Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2013 (31/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE; VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Oficio Nº 491-2013-MDSA, por el cual la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, solicita la Ratificacion de la Ordenanza Nº 012-2013-MDSA, que establece la tasa de estacionamiento vehicular temporal en Playas del Litoral del distrito de San MORDAZA , provincia de Canete, temporada de MORDAZA 2014; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, la Municipalidad es un organo de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, y las sentencias recaidas en los Expedientes Nº 0041-2004-AI/TC, 0053-2004-PI/ TC y 0018-2005-PI/TC, establecen que las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripcion para su vigencia; por lo que su aplicacion sin la publicacion del Acuerdo de Concejo Provincial que aprueba su ratificacion resulta de responsabilidad exclusiva de los funcionarios de la Municipalidad Distrital respectiva; Que, de conformidad a lo dispuesto en el literal d) del Art. 68º del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal ­ Decreto Legislativo Nº 776, se define a la tasa por estacionamiento de vehiculos, como las que debe pagar todo aquel que estacione su vehiculo en zonas comerciales de alta circulacion, conforme lo determine la Municipalidad del Distrito correspondiente, con los limites que determine la Municipalidad Provincial respectiva y en el MORDAZA de las regulaciones sobre MORDAZA que dicte la autoridad competente del Gobierno Central; Que, asimismo el Art. 69º del referido Decreto Supremo, dispone que las tasas por servicios publicos o arbitrios, se calcularan dentro del ultimo trimestre de cada ejercicio fiscal anterior al de su aplicacion, en funcion del costo efectivo del servicio a prestar; Que, la Gerencia de Asesoria Legal mediante Informe Legal Nº 472-2013-AJ-MPC, de fecha 19 de diciembre del 2013, opina que es posible ratificar la Ordenanza Nº 012-2013-MDSA de fecha 21 de octubre del 2013, que establece la tasa de estacionamiento vehicular temporal en Playas del Litoral del distrito de San MORDAZA, Provincia de Canete, temporada MORDAZA 2014; Que, la Comision de Servicios Publicos de la Municipalidad Provincial de Canete, con Dictamen Nº 14-2013-CSP-MPC, de fecha 23 de diciembre de 2013, recomienda ratificar la Ordenanza Nº 012-2013-MDSA que establece la tasa de estacionamiento vehicular temporal en las Playas del Litoral del Distrito de San MORDAZA, Provincia de Canete, temporada 2014; Estando a lo expuesto, con las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, con el MORDAZA unanime de los senores regidores; y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; SE ACORDO: Articulo 1º.- RATIFICAR la Ordenanza Nº 012-2013MDSA de fecha 21 de octubre del 2013, que establece la tasa de estacionamiento vehicular temporal en Playas del Litoral del Distrito de San MORDAZA, Provincia de Canete, temporada de MORDAZA 2014, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo de Concejo. Articulo 2º.- Notificar el presente acuerdo a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA y a las unidades organicas que corresponda para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 1032949-1

El Peruano Martes 31 de diciembre de 2013

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA
Establecen Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en Playas del Litoral del Distrito de San MORDAZA
ORDENANZA N° 012-2013-MDSA San MORDAZA, 21 de Octubre del 2013 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA ­ CANETE POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTO: En Sesion de Concejo de la fecha, el Informe No. 001-2013-CTEP/MDSA, de la Comision Tecnica Especial de Playas, referido a la Ordenanza Municipal que establece la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en las Playas del Litoral del Distrito de San MORDAZA ­ Canete; para el ano 2014. CONSIDERANDO: Que, conforme los Articulos 194º y 195, numeral 4) de la Constitucion Politica del Peru, modificados por las leyes de Reforma Constitucional Nros. 27680 y 28607, los Gobiernos Locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; siendo competentes para crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, conforme a Ley; precepto constitucional concordante con lo prescrito en el articulo II del Titulo Preliminar y articulo 9º de las Disposiciones General de la Ley 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario, establece que mediante Ordenanza los Gobiernos Locales pueden crear, modificar, extinguir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias; Que, corresponde a los Concejos Municipales las funciones normativas que establece el Articulo 9º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, la cual la ejercen mediante ordenanzas; y, el Articulo 40º del mismo cuerpo legal prescribe que mediante Ordenanza se crean, modifican y suprimen o exoneran tasas, dentro de los limites establecidos por Ley; y que conforme lo dispone el Articulo 68º, inciso d) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobada por Decreto Supremo Nº 156-2004, las municipalidades podran imponer tasas, entre otras, por estacionamiento vehicular; Que, la Ley No. 29461 ­ Ley que regula el Estacionamiento Vehicular; tiene por objeto el regular el servicio de estacionamiento vehicular, delimitar sus prestaciones; establecer los derechos, obligaciones y responsabilidades de las partes; y prever las condiciones para la prestacion de dicho servicio; Que, es necesario para la Municipalidad Distrital de San MORDAZA ­ Canete, establecer normas y disposiciones que regulen la tasa de estacionamiento vehicular en el distrito, con el proposito de garantizar la calidad de los servicios que prestan tanto la Municipalidad y los establecimientos, a los veraneantes y turistas que visitan las playas del litoral del Distrito de San MORDAZA durante la temporada de MORDAZA 2014; Que, mediante Informe 001-2013-CP-MDSA de la Comision Tecnica Especial de Playas de la Municipalidad, se emite el sustento tecnico del monto de Tasa por Estacionamiento Temporal en zonas de Playa senalado en la Ordenanza, siendo su sugerencia se declare viable por contar con todas las normas tecnicas requeridas en bien de efectivizar la cobranza vehicular temporal de acuerdo a las disposiciones emanadas por INDECOPI; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas en el numeral 8) del Art. 9º y el Art. 40º de la Ley 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; contando con el MORDAZA UNANIME de los senores regidores y con la dispensa del tramite y aprobacion del acta, ha aprobado la siguiente ordenanza.

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