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El Peruano Martes 31 de diciembre de 2013 513430 Lima, cumpla con comunicar a los propietarios del predio indicado en el artículo tercero lo dispuesto por la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Lima, 20 de diciembre de 2013 SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Alcaldesa 1032445-1 Aprueban Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores para el Cercado de Lima DECRETO DE ALCALDÍA N° 011 Lima, 27 de diciembre de 2013 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima en su condición de gobierno local, cuenta con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tiene régimen especial en la Ley de Descentralización y en la Ley Orgánica de Municipalidades y ejerce sus competencias dentro del ámbito de la provincia de Lima, conforme lo establece el Artículo ll del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, en concordancia con lo señalado en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú; Que, mediante el artículo 10° de la Ley N° 27314, establece que las Municipalidades Provinciales son responsables por la gestión de los residuos sólidos de origen domiciliario, comercial y de aquellas actividades que generen residuos similares a éstos, en todo el ámbito de sus jurisdicción; están obligadas a planifi car la gestión de los residuos sólidos en el ámbito de su jurisdicción, compatibilizando los planes de manejo de residuos sólidos de sus distritos y centros poblados menores, con las políticas de desarrollo local y regional y con sus respectivos Planes de Acondicionamiento Territorial y de Desarrollo Urbano; Que, asimismo, la Segunda Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos aprobado por el Decreto Supremo N°057-2004-PCM establece la obligación de una adecuada disposición fi nal de residuos cualquiera sea su origen, por lo que esta obligación se hace extensiva a los residuos sólidos de la construcción y demolición resultantes de las actividades de construcción, rehabilitación, restauración, remodelación y demolición de edifi caciones e infraestructura; Que, la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; asimismo, conforme al cardenal 2, numeral 2.1 del artículo 73°, tienen, dentro del marco de las competencias y funciones en materia de saneamiento ambiental, salubridad y salud las que conllevan al saneamiento ambiental, así como, la limpieza, higiene y salubridad en los lugares públicos, lo cual puede realizarse en estrecha coordinación y en forma compartida con las Municipalidad Distritales y los Órganos Regionales, conforme lo establece la última parte del Inciso d) del Articulo antes citado; Que, los numerales 1.1 y 1.2 del cardenal 1. del artículo 80° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece como funciones específi cas exclusivas de las municipalidades provinciales el regular y controlar el proceso de disposición fi nal de desechos sólidos, líquidos y vertimientos industriales en el ámbito provincial; así como, el regular y controlar la emisión de humos, gases, ruidos y demás elementos contaminantes de la atmósfera y el ambiente, respectivamente. Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2013-EF publicado en el Diario Ofi cial El Peruano de fecha 10 de enero de 2013 se aprueban los Procedimientos para el cumplimiento de Metas y la Asignación de los Recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2013, precisándose en la meta N°32 que las ciudades principales de tipo “A” clasifi cación dentro de la cual se encuentra la Municipalidad Metropolitana de Lima, deberán mejorar la gestión de los residuos sólidos de la construcción y demolición, elaborando un plan de gestión de residuos de la construcción y demolición depositados en espacios públicos y de obras menores; Que; mediante Resolución de Alcaldía Nº 134 de la fecha 29 de mayo del 2013, se aprueba la conformación del grupo técnico responsable de la Municipalidad Metropolitana de Lima del desarrollo de actividades para alcanzar la meta 32; Que, la aprobación del Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores de la Municipalidad Metropolitana de Lima, propuesto, cuenta con las opiniones favorables de la Gerencia de Planifi cación y la Gerencia de Asuntos Jurídicos, conforme el Informe N° 008 - 2013-MML-GP-SDI-LYA y el Informe N° 113 - 2013-MML-GAJ, respectivamente; De conformidad a lo dispuesto en el inciso 6) del artículo 20°, artículo 39° y artículo 42° de la Ley N° 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores para el Cercado de Lima de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Segundo.- DISPONER que se remita copia del presente Decreto de Alcaldía así como el Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores en el Cercado de Lima a la Ofi cina del Medio Ambiente del Ministerio de Vivienda, Construcción Saneamiento, informando la fecha de su publicación. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios a la Ciudad la implementación y ejecución del Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores en el Cercado de Lima. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR el presente Decreto de Alcaldía a la Unidades Orgánicas pertinentes de la Municipalidad Metropolitana de Lima a fi n que brinden las facilidades del caso a la Gerencia de Servicios a la Ciudad respecto a la implementación y ejecución del Plan de Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición depositados en espacios públicos y de obras menores. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Sexto.- DISPONER que el presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Alcaldesa 1032881-1 MUNICIPALIDAD DE ATE Prorrogan la vigencia de la Ordenanza Nº 294-MDA que establece beneficio temporal para contribuyentes del distrito DECRETO DE ALCALDIA Nº 032 Ate, 27 de diciembre de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 294-MDA de fecha 31 de mayo del 2012, publicado en el Diario Ofi cial “El