Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2013 (23/12/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Lunes 23 de diciembre de 2013

510317
la renovacion de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial N° 451-2006-MTC/03, a la empresa CRP MEDIOS Y ENTRETENIMIENTO S.A.C., para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Ica, departamento de Ica. Articulo 2°.- La renovacion de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) anos, contados a partir del vencimiento del plazo de vigencia senalado en la Resolucion Viceministerial N° 451-2006-MTC/03, en consecuencia, vencera el 06 de setiembre de 2026. Articulo 3°.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y debera haber efectuado el pago del canon anual. En caso de incumplimiento, se procedera de acuerdo a lo establecido en el articulo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 4º.- La titular de la autorizacion debera cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del articulo 38° del MORDAZA Normativo General del Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado por Decreto Supremo N° 051-2010-MTC. Articulo 5º.- La titular de la autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados, asi como de efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Articulo 6º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones
1030903-1

su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 0052005-MTC, establece que el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los articulos 69º y 71° del Reglamento de la Ley de Radio y Television disponen que para obtener la renovacion de la autorizacion para continuar prestando el servicio de radiodifusion, es necesario cumplir con las condiciones y requisitos que en ellas se detallan; Que, el articulo 19° de la Ley de Radio y Television, concordante con el numeral 3) del articulo 71° de su Reglamento, establece que el plazo MORDAZA para resolver las solicitudes de autorizacion o renovacion es de ciento veinte (120) dias; procedimiento que se encuentra sujeto a silencio administrativo positivo, conforme a lo establecido en el MORDAZA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Ley del Silencio Administrativo, Ley Nº 29060, modificada con Decreto Legislativo Nº 1029, senala que los procedimientos administrativos, sujetos al silencio administrativo positivo (SAP), se consideran automaticamente aprobados, si vencido el plazo establecido o MORDAZA, no se hubiere emitido pronunciamiento expreso; Que, de acuerdo a las normas citadas, la solicitud de renovacion de autorizacion presentada con Escrito de Registro N° 2011-020379, quedo aprobada al 29 de octubre de 2011, en aplicacion del silencio administrativo positivo, al haber transcurrido el plazo sin que la administracion emita el pronunciamiento expreso correspondiente; Que, la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, mediante Informe N° 4052-2011MTC/29.02 del 02 de agosto de 2011, da cuenta de los resultados de la inspeccion tecnica realizada el 09 de junio de 2011, segun Acta de Inspeccion Tecnica N° 000404-2011, a la estacion de radiodifusion autorizada a la empresa CRP MEDIOS Y ENTRETENIMIENTO S.A.C. senalando que la citada empresa se encuentra operando de acuerdo a las caracteristicas tecnicas autorizadas y las normas tecnicas de radiodifusion; asimismo, senala que cumple con el objetivo y programacion del proyecto de comunicacion; Que, por Resolucion Viceministerial Nº 082-2004MTC/03 y sus modificatorias, se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias para el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el departamento de Ica, entre las cuales se encuentra la localidad de Ica, que comprende al distrito de Ica, donde se ubica la estacion materia de renovacion; Que, mediante Informe Nº 1934-2013-MTC/28 la Direccion General deAutorizaciones en Telecomunicaciones, opina que corresponde declarar aprobada la renovacion de autorizacion otorgada a la empresa CRP MEDIOS Y ENTRETENIMIENTO S.A.C. mediante Resolucion Viceministerial N° 451-2006-MTC/03, al haber cumplido con la MORDAZA de los requisitos y las condiciones previstas para tal efecto en la MORDAZA, y verificarse que no se ha incurrido en los impedimentos o causales para denegar la renovacion de la autorizacion contemplados en la Ley de Radio y Television y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005MTC, la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y el Decreto Supremo Nº 038-2003MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar aprobada al 29 de octubre de 2011, en virtud del silencio administrativo positivo,

Modifican Plan de Compensacion y Reasentamiento Involuntario - PACRI "Liberacion del area de ampliacion y modernizacion del Aeropuerto Internacional MORDAZA Chavez"
RESOLUCION DIRECTORAL N° 491-2013-MTC/16

MORDAZA, 26 de noviembre de 2013 VISTO, el Informe Nº 090­2013­MTC/16.03.RACZ. DDFA. mediante el cual se solicita la modificacion de los dos (02) primeros parrafos, incorporacion de los cuatro (04) parrafos siguientes, aprobacion del Anexo N° RSR2 - Declaracion Jurada del Pago Mensual de Alquiler de Vivienda - Programa de Reasentamiento en los Terrenos de Corpac S.A. - MORDAZA MORDAZA, y modificacion del plazo establecido en el tercer parrafo del numeral 7.1.3 - Plan alquiler de vivienda del Programa de Reasentamiento en los Terrenos de Corpac S.A. - MORDAZA MORDAZA aprobado mediante Resolucion Directoral Nº 318-2012-MTC/16 y modificatorias, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 27329 se declaro de necesidad publica la expropiacion de inmuebles adyacentes al Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA, para la realizacion de obras de gran envergadura, en aplicacion del articulo 7° de la Ley 27117, Ley General de Expropiaciones;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.