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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 5 de abril de 2013 492190 DEFENSA Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de EE.UU. y Colombia RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 267-2013-DE/SG Lima, 3 de abril de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 228 del 26 de marzo de 2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio Nº 536-2013-MINDEF/VPD/B/01.a del 20 de marzo de 2013, el Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 8 al 11 de abril de 2013, a fi n de realizar visitas y sostener reuniones ofi ciales con distintas autoridades del Sector, en las ciudades de Lima y Callao; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Dirección General de Relaciones Internacionales de este Ministerio; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al personal militar de los Estados Unidos de América detallado a continuación, del 8 al 11 de abril de 2013, a fi n que realicen visitas y sostengan reuniones ofi ciales con distintas autoridades del Sector, en las ciudades de Lima y Callao. 1. Contralmirante Charles MICHEL 2. Capitán de Navío Robert ALLEN 3. Teniente Primero Chris PUTKO Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO ALVARO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 920597-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 268-2013-DE/SG Lima, 3 de abril de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 198 del 15 de marzo de 2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio Nº 555-2013-MINDEF/VPD/B/01.a del 25 de marzo de 2013, el Director General de Relaciones Internacionales de este Ministerio, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 10 al 11 de abril de 2013, a fi n de participar en el Seminario de Coordinación Inter- Institucional Conjunta, que se realizará en las instalaciones del Centro de Entrenamiento Táctico Naval (CENTAC) de la Marina de Guerra del Perú; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Dirección General de Relaciones Internacionales de este Ministerio; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al personal militar de los Estados Unidos de América detallado a continuación, del 10 al 11 de abril de 2013, a fi n que participen en el Seminario de Coordinación Inter-Institucional Conjunta, que se realizará en las instalaciones del Centro de Entrenamiento Táctico Naval (CENTAC) de la Marina de Guerra del Perú. 1. Brigadier General Sean MULHOLLAND 2. Coronel James L. COLLINS 3. Coronel Ryan WHITTINGTON 4. Teniente Coronel David S. ABRAHAM 5. Teniente Coronel Christopher O. CADIGAN 6. Teniente Coronel Elliot HARRIS 7. Mayor Edward R. LAUER 8. Mayor Sean P. BAERMAN 9. Capitán Francisco J. REYES Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO ALVARO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 920597-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 269-2013-DE/SG Lima, 3 de abril de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 197 del 15 de marzo de 2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de