Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2013 (22/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 22 de enero de 2013

y retorno desde el puerto del Callao, hasta la Estacion Cientifica Antartica Macchu Picchu", ubicada en la MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Antartida; Que, conforme a la Resolucion Ministerial N° 0545-RE del 24.05.2012, la Vigesima Primera MORDAZA Cientifica del Peru a la Antartida /ANTAR XXI), se debera realizar en el MORDAZA austral 2013, considerando que en dicho periodo la region antartica presente las mejores condiciones climaticas y factores ambientales, factibles para la navegacion; habiendose considerado que el personal del IMARPE viaje en Comision de Servicios para participar en la citada MORDAZA Cientifica; Que, mediante Decreto Supremo N° 166-2012-RE del 29.08.2012, se autorizo la transferencia de partidas presupuestales, a favor del Ministerio de Defensa ­ MORDAZA de MORDAZA del Peru, para atender los recursos economicos orientados a llevar a cabo la Vigesima Primera MORDAZA Cientifica del Peru a la Antartida /ANTAR XXI). No obstante ello, resulta necesario que la entidad asuma el gasto de viaticos del personal cientifico que participara en la citada campana; Que, el personal cientifico del IMARPE sera trasladado por via aerea, desde el Callao a la "Estacion Cientifica Antartica Macchu Picchu" ubicada en la MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Antartida, a cargo de la Fuerza Aerea del Peru, correspondiendo la aplicacion de lo dispuesto por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM para el otorgamiento de viaticos a nueve (09) profesionales cientificos por seis (06) dias a MORDAZA del Sur (22, 23 y 24 de enero 2013 y 26, 27 y 28 de febrero 2013 en Punta MORDAZA ­ Chile), considerandose por persona el monto ascendente a US $ 1,200.00 (Un Mil Doscientos y 00/100 Dolares Americanos), que ascienden a un total de US $ 10,800.00 (Diez Mil Ochocientos y 00/100 Dolares Americanos); Que, el Coordinador de Asuntos Antarticos, designado por la Alta Direccion, informa que la MORDAZA MORDAZA XXI, a realizarse del 22.01.13 al 28.02.13, tiene como objetivo ejecutar el Programa Antartico denominado: Investigaciones del IMARPE en el Estrecho de Bransfield, MORDAZA Almirantazgo y Ensenada Mackellar 2012-2013" y estara conformado por el siguiente personal cientifico:
01 MORDAZA MORDAZA MORDAZA DIRECCION GENERAL DE INVESTIGACIONES HIDROACUSTICA, 02 MORDAZA MORDAZA, MORDAZA EN SENSORAMIENTO REMOTO MORDAZA Y ARTES DE PESCA 03 MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA 04 MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA LABORATORIO COSTERO DE MORDAZA DIRECCION GENERAL DE INVESTIGACION EN RECURSOS PELAGICOS MORDAZA,

Con la conformidad de la Secretaria General, Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, Asesoria Juridica y Administracion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje, en Comision de Servicios, del personal cientifico del IMARPE, que participara en la Vigesimo Primera MORDAZA Cientifica del Peru a la Antartida (ANTAR XXI) del 22.01.13 al 28.02.13, conforme se detalla a continuacion:
01 MORDAZA MORDAZA MORDAZA DIRECCION GENERAL DE INVESTIGACIONES HIDROACUSTICA, 02 MORDAZA MORDAZA, MORDAZA EN SENSORAMIENTO REMOTO MORDAZA Y ARTES DE PESCA 03 MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA 04 MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA LABORATORIO COSTERO DE MORDAZA DIRECCION GENERAL DE INVESTIGACION EN RECURSOS PELAGICOS MORDAZA,

05 MORDAZA MORDAZA, ERICH MORDAZA

06 MORDAZA MORDAZA

MORDAZA,

MORDAZA DIRECCION GENERAL DE INVESTIGACIONES EN RECURSOS DEMERSALES Y LITORALES MORDAZA DIRECCION GENERAL DE INVESTIGACIONES Y MORDAZA OCEANOGRAFICAS CAMBIO CLIMATICO MORDAZA

07 MORDAZA MORDAZA 08 MORDAZA MORDAZA

MORDAZA, MORDAZA,

09 QUIPUZCOA OLGUIN, MORDAZA MORDAZA

Articulo 2º.- Los gastos que demande la participacion de los mencionados profesionales cientificos, seran asumidos por el Pliego Presupuestal del Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE del Ano 2013 en la Meta Presupuestal 33566 "Apoyo y Coordinacion Cientifica", de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos (US $ 200.00 x 06 dias) x 09 personas US $ 10,800.00 Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuada la comision de servicios, el Jefe del Grupo Cientifico del IMARPE, presentara un informe al Despacho de la Direccion Ejecutiva Cientifica, con MORDAZA a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, describiendo las acciones realizadas. Articulo 4º.- La presente Resolucion, no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese

05 MORDAZA MORDAZA, ERICH MORDAZA

06 MORDAZA MORDAZA

MORDAZA,

MORDAZA DIRECCION GENERAL DE INVESTIGACIONES EN RECURSOS DEMERSALES Y LITORALES MORDAZA DIRECCION GENERAL DE INVESTIGACIONES Y MORDAZA OCEANOGRAFICAS CAMBIO CLIMATICO MORDAZA

07 MORDAZA MORDAZA 08 MORDAZA MORDAZA

MORDAZA, MORDAZA,

MORDAZA CHIPOLLINI MORDAZA Director Ejecutivo Cientifico IMARPE

09 QUIPUZCOA OLGUIN, MORDAZA MORDAZA

891524-1 FE DE ERRATAS

Que, el Consejo Directivo del Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE, en su Primera Sesion Extraordinaria del 17 de enero de 2013, aprobo y autorizo mediante Acuerdo N° 004-2013-CD/E, el viaje en Comision de Servicios de los profesionales cientificos MORDAZA mencionados, asi como el costo de los viaticos, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos (US $ 200.00 x 06 dias) x 09 personas US $ 10,800.00 Que, la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, prohibe los viajes al exterior con cargo a recursos publicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley senala, entre ellos, los viajes que se efectuen en el MORDAZA de las acciones de promocion de importancia para el Peru, los que deben realizarse en categoria economica y ser autorizados por Resolucion del Titular de la Entidad;

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 038-2013-PRODUCE
Mediante Oficio Nº 084-2013-PRODUCE/SG, el Ministerio de la Produccion solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 038-2013PRODUCE, publicada en la edicion del 20 de enero de 2013. En el Articulo 3.DICE: (...) "a) La actividad extractiva debera desarrollarse fuera de las cinco (5) millas marinas (...)"

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