Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2012 (27/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, jueves 27 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES

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MORDAZA PERUANA AL MERITO NAVAL", se otorgara al Comandante General de la MORDAZA en el grado de "GRAN MORDAZA ESPECIAL" al asumir el cargo y al Personal de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, el grado de "GRAN CRUZ", por la causal "Alto Grado Naval" al ascender a Vicealmirante"; Que, los senores Oficiales Almirantes se encuentran comprendidos dentro de los supuestos previstos en los considerandos precedentes; Estando a lo acordado por el Consejo de la Condecoracion; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar las condecoraciones "ORDEN GRAN MORDAZA GRAU" y "ORDEN MORDAZA PERUANA AL MERITO NAVAL" en el grado de "GRAN MORDAZA ESPECIAL"- Distintivo MORDAZA, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mera, CIP. 09708418, por haber asumido el cargo de Comandante General de la Marina. Articulo 2°.- Otorgar las condecoraciones "ORDEN GRAN MORDAZA GRAU" y "ORDEN MORDAZA PERUANA AL MERITO NAVAL" en el grado de "GRAN CRUZ" Distintivo MORDAZA, por la causal "Alto Grado Naval" a los siguientes Vicealmirantes:
Vicealmirante Wladimiro GIOVANNINI y Freire CIP. 02779523 Vicealmirante MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEVILLE Del MORDAZA CIP. 02799637 Vicealmirante MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CIP. 02798645

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 421° del referido Reglamento, la condecoracion se otorgara a civiles peruanos o extranjeros en cualquier grado, a juicio del Consejo de la Condecoracion y de acuerdo con la equivalencia que se pueda establecer de la jerarquia del Personal Civil, con los MORDAZA del Personal de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, el Articulo 602° Inciso b) del Reglamento de la Condecoracion, senala que la propuesta para el otorgamiento de la condecoracion sera formulada por el Comandante General de la MORDAZA, en su condicion de miembro mas antiguo del Consejo; Que, el senor MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA Candamo, se encuentra comprendido dentro de los supuestos de hecho previstos en los considerandos anteriores; Estando a lo recomendado por el Consejo de la Condecoracion; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Otorgar la Condecoracion "ORDEN MORDAZA PERUANA AL MERITO NAVAL" en el grado de "GRAN CRUZ", Distintivo MORDAZA, al senor MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA Candamo, por la causal "Calificados Merecimientos", por haber contribuido en forma excepcional al progreso y engrandecimiento de la MORDAZA de MORDAZA del Peru. Articulo Segundo.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese.

Articulo 3°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa

OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa

846905-8 846905-7 RESOLUCION SUPREMA Nº 441-2012-DE/MGP
MORDAZA, 26 de setiembre de 2012 VISTO: El Acta Nº 007-2012 del 23 de agosto de 2012, mediante la cual, el Consejo de las Condecoraciones "ORDEN GRAN MORDAZA GRAU" y "ORDEN MORDAZA PERUANA AL MERITO NAVAL", sobre la base de la recomendacion formulada por la Comision Auxiliar Permanente de Evaluacion determino la procedencia del otorgamiento de la Condecoracion de la "ORDEN MORDAZA PERUANA AL MERITO NAVAL" en el grado de "GRAN CRUZ", Distintivo MORDAZA, al senor MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA Candamo, por la causal "Calificados Merecimientos", por haber contribuido en forma excepcional al progreso y engrandecimiento de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 10678, se crea la Condecoracion de la "ORDEN MORDAZA PERUANA AL MERITO NAVAL", cuyo Reglamento (REOCPMENA11102) fue aprobado mediante Resolucion Ministerial N° 0811-84-MA/CG del 19 de junio de 1984 y actualizado con Resolucion Ministerial N° 1164-2004-DE/MGP del 09 de noviembre de 2004; Que, el Articulo 201° Inciso j) del Reglamento de la Condecoracion de "ORDEN MORDAZA PERUANA AL MERITO NAVAL", (REOCPMENA-11102), establece que la "ORDEN MORDAZA PERUANA AL MERITO NAVAL", se otorgara al Personal Militar, Policial y Civil nacional o extranjero a propuesta de las Autoridades indicadas en el Articulo 602° del citado Reglamento, con la aprobacion del Consejo de la Condecoracion; Que, de conformidad con los Articulos 401° inciso a) y 409° inciso a) del Reglamento precitado, la Condecoracion se otorgara a civiles peruanos o extranjeros por la causal "Calificados Merecimientos", por haber contribuido en forma excepcional al progreso y engrandecimiento de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, el Ejercito del Peru es un organo de ejecucion del Ministerio de Defensa, cuya estructura y funcionamiento se rige por el Decreto Legislativo N° 437 - "Ley de Organizacion y Funciones del Ejercito Peruano", modificado por la Ley N° 29417; Que, el articulo 4° de la Ley N° 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales establece que los "gobiernos regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversion publica y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo"; Que, el proyecto de Convenio de Cooperacion Interinstitucional entre la 6ta Brigada de Selva-EP y el Gobierno Regional de Amazonas tiene como objeto aunar esfuerzos para fortalecer las actividades en la educacion TECNICO PRODUCTIVA del ambito del Gobierno Regional de Amazonas y promover la formacion de Tecnicos en los

Facultan a General de Brigada para que suscriba el "Convenio de Cooperacion Interinstitucional entre el Gobierno Regional de Amazonas y la Sexta Brigada de MORDAZA - Ejercito del Peru Amazonas"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1094-2012-DE/EP
MORDAZA, 26 de setiembre de 2012 VISTOS; El proyecto de Convenio de Cooperacion Interinstitucional propuesto por 6ta Brigada de Selva-EP y el Informe Legal N° 2720-2012-MINDEF/OGAJ, del 17 de setiembre de 2012, emitido por la Oficina General de Asesoria Juridica.

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