Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2012 (27/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, jueves 27 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES

475323

DEFENSA
Autorizan intervencion de las Fuerzas Armadas a nivel nacional en apoyo a la Policia Nacional del Peru, para brindar seguridad con ocasion de la III Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del Foro MORDAZA del Sur - Paises Arabes (ASPA)
RESOLUCION SUPREMA Nº 438-2012-DE/
MORDAZA, 26 de setiembre de 2012 Visto, el Oficio Nº 418-2012-IN/DM, del 24 de setiembre de 2012, suscrito por el senor Ministro del Interior. CONSIDERANDO: Que, conforme al articulo 44º de la Constitucion Politica del Peru, es deber primordial del Estado proteger a la poblacion de las amenazas contra su seguridad; Que, mediante Ley N° 28222 ­ Ley que modifica la Ley N° 25410, referida a la intervencion de las Fuerzas Armadas en zonas no declaradas en Estado de Emergencia, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 024-2005-DE/SG, del 26 de octubre del 2005, modificado por Decreto Supremo N° 0072008-DE, del 26 de MORDAZA de 2008, se establecieron los procedimientos que regulan la intervencion de las Fuerzas Armadas en dichas zonas; Que, el numeral 5.3 del articulo 5º, concordante con los articulos 21º, 22º, 23º, 24º y 25º del Decreto Legislativo Nº 1095, que establece Reglas de Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional, disponen que las Fuerzas Armadas pueden actuar excepcionalmente en apoyo a la Policia Nacional del Peru en casos de trafico ilicito de drogas, terrorismo o proteccion de instalaciones estrategicas para el funcionamiento del MORDAZA, servicios publicos esenciales, y en los demas casos constitucionalmente justificados, en que la capacidad de la Policia sea sobrepasada en el control del orden interno, sea previsible o existiera el peligro de que esto ocurriera; Que, mediante Resolucion Suprema N° 156-2012RE, del 4 de MORDAZA de 2012, se declaro de interes nacional la realizacion de la III Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del Foro MORDAZA del Sur - Paises Arabes (ASPA), a llevarse a cabo el 1 y 2 de octubre de 2012; Que, a traves del Oficio del visto, el senor Ministro del Interior ha solicitado al senor Presidente de la Republica, por motivos de seguridad, la intervencion

de las Fuerzas Armadas para cubrir la seguridad del espacio aereo, maritimo y terrestre a nivel nacional, con motivo de la realizacion de la III Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del Foro MORDAZA del Sur Paises Arabes (ASPA); garantizando con ello su normal desarrollo, teniendo en consideracion la situacion politico social del MORDAZA y las acciones terroristas nacionales e internacionales; Que, en consecuencia, es conveniente disponer la intervencion de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policia Nacional del Peru; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 28222, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 0242005-DE/SG, del 26 de octubre del 2005 y lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1095; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizacion de Intervencion de las Fuerzas Armadas Autorizar la intervencion de las Fuerzas Armadas a nivel nacional en apoyo a la Policia Nacional del Peru, para brindar seguridad del 1 al 2 de octubre de 2012, fechas en que se llevara a cabo la III Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del Foro MORDAZA del Sur - Paises Arabes (ASPA). Articulo 2º.- De la actuacion de las Fuerzas Armadas 2.1. La actuacion de las Fuerzas Armadas constituira una tarea de apoyo a la mision de la Policia Nacional del Peru y no releva la activa participacion de esta. El control del orden interno permanecera en todo momento a cargo de la Policia Nacional del Peru. 2.2. La actuacion de las Fuerzas Armadas estara dirigida a contribuir y garantizar el funcionamiento de los servicios publicos esenciales y resguardar puntos criticos vitales para el normal desarrollo de las actividades de la poblacion afectada, facilitando de este modo que los efectivos de la Policia Nacional del Peru concentren su accionar en el control del orden publico y la interaccion con la poblacion. Articulo 3º.- De la Intervencion de las Fuerzas Armadas La intervencion de las Fuerzas Armadas se efectuara conforme a lo dispuesto en la Ley N° 28222 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 0242005-DE/SG, del 26 de octubre del 2005, y el Decreto Legislativo Nº 1095 que establece las Reglas de Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional, debiendo el Ministro de Defensa aprobar la Directiva especifica para la intervencion de las Fuerzas Armadas, formulada por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas.

DIARIO OFICIAL

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. 2. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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