NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (27/09/2012)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 27 de setiembre de 2012 475325 CRUZ PERUANA AL MÉRITO NAVAL”, se otorgará al Comandante General de la Marina en el grado de “GRAN CRUZ ESPECIAL” al asumir el cargo y al Personal de la Marina de Guerra del Perú, el grado de “GRAN CRUZ”, por la causal “Alto Grado Naval” al ascender a Vicealmirante”; Que, los señores Ofi ciales Almirantes se encuentran comprendidos dentro de los supuestos previstos en los considerandos precedentes; Estando a lo acordado por el Consejo de la Condecoración; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Otorgar las condecoraciones “ORDEN GRAN ALMIRANTE GRAU” y “ORDEN CRUZ PERUANA AL MÉRITO NAVAL” en el grado de “GRAN CRUZ ESPECIAL”- Distintivo Blanco, al señor Almirante Carlos Roberto TEJADA Mera, CIP. 09708418, por haber asumido el cargo de Comandante General de la Marina. Artículo 2°.- Otorgar las condecoraciones “ORDEN GRAN ALMIRANTE GRAU” y “ORDEN CRUZ PERUANA AL MÉRITO NAVAL” en el grado de “GRAN CRUZ” - Distintivo Blanco, por la causal “Alto Grado Naval” a los siguientes Vicealmirantes: Vicealmirante Wladimiro GIOVANNINI y Freire CIP. 02779523 Vicealmirante Edmundo Luis Enrique DEVILLE Del Campo CIP. 02799637 Vicealmirante Jorge Ricardo Francisco MOSCOSO Flores CIP. 02798645 Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 846905-7 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 441-2012-DE/MGP Lima, 26 de setiembre de 2012 VISTO: El Acta Nº 007-2012 del 23 de agosto de 2012, mediante la cual, el Consejo de las Condecoraciones “ORDEN GRAN ALMIRANTE GRAU” y “ORDEN CRUZ PERUANA AL MÉRITO NAVAL”, sobre la base de la recomendación formulada por la Comisión Auxiliar Permanente de Evaluación determinó la procedencia del otorgamiento de la Condecoración de la “ORDEN CRUZ PERUANA AL MÉRITO NAVAL” en el grado de “GRAN CRUZ”, Distintivo Blanco, al señor José Agustín DE LA PUENTE Candamo, por la causal “Califi cados Merecimientos”, por haber contribuido en forma excepcional al progreso y engrandecimiento de la Marina de Guerra del Perú; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 10678, se crea la Condecoración de la “ORDEN CRUZ PERUANA AL MÉRITO NAVAL”, cuyo Reglamento (REOCPMENA- 11102) fue aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0811-84-MA/CG del 19 de junio de 1984 y actualizado con Resolución Ministerial N° 1164-2004-DE/MGP del 09 de noviembre de 2004; Que, el Artículo 201° Inciso j) del Reglamento de la Condecoración de “ORDEN CRUZ PERUANA AL MÉRITO NAVAL”, (REOCPMENA-11102), establece que la “ORDEN CRUZ PERUANA AL MÉRITO NAVAL”, se otorgará al Personal Militar, Policial y Civil nacional o extranjero a propuesta de las Autoridades indicadas en el Artículo 602° del citado Reglamento, con la aprobación del Consejo de la Condecoración; Que, de conformidad con los Artículos 401° inciso a) y 409° inciso a) del Reglamento precitado, la Condecoración se otorgará a civiles peruanos o extranjeros por la causal “Califi cados Merecimientos”, por haber contribuido en forma excepcional al progreso y engrandecimiento de la Marina de Guerra del Perú; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 421° del referido Reglamento, la condecoración se otorgará a civiles peruanos o extranjeros en cualquier grado, a juicio del Consejo de la Condecoración y de acuerdo con la equivalencia que se pueda establecer de la jerarquía del Personal Civil, con los grados del Personal de la Marina de Guerra del Perú; Que, el Artículo 602° Inciso b) del Reglamento de la Condecoración, señala que la propuesta para el otorgamiento de la condecoración será formulada por el Comandante General de la Marina, en su condición de miembro más antiguo del Consejo; Que, el señor José Agustín DE LA PUENTE Candamo, se encuentra comprendido dentro de los supuestos de hecho previstos en los considerandos anteriores; Estando a lo recomendado por el Consejo de la Condecoración; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Otorgar la Condecoración “ORDEN CRUZ PERUANA AL MÉRITO NAVAL” en el grado de “GRAN CRUZ”, Distintivo Blanco, al señor José Agustín DE LA PUENTE Candamo, por la causal “Califi cados Merecimientos”, por haber contribuido en forma excepcional al progreso y engrandecimiento de la Marina de Guerra del Perú. Artículo Segundo.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 846905-8 Facultan a General de Brigada para que suscriba el “Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Gobierno Regional de Amazonas y la Sexta Brigada de Selva - Ejército del Perú - Amazonas” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1094-2012-DE/EP Lima, 26 de setiembre de 2012 VISTOS; El proyecto de Convenio de Cooperación Interinstitucional propuesto por 6ta Brigada de Selva-EP y el Informe Legal N° 2720-2012-MINDEF/OGAJ, del 17 de setiembre de 2012, emitido por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, el Ejército del Perú es un órgano de ejecución del Ministerio de Defensa, cuya estructura y funcionamiento se rige por el Decreto Legislativo N° 437 - “Ley de Organización y Funciones del Ejército Peruano”, modifi cado por la Ley N° 29417; Que, el artículo 4° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que los “gobiernos regionales tienen por fi nalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo”; Que, el proyecto de Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la 6ta Brigada de Selva-EP y el Gobierno Regional de Amazonas tiene como objeto aunar esfuerzos para fortalecer las actividades en la educación TECNICO PRODUCTIVA del ámbito del Gobierno Regional de Amazonas y promover la formación de Técnicos en los