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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 13 de abril de 2013 492738 Ejecutiva Nº 025-2013-DV-PE correspondiente al mes de febrero del presente año; Que con Informe Nº 00253-2013-MDLO/GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica emite pronunciamiento expresando que con Informe Nº 00143-2013/MDLO/GAJ se había pronunciado opinando que correspondía expedir la resolución de alcaldía que incorpore al Presupuesto Institucional de la Municipalidad Distrital de Los Olivos la transferencia fi nanciera ascendente a S/.170,000.00 aprobada por la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA conforme fue expuesto en dicho documento; Que, el pronunciamiento jurídico señala que la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto con Memorándum Nº 00301-2013-MDLO/GPP reitera la necesidad de expedir la resolución de alcaldía en los términos citados, solicitando además la publicación de la misma. Acota que si bien la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 025-2013-DV-PE fue publicada el 22 de febrero de 2013, es mediante Oficio Nº 273-2013-DV- PPTCD ingresado el 19 de marzo último que DEVIDA remite la Estructura Funcional Programática de la Actividad para su vinculación respectiva y es recién en la fecha que el Ministerio de Economía realiza la vinculación a dicha estructura. En consecuencia, acorde a lo que expone se ratifica en su pronunciamiento legal a efectos de que se expida la resolución de alcaldía que incorpore al Presupuesto Institucional de la Municipalidad Distrital de Los Olivos la transferencia financiera ascendente a S/.170,000.00. Al respecto con Proveído Nº 1202-2013-MDLO la Gerencia Municipal solicita se emita la correspondiente resolución y se publique en el Diario Oficial El Peruano; Que, en ejercicio de las atribuciones conferidas al Art. 20º, inciso 6). De la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- INCORPORAR al PRESUPUESTO INSTITUCIONAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS la transferencia fi nanciera ascendente a S/.170,000.00 (Ciento Setenta Mil y 00/100 Nuevos Soles) aprobada por la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, conforme a los fundamentos esgrimidos en la presente. Artículo Segundo.- HACER DE CONOCIMIENTO de la GERENCIA MUNICIPAL, GERENCIA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO, GERENCIA DE ADMINISTRACION y a la SUB GERENCIA DE TESORERIA para los fi nes de su competencia. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 923547-2 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Declaran vacancia del cargo de Regidor del Concejo Distrital de Villa El Salvador ACUERDO DE CONCEJO Nº 21-2013/MVES Villa El Salvador, 10 de abril de 2013 POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Villa El Salvador, en Sesión Extraordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680 y la Ley de Reforma, Ley Nº 28607, establece que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el inciso 1) del Artículo 22º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, modifi cado por el Artículo 1º de la Ley Nº 28961 del 24.01.2007, establece que “Que el cargo de Alcalde o Regidor se declara vacante por el concejo municipal, entre otros casos por Muerte”; que asimismo la primera parte del primer párrafo del Artículo 23º de la Ley Nº 27972 establece que “La vacancia del cargo de alcalde o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del numero legal de sus miembros, (…)”; Que, el 24 de marzo de de 2013, falleció el Regidor de la Municipalidad de Villa El Salvador, señor DIDI ROLANDO BRAVO FALCON, por lo que se debe declarar la vacancia del cargo de Regidor conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades, por la causal de muerte; Que, el señor DIDI ROLANDO BRAVO FALCON, fue servidor de carrera de la Municipalidad Distrital de Mirafl ores; como Político es elegido Regidor por el Partido Popular Cristiano para dos (2) períodos consecutivos, del 2007 al 2010 y del 2011 al 2014, habiendo ostentado el cargo de Secretario General de dicha organización política en el Distrito de Villa El Salvador, así mismo destacó por su caballerosidad, capacidad e inteligencia en cada acción; Que, el Artículo 24º de la glosada Ley Orgánica de Municipalidades, establece que en caso de vacancia de un regidor, lo reemplaza el regidor suplente, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral; por lo que es necesario elevar el presente Acuerdo de Concejo al Jurado Nacional de Elecciones, a fi n que convoque al Regidor suplente de su propia lista, y así contar con el número legal de regidores, para culminar el período de Gobierno Municipal 2011 a 2014; Que, habiendo escuchado los comentarios de los miembros del Concejo Municipal, y a fin de demostrar el cumplimiento de lo establecido en el artículo 23º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que instituye la necesidad del voto aprobatorio de los dos tercios del número legal de sus miembros, para declarar la vacancia del cargo de regidor y/o alcalde; se sometió a votación nominal del Concejo Municipal, la solicitud de vacancia por fallecimiento, del cargo de regidor del señor DIDI ROLANDO BRAVO FALCON, obteniendo 10 votos a favor, incluye el voto del Sr. Alcalde, con lo cual se alcanzó el número legal de votos aprobatorios necesarios para su declaración de vacancia, es decir, para el caso del Concejo Municipal de Villa El Salvador de 10 votos; Estando a lo dispuesto y en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 9º numeral 10) y artículo 41º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – contando con el voto nominal del Concejo Municipal, se expide el siguiente. ACUERDO: Artículo Primero.- DECLARAR LA VACANCIA del cargo de Regidor del Concejo Distrital de Villa El Salvador, del Señor DIDI ROLANDO BRAVO FALCON, por la causal de muerte, conforme lo establece el inciso 1) del artículo 22º de la Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Acuerdo, e informar al Jurado Nacional de Elecciones en el plazo de tres días, para que de acuerdo a sus atribuciones convoque al Regidor Suplente de la propia lista a la que perteneció el Regidor DIDI ROLANDO BRAVO FALCON, para que complete el período de Gobierno Municipal 2011 a 2014. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GUIDO IÑIGO PERALTA Alcalde 923989-1