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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 9 de enero de 2013 485848 noviembre de 2012 de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, que concluyen que resulta procedente atender la modifi catoria solicitada; Que, la Comisión de Planeamiento, Presupuesto, Tributación y Acondicionamiento Territorial, en reunión del día 03 de diciembre de 2012, plantea observaciones a la propuesta presentada, en cuanto a: i) número de cargos ocupados, y ii) si correspondía o no autorización del Ministerio de Agricultura para realizar la modifi catoria solicitada; por lo que con Memorando N° 827-2012/ GRP-420010-OPP del 10 de diciembre de 2012, la Dirección Regional de Agricultura concluye: i) Las plazas presupuestadas ocupadas en el CAP han sido concordadas con las presupuestadas en el PAP de la Dirección Regional de Agricultura, siendo 171 plazas ocupadas; ii) No existe dependencia administrativa de las Direcciones Regionales Sectoriales con el Ministerio de Agricultura, al haberse acreditado las 17 funciones transferidas en materia Agraria; Que, el Equipo de Apoyo a Comisiones del Consejo Regional, mediante Informe N° 047-2012/GRP-200010- ACCR del 12 de diciembre de 2012, concluye que le corresponde a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial en coordinación con Dirección Regional de Agricultura, sustenten la incorporación de los 220 cargos clasifi cados contenidos en el CAP dentro del Manual de Clasifi cador de Cargos del Pliego Gobierno Regional Piura; recomendando la aprobación de la propuesta de modifi cación del CAP de la Dirección Regional de Agricultura, que consta de 220 cargos asignados, de los cuales 171 cargos son ocupados y 49 en condición de previstos; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Ordinaria Nº 12 - 2012, de fecha 12 de diciembre del 2012, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA MODIFICATORIA DEL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL - CAP DE DIRECCIÓN REGIONAL DE AGRICULTURA Artículo Primero.- Aprobar la modificación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Dirección Regional de Agricultura, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 112-2006/GRP-CR del 01 de octubre de 2006, que consta de Doscientos veinte (220) cargos necesarios, de los cuales Ciento setenta y uno (171) son ocupados y Cuarenta y nueve (49) cargos en condición de previstos; conforme a los anexos que forman parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- Encargar a Gerencia General Regional, en coordinación con la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, y Dirección Regional de Agricultura, sustenten la incorporación de los 220 cargos clasificados contenidos en el CAP dentro del Manual de Clasificador de Cargos del Pliego Gobierno Regional Piura; así como el cumplimiento de lo estipulado en el artículo 17º del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional Piura para su promulgación. En Piura, a los doce días del mes de diciembre del año dos mil doce. LUIS GARUFI VIDAL Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piura, a los veintiún días del mes de diciembre del año dos mil doce JAVIER ATKINS LERGGIOS Presidente 885731-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Modifican el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad, aprobado con Ordenanza Nº 370-CDLO ORDENANZA Nº 375-CDLO Los Olivos, 28 de diciembre de 2012 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Dictamen Nº 011-2012-MDLO/CAL de la Comisión Permanente de Asuntos Legales, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 370-CDLO publicada el 16 de de agosto de 2012 se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Los Olivos, la misma que incorpora modifi caciones organizacionales y funcionales, cuya base legal es la Constitución Política del Perú; Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Ley Marco de la Gestión del Estado, Ley 27658; Ley Marco del Empleo Público, Ley 28175; Decreto Supremo Nº 043- 2006-PCM; Que, por otra parte, mediante Ley Nº 29664 se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la fi nalidad de identifi car y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, y preparación y atención ante situaciones de desastre mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres; Que, conforme al artículo 2º de la ley, la misma es de aplicación y cumplimiento obligatorio para todas las entidades y empresas públicas de todos los niveles de gobierno, así como para el sector privado y la ciudadanía en general. A su vez el artículo 9º, literal e) precisa que el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres está compuesta, entre otros, por los gobiernos locales; Que, se extrae del artículo 14º de la Ley que los gobiernos regionales y gobiernos locales, como integrantes del SINAGERD, formulan, aprueban normas y planes, evalúan, dirigen, organizan, supervisan, fi scalizan y ejecutan los procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres, en el ámbito de su competencia, en el marco de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y los lineamientos del ente rector, en concordancia con lo establecido por dicha ley y su reglamento. Al respecto el artículo 11º del reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM adiciona a los gobiernos locales funciones a las establecidas en la Ley; Que, a mérito de lo expuesto la Sub Gerencia de Gestión de Riesgos propone modificar el Reglamento de Organización y Funciones de la municipalidad a efectos de adecuarlo a las normas expresadas,