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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ENERO DEL AÑO 2013 (09/01/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 87

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 9 de enero de 2013 485849 obrando al respecto informe técnico de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto en el que analiza la propuesta de modificación y remite el proyecto de texto modificatorio del ROF. Asimismo consta la opinión legal favorable expedida por la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Informe sustentatorio de parte de la Gerencia Municipal acorde con los “Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF por parte de las entidades de la Administración Pública” aprobado con Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en su artículo 9º, numeral 3, establece que es atribución del Concejo Municipal aprobar el Régimen de Organización Interior. A su vez, de conformidad con el artículo 40º del mismo dispositivo se defi ne a las ordenanzas como las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales las Municipalidades aprueban la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Art. 9º numerales 3, 8 y 32 y el Art. 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, por mayoría, aprobó la siguiente: ORDENANZA Nº 375-CDLO QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 67º y 68º DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Y ADECUAR LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA ENTIDAD DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS APROBADOS CON ORDENANZA Nº 370-CDLO Artículo Primero.- MODIFICAR los artículos 67º y 68º del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Los Olivos aprobado con Ordenanza Nº 370-CDLO, el cual quedará redactado de la manera siguiente: “Artículo 67º.- DE LA SUB GERENCIA DE LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES La Sub Gerencia de la Gestión del Riesgo de Desastres es un Órgano consultivo y de coordinación, constituido a iniciativa del Alcalde, teniendo como objetivos: Planear, dirigir y conducir las actividades que el Sistema Nacional de la Gestión del Riesgo de Desastre, CENEPRED e INDECI dispone en la Jurisdicción de Los Olivos, presidido por el Alcalde. Se rige por su propio Reglamento. La Sub Gerencia de la Gestión del Riesgo de Desastre, coordina el desarrollo de sus funciones con la Gerencia de Prevención del Riesgo Ciudadano, y otras Instituciones públicas y privadas. Artículo 68º.- FUNCIONES: a) Asesorar y proponer, los planes de ejecución del Sistema Nacional de la Gestión del Riesgo del Desastres (SINAGERD) b) Programar, dirigir, ejecutar y controlar las actividades de SINAGERD, CENEPRED e INDECI en el Distrito de Los Olivos. c) Asesorar, elaborar, proponer y desarrollar conjuntamente con el Alcalde y los grupos de trabajo de la Municipalidad de Los Olivos, sobre la toma de decisiones en caso de peligro, emergencia, desastre y declaratoria de estado de emergencia. d) Elaborar, proponer y desarrollar el Plan Distrital del Riesgo de Desastre para la Prevención y atención de situaciones de emergencia y desastres. e) Activar los Comités Distritales de Riesgo de Desastre- INDECI, difundiendo su responsabilidad y promoviendo la organización de brigadas voluntarias de Riesgo de Desastre-INDECI. Así como Capacitar y preparar a los brigadistas voluntarios de Riesgo de Desastre-INDECI. f) Operar el sistema de comunicaciones que se establezcan entre el Comité de Riesgo de Desastre- INDECI, las entidades e instituciones y la plataforma que integran a la Subgerencia de la Gestión del Riesgo de Desastre. g) Ejecutar y controlar los planes de prevención, emergencia y rehabilitación que corresponda al ámbito de su competencia. h) Coordinar, organizar y ejecutar acciones de prevención de desastres y brindar ayuda directa e inmediata a los damnifi cados y la rehabilitación de las poblaciones afectadas en el distrito de Los Olivos. i) Asesorar, elaborar, proponer, desarrollar, coordinar, organizar y ejecutar acciones del Centro de Operaciones de Emergencia Local (COEL). j) Promover, coordinar y controlar la prestación de servicios en casos de conmoción civil o desastre o de otra índole en el Distrito de Los Olivos. k) Elaborar el mapa de peligros y vulnerabilidad de Los Olivos y consolidar el correspondiente a la Provincia de Lima. l) Elaborar el mapa de riesgo de Los Olivos y consolidar el correspondiente a la Provincia de Lima. m) Elaborar los lineamientos para el desarrollo de los instrumentos técnicos para que se pueda utilizar para la planifi cación, organización, ejecución y seguimiento de las acciones de estimación, prevención y reducción del riesgo de desastre. n) Establecer los lineamientos para la elaboración de planes de prevención y reducción del riesgo, lo que implica adoptar acciones que se orienten a evitar la generación de nuevos riesgos en el distrito y a reducir las vulnerabilidades y riesgos existentes en el contexto de la gestión del desarrollo sostenible. o) Realizar inspecciones técnicas de seguridad de defensa civil, para evaluar el grado de riesgo que presentan instalaciones y/o servicios, sea de personas naturales o jurídicas, según el Plano de Zonificación del Distrito de Los Olivos y el Reglamento Nacional de Edificaciones. p) Realizar el inventario de los recursos de la Municipalidad Distrital de Los Olivos aplicables al Sistema Nacional de la Gestión del Riesgo de Desastre y organizar los almacenes que permitan la recepción y custodia de ayuda material. q) Promover y ejecutar campañas de difusión a la comunidad, en materia del Sistema Nacional de la Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD). r) Promover acciones de apoyo y convenios con las compañías de bomberos, benefi cencias, Cruz Roja, Policía Nacional, FFAA y demás instituciones de servicio a la comunidad que conformen la plataforma de la Subgerencia de la Gestión del Riesgo de Desastre. s) Promover la participación activa de las organizaciones científi cas y tecnológicas existentes en el distrito, en coordinación con la Subgerencia de la Gestión del Riesgo de Desastre. t) Velar por el cumplimiento de normas y disposiciones de seguridad emanadas por el Sistema Nacional del Riesgo de Desastre (SINAGERD). u) Otras funciones que le asigne la Gerencia de Prevención y Riesgo Ciudadano, Gerencia Municipal y Alcaldía”. Artículo Segundo.- ADECUAR la Estructura Orgánica de la Entidad aprobado con Ordenanza Nº 370-CDLO a la modifi cación dispuesta en el artículo precedente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la GERENCIA MUNICIPAL el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la SECRETARÍA GENERAL su publicación según corresponda y ORDENAR a la GERENCIA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES, su debida implementación y la publicación en el portal Institucional www.munilosolivos.gob. pe, para los fi nes de publicidad, conforme a Ley. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde