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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ENERO DEL AÑO 2013 (22/01/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 22 de enero de 2013 486610 Que, es el caso que por error material en la redacción del precitado Decreto de Alcaldía emitido el 03 de Enero del 2012, se ha consignado “Partida Específi ca 1.5.4.005:” cuando debió ser “Partida Específi ca 1.3.3.3.2.1:” Así mismo en el Artículo Quinto se señala que: “...cumplan con lo establecido en la presente Resolución...” debiendo ser lo correcto: “...cumplan con lo establecido en el presente Decreto...” Que, el numeral 201.1 del artículo 201º de la Ley Nº 27444 Ley de Procedimientos Administrativo General, establece que los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser rectifi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento de ofi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; Que, por otro lado el numeral 201.2 del artículo 201º de la acotada Ley de procedimientos, dispone que la rectifi cación adopta las formas y modalidades de comunicación y publicación que corresponda para el acto original; Que, de Conformidad con el inciso 6 del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, SE DECRETA: Artículo Primero.- RECTIFICAR el error aritmético del Decreto de Alcaldía Nº 001-2013-MDI fecha 03 de Enero del 2013, que aprueba el programa VACACIONES SALUDABLES Y DIVERTIDAS- 2013; solo en el extremo del Número de Partida Específi ca que DICE: Partida Específi ca 1.5.4.005; y DEBE DECIR: Partida Específi ca 1.3.3.3.2.1 Artículo Segundo.- RECTIFICAR el error material del Decreto de Alcaldía Nº 001-2013-MDI fecha 03 de Enero del 2013, que aprueba el programa VACACIONES SALUDABLES Y DIVERTIDAS- 2013; solo en el extremo del Artículo Quinto, que DICE: la presente Resolución; y DEBE DECIR: el presente Decreto Artículo Tercero.- DISPONER que el presente Decreto sea publicado en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaria General que el presente acto administrativo rectifi catorio guarde la misma forma y modalidad de comunicación y/o publicación que el Decreto de Alcaldía rectifi cado. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde 891816-1 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Aprueban modificación del Cuadro de Asignación de Personal de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra ORDENANZA Nº 210-MDPP Puente Piedra, 21 de enero de 2013 EL CONCEJO MUNICIPAL DE PUENTE PIEDRA VISTO: en Sesión Extraordinaria de la fecha, los actuados relacionados a la propuesta de Ordenanza que Aprueba la Modifi cación del Cuadro de Asignación del Personal CAP de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado modifi cado por la Ley de Reforma Nº 28607, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, se establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza Nº 206-MDPP se aprueba el Cuadro de Asignación del Personal – CAP y Clasifi cadores de Cargos de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, que consta de 245 plazas, de conformidad a los Formatos y Anexos que forman parte de la referida Ordenanza; Que, la Subgerencia de Recursos Humanos a través del Informe Nº 025-2013/MDPP/GAFP/SGRRHH recomienda que los servidores que se encuentran laborando en la Subgerencia de Limpieza Pública y Subgerencia de Parques y Jardines como operarios de limpieza y/u operarios de Parques y Jardines bajo la modalidad de terceros y Contratados Administrativos de Servicios deben ser incorporados en planilla de personal obrero bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728; por lo que solicita se gestione la modifi cación del Cuadro de Asignación de Personal CAP; Que, asimismo mediante Informe Nº 043-2013- SGPP/GAFP/MDPP la Subgerente de Planeamiento y Presupuesto remite la propuesta de modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP correspondiente a la Subgerencia de Limpieza Pública y Parques y Jardines, la misma que ha tenido los criterios de diseño y estructura de la administración pública establecidos en la Ley Nº 27658 “Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado” y la Ley Nº 28175 “Ley Marco del Empleo Público”; Que, estando a ello, el Gerente de Administración, Finanzas y Planeamiento a través del Informe Nº 006- 2013-GAFP/MDPP remite los actuados a fi n de que sean elevados al Concejo Municipal para su aprobación; siendo que la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable mediante el Informe Nº 017-2013-MDPP/GAJ; Que, el artículo 15º del Decreto Supremo que aprobó los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro de Asignación de Personal (CAP), Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, establece que la aprobación del Cuadro de Asignación de Personal (CAP) del Gobierno Municipal, será mediante Ordenanza Municipal; Que, conforme a lo señalado por el Artículo 9 inc. 3) y 32) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 son atribuciones del Concejo Municipal; 3) Aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local y; 32) Aprobar el Cuadro de Asignación de Personal y las bases de las pruebas para la selección de personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo; Estando a las consideraciones antes señaladas, contando con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y de conformidad a las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, aprobó POR UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACION DEL CUADRO DE ASIGNACION DEL PERSONAL – CAP DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA Artículo Primero.- APROBAR la MODIFICACIÓN DEL CUADRO DE ASIGNACIÓN DEL PERSONAL – CAP de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, de acuerdo al detalle que se anexa y que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General, Gerencia de Administración, Finanzas y Planeamiento, y demás unidades orgánicas el cumplimiento de la presente Ordenanza, de acuerdo al ámbito de sus funciones, y a la Gerencia Municipal su supervisión. Artículo Tercero.- DEROGAR las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría General la publicación y difusión de la presente norma, conforme lo dispuesto en el numeral 3 del Artículo 44º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; y a la Gerencia de Informática y Gobierno Electrónico, su publicación en la página web de la Municipalidad. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ESTEBAN F. MONZON FERNANDEZ Alcalde 891820-1