NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (27/09/2012)
CANTIDAD DE PAGINAS: 104
TEXTO PAGINA: 12
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 27 de setiembre de 2012 475326 diversos módulos de educación que se imparten en dicha Institución Educativa; Que, el Literal n), del numeral 3.2, del artículo 3° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 001 - 2011-DE, del 29 de marzo 2011, establece como función específi ca de Ministerio de Defensa promover convenios de cooperación y colaboración interinstitucional a nivel nacional e internacional en el ámbito de su competencia y de acuerdo a ley; Que, el numeral 77.3, del Artículo 77° de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General establece que por los convenios de colaboración, las entidades a través de sus representantes autorizados, celebran dentro de la ley acuerdos en el ámbito de su respectiva competencia, de naturaleza obligatoria para las partes y con cláusula expresa de libre adhesión y separación; Que, la celebración del Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Gobierno Regional de Amazonas y la 6ta Brigada de Selva-EP resulta benefi cioso para el Centro de Educación Técnico Productivo (CETPRO), para el personal que presta Servicio Militar Voluntario y para la comunidad de dicho lugar, siendo conveniente que se autorice al señor General de Brigada Comandante General de la 6ta Brigada de Selva - EP para la suscripción del mismo; De conformidad con lo dispuesto por el inciso v) del artículo 9° de la Ley N° 29605, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, concordante con el inciso r) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa aprobado por Decreto Supremo N° 001-2011-DE; SE RESUELVE: Artículo Único.- Facultar al señor General de Brigada Comandante General de la 6ta Brigada de Selva- EP, para que suscriba el “Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Gobierno Regional de Amazonas y la Sexta Brigada de Selva ¬Ejército del Perú - Amazonas”. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO ALVARO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 846678-1 Varían plazo de ejecución del Ejercicio Marítimo Binacional de Control de Derrame de Hidrocarburos aprobado mediante R. Leg. N° 29916 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1105-2012-DE/SG Lima, 26 de setiembre de 2012 VISTO; El Ofi cio 0.500-3812 del 21 de setiembre de 2012, suscrito por el Secretario del Comandante General de la Marina, por encargo del Comandante General de la Marina; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Legislativa N°29916, del 17 de setiembre de 2012, se autorizó el ingreso al territorio de la República de la Patrullera Guardacostas Marítima- Isla Puná LG-36 y del personal militar de la República del Ecuador que se indica en dicha resolución, con la fi nalidad que participen en el Ejercicio Marítimo Binacional de Control de Derrame de Hidrocarburos, a cargo de la Marina de Guerra del Perú, conforme al detalle señalado en el referido dispositivo legal; Que, con el ofi cio del Visto el Secretario del Comandante General de la Marina, por encargo del Comandante General de la Marina, solicita la variación de la fecha de ingreso a territorio de la República del personal militar de la República del Ecuador y de la Unidad Naval antes referida, por cuanto el Ejercicio Marítimo Binacional de Control de Derrame de Hidrocarburos se realizará del día 27 al 29 de setiembre del presente año; Que, el artículo 2° de la Resolución Legislativa N° 29916, faculta al Ministro de Defensa a variar el plazo de ejecución de la actividad operacional antes señalada, siempre y cuando dicha modifi cación no exceda el tiempo de permanencia establecido; De conformidad con la Ley N° 27856 - Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley N° 28899, el Decreto Supremo N° 013-2009-DE, que aprueba el Reglamento de Visita y Permanencia de Buques de Guerra Extranjeros a Puertos Nacionales y Tránsito por Aguas bajo el Dominio Marítimo del Perú, la Ley N° 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y el Decreto Supremo N° 001-2011-DE, que aprueba su Reglamento; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Variar el plazo de ejecución del Ejercicio Marítimo Binacional de Control de Derrame de Hidrocarburos aprobado mediante Resolución Legislativa N° 29916, del 17 de setiembre de 2012, conforme al siguiente detalle: Ejercicio/entrenamiento marítimo Objetivo Entrenamiento Marítimo Binacional de Control de Derrame de Hidrocarburos Lugar Bahía del Puerto de Zorritos Fecha de inicio 27 de setiembre de 2012 Tiempo de permanencia 3 días Instituciones involucradas Marina de Guerra del Perú País participante República del Ecuador REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL