TEXTO PAGINA: 18
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 22 de enero de 2013 486600 Delegan diversas funciones y atribuciones al Director General de la Oficina General de Administración, Director Ejecutivo de la Oficina de Logística y Director General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 035-2013/MINSA Lima, 18 de enero del 2013 VISTO, el Expediente N° 12-091001-001, que contiene la Nota Informativa Nº 2834-2012-OL-OGA/MINSA, emitida por la Ofi cina de Logística de la Ofi cina General de Administración, Memorándum N° 2989-2012-OGA/MINSA, emitido por la Ofi cina General de Administración; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 61.1 del artículo 61° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la competencia de las entidades tiene su fuente en la Constitución y en la ley, y es reglamentada por las normas administrativas que de aquéllas se derivan; Que, el numeral 61.2 del citado artículo señala que toda Entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el efi ciente cumplimiento de su misión y objetivos, así como para la distribución de las atribuciones que se encuentren comprendidas dentro de su competencia; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1017, se aprobó la Ley de Contrataciones del Estado, la misma que contiene las disposiciones y lineamientos que las Entidades del Sector Público deben observar en los procesos de contrataciones de bienes, servicios u obras que realicen las Entidades del Estado; Que, a través del Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, se aprobó el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, que desarrolla las normas contenidas en la citada Ley; Que, a través de la Ley N° 29873, se modifi ca el Decreto Legislativo N° 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado; Que, mediante Decreto Supremo N° 138-2012-EF, se modifi ca el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; Que, el artículo 5° de la Ley de Contrataciones del Estado, establece que el Titular de la Entidad podrá delegar, mediante resolución, la autoridad que la citada norma le otorga, no siendo objeto de delegación, la aprobación de exoneraciones, la declaración de nulidad de ofi cio y las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra, así como los supuestos contemplados en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; Que, mediante Resolución Ministerial N° 110-2009/ MINSA, se delegaron en la Ofi cina de Logística de la Ofi cina General de Administración, en la Ofi cina General de Administración y en la Secretaría General, distintos actos de administración y administrativos dispuestos en la normativa de contrataciones del Estado; Que, a través de la Nota Informativa Nº 2834-2012- OL-OGA/MINSA, la Ofi cina de Logística Ofi cina General de Administración, señala que debido a las modifi caciones efectuadas a la normativa de contrataciones del Estado, y a fi n de realizar una serie de actos de administración y administrativos en materia de contrataciones del Estado, es conveniente que el Titular de la Entidad pueda delegar las funciones y atribuciones conferidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, al Director Ejecutivo de la Ofi cina de Logística de la Ofi cina General de Administración y al Director General de la Ofi cina General de Administración, a fi n de dar celeridad y economía a los procesos de contratación realizados por el Ministerio de Salud, a través de la Unidad Ejecutora N° 001 – Administración Central; Estando a lo informado por la Oficina General de Administración mediante documento de visto, corresponde emitir el acto resolutivo correspondiente; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Administración, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; en la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo N° 1017 y sus modifi catorias; en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 184-2008-EF y sus modifi catorias; así como el literal I) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en el Director General de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Salud, las siguientes funciones y atribuciones previstas en la Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento y sus respectivas modifi catorias: a) Aprobar y efectuar modificaciones en el Plan Anual de Contrataciones, conforme a lo establecido en el artículo 8° de la Ley de Contrataciones del Estado y los artículos 8° y 9° de su Reglamento. b) Aprobar los procesos de estandarización, de acuerdo a lo prescrito en el artículo 11° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. c) Designar a los integrantes de los Comités Especiales y Comités Especiales Permanentes de los procesos de selección de Licitaciones Públicas, Concursos Públicos, Adjudicaciones Directas y Adjudicaciones de Menor Cuantía, según corresponda, de conformidad con lo señalado en el artículo 24° de la Ley de Contrataciones del Estado y el artículo 27° de su Reglamento. d) Aprobar las Bases de los procesos de selección de las Licitaciones Públicas, Concursos Públicos, Adjudicaciones Directas y Adjudicaciones de Menor Cuantía, así como las Adjudicaciones de Menor Cuantía derivadas de un proceso de selección declarado desierto, conforme a lo establecido en los artículos 12° y 26° de la Ley de Contrataciones del Estado y el artículo 35° de su Reglamento. e) Aprobar la cancelación de los procesos de selección de las Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones de Menor Cuantía derivadas de un proceso de selección declarado desierto, de conformidad con lo señalado en el artículo 34° de la Ley de Contrataciones del Estado y el artículo 79° de su Reglamento. f) Conocer y resolver los recursos de apelación interpuestos en los procesos de selección de Adjudicación Directa Selectiva y Adjudicación de Menor cuantía, conforme a lo dispuesto en el artículo 53° de la Ley de Contrataciones del Estado y el artículo 113° de su Reglamento. Artículo 2º.- Delegar en el Director Ejecutivo de la Oficina de Logística de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Salud, las siguientes funciones y atribuciones previstas en la Ley, su Reglamento y sus respectivas modifi catorias: a) Aprobar los Expedientes de Contratación para la realización de los procesos de selección de Licitaciones Públicas, Concursos Públicos, Adjudicaciones Directas y Adjudicaciones de Menor Cuantía, así como Adjudicaciones de Menor Cuantía derivadas de un proceso de selección declarado desierto, conforme a lo señalado en el artículo 10° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. b) Aprobar la cancelación de los procesos de selección de Adjudicaciones Directas y Adjudicaciones de Menor Cuantía, de conformidad con lo señalado en el artículo 34° de la Ley de Contrataciones del Estado y el artículo 79° de su Reglamento. c) Suscribir los contratos derivados de los procesos de selección efectuados por el Ministerio de Salud, a través de la Unidad Ejecutora N° 001 – Administración Central, de acuerdo con lo señalado por el artículo 35° de la Ley de Contrataciones del Estado y el artículo 138° de su Reglamento. d) Suscribir contratos complementarios, conforme a lo señalado en el artículo 182° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. e) Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales o la reducción de las mismas en el caso de bienes, servicios y consultorías, de acuerdo a lo señalado en el artículo 41° de la Ley de Contrataciones del Estado y el artículo 174° de su Reglamento. f) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual en el caso de bienes, servicios y consultorías, de acuerdo con lo señalado en el artículo 41° de la Ley de Contrataciones del Estado y el artículo 175° de su Reglamento. g) Emitir las constancias de prestación, de acuerdo a las disposiciones señaladas en el artículo 178° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.