de la funcion que le asigna la Ley y con la participacion activa de la comunidad, realizar una permanente identificacion de dichas manifestaciones tradicionales del MORDAZA que deben ser declaradas como Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el articulo 14º de la Ley Nº 29565 - Ley de creacion del Ministerio de Cultura, senala que el Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales tiene entre sus

funciones, la de formular, coordinar, ejecutar y supervisar la politica relacionada con el fomento de la cultura y la creacion cultural en todos sus aspectos y ramas del Patrimonio Cultural, lo que incluye la declaracion, administracion, promocion, difusion y proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion, de conformidad con la respectiva politica nacional; Que, la Directiva Nº 001-2011-MC, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 080-2011-MC, modificada por Resolucion Ministerial Nº 103-2011-MC y Resolucion Ministerial Nº 302-2012-MC, establece el procedimiento para la declaracion de las manifestaciones del Patrimonio Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nacion y el otorgamiento de reconocimientos, correspondiendo a esta autoridad, declarar las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante el Informe Nº 538-2012-OAGJ-SG/MC, de fecha 29 de agosto de 2012, la Oficina General de Asesoria Juridica senalo que de acuerdo a la normativa vigente, entiendase la expuesta en la presente Resolucion y en virtud a lo dispuesto por la Direccion de Patrimonio Inmaterial Contemporaneo, la manifestacion cultural conocida como la Contradanza del departamento de La MORDAZA, reune las condiciones necesarias para que sea declarada como Patrimonio Cultural de la Nacion; Estando a lo visado por la Directora General de la Direccion General de Patrimonio Cultural, la Directora de la Direccion de Patrimonio Inmaterial Contemporaneo y el Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29565 - Ley de creacion del Ministerio de Cultura; Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0112006-ED; la Directiva Nº 001-2011-MC, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 080-2011-MC y modificada por Resolucion Ministerial Nº 103-2011-MC y Resolucion Nº 302-2012-MC; el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 001-2011MC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a la manifestacion cultural conocida como la Contradanza de la provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de La MORDAZA, por ser una expresion de la historia e identidad regional, original y exclusiva, con variantes locales en los distintos caserios y distritos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VARON GABAI Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 841468-2

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Designan Director General de Politicas y Estrategias del Despacho Viceministerial de Politicas y Evaluacion Social del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 168-2012-MIDIS MORDAZA, 14 de setiembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29792, se creo el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, determinandose su ambito, competencias, funciones y estructura organica basica; Que, por Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, en el cual se

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.