TEXTO PAGINA: 6
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 5 de abril de 2013 492188 de Cultura de Cusco remitió el expediente elaborado por la Dirección de Investigación y Catastro de dicha Dirección Regional, a fi n de que se evalúe declarar como Patrimonio Cultural de la Nación a las “Autoridades tradicionales, Los Varayoc de Pisac” del distrito de Pisac, provincia de Calca, región Cusco; Que, al expediente presentado se acompañan una serie de fi rmas de las autoridades tradicionales conocidos como “Varayoq”; Que, mediante el Informe Nº 168-2013-DGPC- VMPCIC/MC de fecha 14 de marzo de 2013, la Dirección General de Patrimonio Cultural elevó al Viceministerio de Patrimonio Cultural Industrias Culturales, el Informe Nº 066- 2013-DPIC-DGPC/MC del 13 de marzo de 2013, emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial Contemporáneo, por el cual se recomienda que el “Sistema de autoridades tradicionales conocido como Varayoq del distrito de Pisac”, provincia de Calca, departamento de Cusco, sea declarada como Patrimonio Cultural de la Nación; Que, de acuerdo al Informe Nº 066-2013-DPIC-DGPC/ MC antes citado, los fundamentos para proceder a la referida declaratoria son los siguientes: Que, el universo cultural que conocemos como “cultura andina” es producto de milenios de presencia humana en la amplia región defi nida geográfi camente por la presencia de la cordillera andina, que dio lugar a uno de los pocos focos autónomos de desarrollo de la civilización humana; Que, en dicho espacio, se desarrollaron sistemas políticos constituidos sobre ciertos principios básicos de organización fundados en el parentesco ampliado, la alianza, la ayuda mutua, la reciprocidad y la complementariedad, los cuales pasaron en época tardía por un proceso de infl exión con dos fenómenos de gran trascendencia. El primero, fue la culminación del desarrollo autónomo en una gran estructura política, producto de la expansión originada en el Cusco, que con el nombre de “Tawantinsuyu”, se extendió por gran parte del área andina. El segundo, fue la conquista de esta civilización por los europeos, que operó una profunda transformación en las organizaciones andinas, aunque se valió parcialmente de algunos de estos principios básicos para garantizar la reproducción de la población nativa, ahora sometida al sistema colonial; Que, de este modo, los principios de reciprocidad, del uso de redes de parentesco ampliado y de afi nidad, como base de la organización del trabajo, y del reparto de recursos, fueron redefi nidos como medios para la obtención de mano de obra y de extracción constante de recursos para la Corona; Que, el sistema se valía igualmente de la aristocracia indígena, conformada por los curacas o caciques, como intermediaria entre la masa indígena y la administración colonial; sin embargo, las rebeliones indígenas de 1777 a 1780, lideradas por esta élite, en las que Pisac ejerció una parte activa, tuvieron como resultado que este sector fuera ofi cialmente desligado de la administración. Ésta fue entonces asignada desde entonces a los tributarios indígenas, elegidos por la población sobre el criterio de confi abilidad, a partir del modelo de las comunidades rurales españolas; Que, la llegada del régimen republicano, que eliminó legalmente a la aristocracia indígena, signifi có para la población nativa una sustitución del estrato dominante español por el de los mestizos y criollos, nuevos patrones en la economía de haciendas, pero mantuvo los fundamentos del sistema servil de origen colonial, que no fue liquidado ofi cialmente sino hasta la segunda mitad del siglo XX; Que, la organización política nativa se desarrolló bajo tales circunstancias, por lo que el carácter del sistema de autoridades tradicionales conocido como “Varayoq” y similares han sido motivo de numerosas polémicas debido a su ascendencia colonial y su papel como intermediario entre los patrones y la fuerza de trabajo indígena durante el periodo republicano; Que, además, los fundamentos básicos de la sociedad y la organización política tradicionales andinas no han sido ofi cialmente validados dentro del sistema de organización política peruana. Las leyes de comunidades indígenas (1920 y 1936), así como la legislación sobre comunidades campesinas vigente desde 1968, han descrito la organización local andina en un sentido muy positivo, pero ninguna de ellas ha validado su sistema tradicional de organización; Que, en cambio, la normativa ha insistido en la formalización de la organización rural local, en la estructura compuesta por un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y Vocales, estructura política a la que se han tenido que adscribir las comunidades rurales que han deseado ser reconocidas ofi cialmente por el Estado; lo cual ha reducido la organización tradicional (sistema de “Varayoq”) a un nivel simbólico y ritual; Que, en muchas comunidades campesinas, se distingue de este modo a las autoridades formales con poder y representatividad efectivos ante el Estado como “autoridades políticas” o “autoridades comunales”, evidenciando su origen formal conforme a las exigencias dispuestas por ley; Que, por otro lado, los cargos que conforman el sistema de autoridades que sobrevivió a la extinción del régimen de hacienda han sido denominados “tradicionales” y, en un sentido más concreto, “de vara” o “Varayoq”. A esta categoría pertenecen las autoridades del distrito de Pisac. Este tipo de autoridades, sin embargo, no ha quedado completamente marginado del sistema formal de administración debido a que en varios lugares, aunque de modo irregular, son reconocidas con el grado de Teniente Gobernador, es decir, un representante de la población integrado al sistema de administración local, distrital y departamental. No obstante, esto no ocurre en otras localidades, en que el papel rector de estas autoridades está limitado al plano ritual, en las fi estas del agua y otras festividades tradicionales; Que, la manifestación más visible del sistema de “Varayoq” de Pisac es el llamado “wachu”, que es la presentación pública del conjunto de autoridades tradicionales de las comunidades durante las ceremonias religiosas católicas, como las misas dominicales, pero también en rituales y otras fechas del calendario festivo y agrícola. Se trata de una sucesión en fi la de los representantes de centros poblados del distrito, en una secuencia determinada y orientados hacia una dirección específi ca. Esta sucesión se ciñe, antes que a un criterio de importancia o de antigüedad de los centros poblados, a una secuencia estacional sobre la que se organiza el trabajo agrícola, que corre paralela por tanto a la administración de recursos y gentes, paralelismo que ha sido central en la organización andina desde tiempos prehispánicos; Que, como en la mayoría de los centros poblados andinos, el actual Pisac es resultado de la política colonial de reducciones indígenas, estando su población organizada originalmente en cuatro barrios, denominados “ayllus”: “Pisac-Pumacorco”, “Cuypan-Cusco”, “Ayllus Qosqo” y “Qollana”, cada uno con una serie de autoridades, alcaldes, regidores, mayordomos, alguaciles y escribanos. Dicha serie de autoridades se ha transformado, pero mantiene la división espacial en cuatro “ayllus”, la cual se manifi esta en los cuatro altares que marcan el circuito de las procesiones religiosas como el “Corpus Christi”, que sigue el orden de la antigua administración; Que, en el plano simbólico, el ordenamiento en “wachu” ha tenido la función de sacralizar el espacio local. Sigue una dirección similar al trayecto del sol y de los demás astros; la sucesión de autoridades presentes en los rituales de cada localidad sigue un grado de importancia no decreciente sino ascendente, resultando que la línea de autoridades está encabezada por el grado menor y es cerrada por el “Varayoq” como cargo más importante de autoridad tradicional; reproduciendo, de esta manera, la trayectoria que debe ser seguida por los comuneros en dicho sistema, desde el cargo menor al más importante; Que, a cuatro décadas de desaparecido el régimen de haciendas, el sistema de autoridades tradicionales ha persistido en Pisac, dando cuenta del papel que la población le sigue confi riendo, de manera que las “autoridades de vara” siguen teniendo un rol en el sistema ritual como intermediarios entre la población y el mundo espiritual al que se debe rendir homenaje, así como de coordinadores de las faenas y acciones rituales alrededor de los recursos básicos, como el agua; Que, el sistema de autoridades tradicionales de los centros poblados del distrito de Pisac, poniendo como ejemplo a la comunidad de Viacha, está compuesto por nueve cargos, que en orden ascendente son “cañari”, “regidor”, “qaywa”, “wachu capitán”, “pasña capitán”, “ch’uncho mayordomo”, “segunda”, “mayordomo mayor” y “alcalde o varayoq”. Estas autoridades, en conjunto, son denominadas con el término de “kuraqkuna”; Que, el primer cargo a asumir es el de “cañari”, cargo menor, cuyo nombre deriva de la etnia indígena que fue fi el servidora de los conquistadores en la colonización del Cusco, es un asistente del “wachu capitán” en sus labores de coordinación de faenas agrícolas o de construcción de locales e infraestructura. Coordina la compra de bebida para estas actividades y cuida las herramientas a ser usadas en la faena;