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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de febrero de 2013 487692 la Declaratoria de Estado de Emergencia, que permita la ejecución de las acciones inmediatas, simultáneas y necesarias correspondientes; Que, la magnitud de la situación descrita demanda la adopción de medidas inmediatas que permitan al Gobierno Regional del Huánuco, a los Gobiernos Locales involucrados, en coordinación con el Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, y la participación del Ministerio de Agricultura – Autoridad Nacional del Agua, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y demás instituciones públicas y privadas involucradas, a ejecutar acciones inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitación en cuanto corresponda, así como de reducción y minimización del alto riesgo existente en las zonas afectadas; Que, el numeral 68.1 del artículo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, señala que la solicitud de declaratoria del Estado de Emergencia, es presentada por el respectivo Gobierno Regional al INDECI con la debida sustentación; De conformidad con el inciso 1 del artículo 137 de la Constitución Política del Perú, con la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, así como con el artículo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, que regula el procedimiento de la Declaratoria de Estado de Emergencia; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, y con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1º.- Declaratoria de Estado de Emergencia Declárese el Estado de Emergencia en el distrito de Tomay Kichwa, de la provincia de Ambo, en el departamento de Huánuco, por el plazo de sesenta (60) días calendario, por peligro inminente de deslizamiento de tierras. Artículo 2º.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de Huánuco, a los Gobiernos Locales involucrados, en coordinación con el Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, y la participación del Ministerio de Agricultura – Autoridad Nacional del Agua, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y demás instituciones públicas y privadas involucradas, a ejecutar acciones inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitación en cuanto corresponda, así como de reducción y minimización del alto riesgo existente en las zonas afectadas; acciones que pueden ser modifi cadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Agricultura, la Ministra de Salud, el Ministro de Transportes y Comunicaciones y el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de febrero del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros CAROLINA TRIVELLI AVILA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social Encargada del Despacho del Ministerio de Agricultura MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones RENÉ CORNEJO DIAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 899560-3 Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en el distrito de Locroja, provincia de Churcampa, departamento de Huancavelica DECRETO SUPREMO Nº 018-2013-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, en la microcuenca del río Aguatario se encuentra la capital del distrito de Locroja, y, entre otros, los centros poblados de Marcayllo, Accollascca, Ccahoma, de la provincia de Churcampa, en el departamento de Huancavelica, en cuyas zonas, principalmente en Yanayacu, Cedroyocc y Accobamba, existe un proceso de movimiento de masas de tierra en laderas, cuyo origen según el mapa sísmico elaborado por el Instituto Geofísico del Perú - IGP y por la información de campo obtenida, se iniciaron por sismos ocurridos en los años 1980 y 1981, que incluye además en las partes altas de dicha subcuenca, derrumbes, desprendimientos, desplomes y huaycos que tienen como factores los fl ujos hídricos, las precipitaciones pluviales, la erosión, entre otros; habiendo obligado a la reubicación temporal de 42 familias dentro del mismo centro poblado Accollascca y 52 familias del centro poblado de Marcayllo en la capital del distrito de Locroja, de los cuales 12 familias se encuentran en el sector Ccohama. Asimismo en las partes bajas en la zona de Yanayacu la erosión del río y el deslizamiento de masas de tierra de un aproximado de 500,000 m3 ha formado en el cauce una sección de 40 metros por 25 metros de altura que corre el riego de sufrir un embalsamiento, y en la zona de Accobamba, el volumen del deslizamiento es de 180,000 m3, habiendo formado una laguna de aproximadamente 1800 m2; Que, mediante Ofi cio Nº 655-2012/GOB-REG-HVCA/ PR presentado el 17 de diciembre de 2012, adjuntando como sustentos técnicos: la “Estimación de Riesgo de la Microcuenca Aguatario – Centros Poblados de Accollascca y Marcayllo – Octubre 2012”, el “Formato de Validación Técnica de Evaluación de Riesgo Geológico efectuado por otra institución” remitido por el INGEMMET mediante Ofi cio Nº 073-2012-INGEMMET/DGAR de fecha 20 de noviembre de 2012 y el Informe Nº 116-2012/GOB.REG. HVCA-ORDNYSC/HCI-ER de fecha 13 de diciembre de 2012; solicita la aprobación de la declaratoria de Estado de Emergencia en el distrito de Locroja, en la provincia de Churcampa, del departamento de Huancavelica, por encontrarse en alto riesgo por deslizamiento de tierras; Que, la Dirección Nacional de Prevención del Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, con el Informe Nº 001- 2013-INDECI/10.2 de fecha 16 de enero del 2013, teniendo en consideración lo informado y sustentado por el Gobierno Regional de Huancavelica, se pronuncia favorablemente para que se apruebe la Declaratoria de Estado de Emergencia en el distrito de Locroja, en la provincia de Churcampa, del departamento de Huancavelica; pues dicho distrito se encuentra en peligro inminente por procesos de deslizamiento de tierras que se presentan en la microcuenca del río Aguatario; recomendando se gestione la aprobación de la Declaratoria de Estado de Emergencia, que permita la ejecución de las acciones inmediatas, simultáneas y necesarias correspondientes; Que, la magnitud de la situación descrita demanda la adopción de medidas inmediatas que permitan al Gobierno Regional del Huancavelica, a los Gobiernos Locales involucrados, en coordinación con el Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, y la participación del Ministerio de Agricultura – Autoridad Nacional del Agua, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y demás instituciones públicas y privadas involucradas, en cuanto les corresponda, a ejecutar acciones inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitación en cuanto corresponda, así como de reducción y minimización del muy alto riesgo existente en las zonas afectadas; Que, el numeral 68.1 del artículo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, señala que la solicitud de declaratoria del Estado de Emergencia, es