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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (13/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 59

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 13 de abril de 2013 492733 esta Corporación Municipal, los administrados acreditan la cancelación de dicha Liquidación. Que, mediante Resolución de Sub Gerencia Nº206 (fs.81), La Sub Gerencia de Planifi cación Urbana y Catastro, resuelve otorgar la Visación de Plano Perimétrico Nº119-2012-SGPUC-GDU/MDA y Memoria Descriptiva con fi nes Notariales seguido por MOTORES DIESEL ANDINOS S.A., para efectuar la rectifi cación de Área de Linderos y Medidas Perimétricas del terreno de 21,433.12m2, ubicado frente a la Av. Los Frutales Nº202, constituido por los Lotes Acumulados 5-A,5-B-1,5-B-2, del fundo Monterrico Oeste “A”, Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima. Que, mediante Informe Nº 1587-2012-MDA/GDU- SGHUE-EMQL de fecha 16 de Agosto de 2012, emitido por el Área Técnica pertinente de la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, informa que teniendo en cuenta el memorando Nº 290-2012-MDA/GDU y el cumplimiento del TUPA Vigente, se concluye que el presente trámite de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada es procedente debiendo emitirse la respectiva Resolución. Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3.6.1 del Capítulo II del artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, así como de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29090 - Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, Ordenanza Nº 341-MML, Ordenanza Nº 836-MML y por el Reglamento Nacional de Edifi caciones. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR de acuerdo con el Plano signado con el Nº029-2012-SGHUE-GDU/MDA y Memoria Descriptiva, que forma parte de la presente Resolución, suscrita por el profesional responsable, Arq. Kenji F. Medina Cossio con registro C.A.P. 10174, el Proyecto de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada de, del terreno como lote único con un área de 21,433.35 m2 con Zonifi cación Gran Industria “I3”, constituido por los lotes acumulados 5A, 5-B-1, 5-B-2 Fundo Monterrico Oeste “A” de Ate, ubicado en la Av. Los Frutales esquina con la Av. Nicolás Ayllón del distrito de Ate, provincia y Departamento de Lima; y, Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la Empresa MOTORES DIESEL ANDINOS S.A. para ejecutar las obras faltantes de Habilitación Urbana en el terreno de 21,433.35 m2 hasta el 27/04/2015, teniendo en cuenta las características y especifi caciones técnicas de acuerdo a la siguiente descripción: DISEÑO AREA BRUTA TOTAL 21,433.35 m2 ÁREA UTIL DE TERRENO 21,379.59 m2 AREA AFECTA DE AV. NICOLAS AYLLON 53.76 m2 CUADRO DE APORTES REGLAMENTARIOS El área afecta a aportes es igual al área bruta del terreno, siendo para el caso del uso Gran Industria “I3” igual a 21,433.35m2 de conformidad con la Ordenanza Nº 836-MML las áreas resultantes son las siguientes: APORTES ZONIFICACION I3 ORD. Nº 836-MML PROYECTO (m2) DÉFICIT (m2) % (m2) Parques Zonales 5 1071.667 -------- 1071.66 Renovación Urbana 3 643.001 -------- 643.001 Otros Fines 2 428.667 -------- 428.667 * El défi cit del Aporte de Otros Fines fue cancelada a la Municipalidad Distrital de Ate conforme a lo señalado en el Quinto considerando de la presente resolución. * El défi cit de los Aportes correspondientes, Renovación Urbana y Parques Zonales serán cancelados previo a la Recepción de Obra. PAVIMENTACIÓN DE PISTAS Y VEREDAS: La Pavimentación de pistas y veredas se ejecutarán de conformidad con el Estudio de suelos; así también el propietario – habilitador asumirá la responsabilidad y ejecución de dichas obras, tomando como referencia lo siguiente: Sub Rasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de Sub rasante, será necesario efectuar una evaluación de la superfi cie del terreno natural, eliminando el que contenga restos orgánicos, escarifi cando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m, mediante la adición de material granular, mezclándose con riego sucesivos y cercanos al óptimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20 Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afi rmada de 0.20 m de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material gruesos (con diámetros máximo de 1 ½”), fi nos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuará con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80. Se procurará una superfi cie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor. Superfi cie de Rodadura.- Suelo estabilizado. Aceras.- Será de concreto simple de 4” de espesor con una resistencia a la compresión axial de f´c=140 Kg./ cm2, construido sobre una base granular de 4” de espesor compactada al 100% de la densidad seca del proctor estándar. Sardineles.- Se construirá sardineles de 30cm. de profundidad con mezcla y acabados igual que las aceras. En caso que la acera esté en medio de jardines se construirá en ambos lados. El vertido del concreto deberá realizarse de modo que requiera el menor manipuleo posible evitando a la vez la segregación de los agregados. Bermas laterales.- Las bermas laterales deberán construirse, con un pavimento de las mismas características de las calzadas adyacentes. Así también éstas quedarán en tierra nivelada compactada. Artículo Tercero.- DISPONER que previo a la Inscripción de la presente Resolución de Habilitación Urbana, los propietarios deberán inscribir la Resolución de Sub Gerencia Nº206 y su Plano Aprobado Nº029-2012- SGHUE-GDU/MDA ante los Registros Públicos de Lima Artículo Cuarto.- ESTABLECER que el lote único quede en garantía de pago por el défi cit de los aportes, Parques Zonales y Renovación Urbana, los que serán cancelados previo a la Recepción de Obra de Conformidad con el Artículo 10º de la Ordenanza 836-MML. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el diario ofi cial “El Peruano”, en el plazo de 30 días calendario contados a partir de su notifi cación, a cargo de los interesados. Artículo Sexto.- TRANSCRIBIR a la Ofi cina Registral de Lima y Callao para los efectos de su Inscripción; a la Municipalidad Metropolitana de Lima a SERPAR-LIMA a EMILIMA, y a los interesados para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CELIA VARGAS DE NUÑEZ Subgerente de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones 923459-1 MUNICIPALIDAD DE COMAS Modifican el Reglamento Interno del Concejo Municipal de Comas ORDENANZA Nº 384-MDC EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS