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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ENERO DEL AÑO 2013 (22/01/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 22 de enero de 2013 486602 Que, en efecto, teniendo en consideración que la modifi cación del Reglamento de Registro de Hidrocarburos permitirá que los agentes que realizan la actividad de transporte de Petróleo Crudo cuenten con los requisitos necesarios para cumplir con las disposiciones exigidas en el Decreto Supremo N° 047-2012-EM y desarrollar sus labores atendiendo a la normativa vigente, en los plazos establecidos; resulta urgente su aprobación y, en tal sentido, la excepción de la publicación de su proyecto; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3º del Reglamento de la Ley Nº 29091, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, las entidades de la Administración Pública se encuentran obligadas a publicar en el Portal del Estado Peruano y en sus Portales Institucionales, entre otras, las disposiciones legales que aprueben directivas, lineamientos o reglamentos técnicos sobre procedimientos administrativos contenidos en el TUPA de la entidad, o relacionados con la aplicación de sanciones administrativas; Que, el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS dispone que los reglamentos administrativos deben publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano para su validez y vigencia, de acuerdo a lo establecido en los artículos 51º y 109º de la Constitución Política del Perú, entendiéndose por tales las disposiciones reglamentarias que tienen efectos jurídicos generales y directos sobre los administrados, incidiendo en sus derechos, obligaciones o intereses; De conformidad con lo establecido en el literal c) del artículo 3° de la Ley Nº 27332 – Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y en los artículos 22º y 25º del Reglamento General de OSINERGMIN aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; Con la opinión favorable de la Gerencia de Fiscalización de Hidrocarburos Líquidos, de la Gerencia Legal y de la Gerencia General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car los anexos H e I del Anexo N° 2.3 de la Resolución de Consejo Directivo Nº 191-2011-OS/ CD de acuerdo a lo dispuesto en el Anexo de la presente resolución. Artículo 2º.- Autorizar la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, así como con su Anexo y Exposición de Motivos en el portal electrónico de OSINERGMIN (www.osinergmin.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). JESÚS TAMAYO PACHECO Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN 891963-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA Designan encargado de remitir las ofertas de empleo del CONCYTEC al Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 013-2013-CONCYTEC-P Lima, 17 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 27736 - Ley para la Transmisión Radial y Televisiva de ofertas laborales, se dispuso que el Instituto de Radio y Televisión del Perú – IRTP, a través de Canal 7 y Radio Nacional del Perú, programará en horario que considere conveniente su Directorio, avisos de servicios públicos en los que se ofrezca puestos de trabajo del Sector Público y Privado; Que, el Decreto Supremo N° 012-2004-TR, que reglamentó la citada Ley, estableció en su artículo 2° la obligación de los organismos públicos de remitir al Programa Red CIL Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, las ofertas de puestos públicos que tengan previstos concursar, con excepción a las relativas a puestos clasifi cados como de confi anza; Que, el mencionado Decreto Supremo establece también que los organismos públicos designarán al funcionario responsable de remitir la información, mediante resolución del titular de la entidad publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, conforme a lo previsto en el artículo segundo de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 107-2011-SERVIR- PE, se aprobó el modelo de convocatoria para la Contratación Administrativa de Servicios en el que se prevé la publicación del proceso de selección en el Servicio Nacional del Empleo, con una anticipación de 10 días previos a la convocatoria; Que, a efecto de dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo N° 012-2004-TR, resulta necesario designar al responsable de remitir las ofertas de empleo del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y de publicarlas; Con el visto bueno, de la Jefa (e) de la Ofi cina General de Administración, del Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y del Secretario General, y; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 012-2004-TR y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 28613 y el Decreto Supremo Nº 029-2007-ED; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar al Señor José Ramírez Garro, responsable del Área de Personal, como encargado de remitir las ofertas de empleo del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, al Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Articulo 2°.- Disponer que la Dirección de Sistemas de Información y Comunicaciones de CTeI, publique la presente Resolución en el portal web institucional del CONCYTEC. Regístrese, comuníquese y publíquese. GISELLA ORJEDA Presidente 891578-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ASEGURAMIENTO EN SALUD Designan Intendente de la Intendencia de Regulación, Autorización y Registro de SUNASA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 009-2013-SUNASA/S Lima, 18 de enero de 2013 VISTOS: La Carta de renuncia a cargo de Intendente de la Intendencia de Regulación, Autorización y Registro presentada por el señor César Augusto Rázuri Ramírez, de fecha 18 de enero de 2013, el Informe Nº 00063- 2013/OGA del Coordinador en Gestión de las Personas, el Informe Nº 00065-2013-OGA del Director General de la Ofi cina General de Administración, y el Informe Nº 00027- 2013/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 9º de la Ley Nº 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, se crea la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud – SUNASA, como un organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; encargada de registrar, autorizar, supervisar y regular a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud