Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2013 (08/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 8 de febrero de 2013

la Declaratoria de Estado de Emergencia, que permita la ejecucion de las acciones inmediatas, simultaneas y necesarias correspondientes; Que, la magnitud de la situacion descrita demanda la adopcion de medidas inmediatas que permitan al Gobierno Regional del MORDAZA, a los Gobiernos Locales involucrados, en coordinacion con el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, y la participacion del Ministerio de Agricultura ­ Autoridad Nacional del Agua, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y demas instituciones publicas y privadas involucradas, a ejecutar acciones inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion en cuanto corresponda, asi como de reduccion y minimizacion del alto riesgo existente en las zonas afectadas; Que, el numeral 68.1 del articulo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, senala que la solicitud de declaratoria del Estado de Emergencia, es presentada por el respectivo Gobierno Regional al INDECI con la debida sustentacion; De conformidad con el inciso 1 del articulo 137 de la Constitucion Politica del Peru, con la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, asi como con el articulo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, que regula el procedimiento de la Declaratoria de Estado de Emergencia; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, y con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Declaratoria de Estado de Emergencia Declarese el Estado de Emergencia en el distrito de MORDAZA Kichwa, de la provincia de Ambo, en el departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias calendario, por peligro inminente de deslizamiento de tierras. Articulo 2º.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de MORDAZA, a los Gobiernos Locales involucrados, en coordinacion con el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, y la participacion del Ministerio de Agricultura ­ Autoridad Nacional del Agua, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y demas instituciones publicas y privadas involucradas, a ejecutar acciones inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion en cuanto corresponda, asi como de reduccion y minimizacion del alto riesgo existente en las zonas afectadas; acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecucion, sustentadas en los estudios tecnicos de las entidades competentes. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Agricultura, la Ministra de Salud, el Ministro de Transportes y Comunicaciones y el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de febrero del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA TRIVELLI MORDAZA Ministra de Desarrollo e Inclusion Social Encargada del Despacho del Ministerio de Agricultura MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 899560-3

Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en el distrito de Locroja, provincia de Churcampa, departamento de Huancavelica
DECRETO SUPREMO Nº 018-2013-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, en la microcuenca del rio Aguatario se encuentra la capital del distrito de Locroja, y, entre otros, los centros poblados de Marcayllo, Accollascca, Ccahoma, de la provincia de Churcampa, en el departamento de Huancavelica, en cuyas zonas, principalmente en Yanayacu, Cedroyocc y Accobamba, existe un MORDAZA de movimiento de masas de tierra en laderas, cuyo origen segun el mapa sismico elaborado por el Instituto Geofisico del Peru - IGP y por la informacion de MORDAZA obtenida, se iniciaron por sismos ocurridos en los anos 1980 y 1981, que incluye ademas en las partes altas de dicha subcuenca, derrumbes, desprendimientos, desplomes y huaycos que tienen como factores los flujos hidricos, las precipitaciones pluviales, la erosion, entre otros; habiendo obligado a la reubicacion temporal de 42 familias dentro del mismo centro poblado Accollascca y 52 familias del centro poblado de Marcayllo en la capital del distrito de Locroja, de los cuales 12 familias se encuentran en el sector Ccohama. Asimismo en las partes bajas en la MORDAZA de Yanayacu la erosion del rio y el deslizamiento de masas de tierra de un aproximado de 500,000 m3 ha formado en el cauce una seccion de 40 metros por 25 metros de altura que corre el riego de sufrir un embalsamiento, y en la MORDAZA de Accobamba, el volumen del deslizamiento es de 180,000 m3, habiendo formado una MORDAZA de aproximadamente 1800 m2; Que, mediante Oficio Nº 655-2012/GOB-REG-HVCA/ PR presentado el 17 de diciembre de 2012, adjuntando como sustentos tecnicos: la "Estimacion de Riesgo de la Microcuenca Aguatario ­ Centros Poblados de Accollascca y Marcayllo ­ Octubre 2012", el "Formato de Validacion Tecnica de Evaluacion de Riesgo Geologico efectuado por otra institucion" remitido por el INGEMMET mediante Oficio Nº 073-2012-INGEMMET/DGAR de fecha 20 de noviembre de 2012 y el Informe Nº 116-2012/GOB.REG. HVCA-ORDNYSC/HCI-ER de fecha 13 de diciembre de 2012; solicita la aprobacion de la declaratoria de Estado de Emergencia en el distrito de Locroja, en la provincia de Churcampa, del departamento de Huancavelica, por encontrarse en alto riesgo por deslizamiento de tierras; Que, la Direccion Nacional de Prevencion del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, con el Informe Nº 0012013-INDECI/10.2 de fecha 16 de enero del 2013, teniendo en consideracion lo informado y sustentado por el Gobierno Regional de Huancavelica, se pronuncia favorablemente para que se apruebe la Declaratoria de Estado de Emergencia en el distrito de Locroja, en la provincia de Churcampa, del departamento de Huancavelica; pues dicho distrito se encuentra en peligro inminente por procesos de deslizamiento de tierras que se presentan en la microcuenca del rio Aguatario; recomendando se gestione la aprobacion de la Declaratoria de Estado de Emergencia, que permita la ejecucion de las acciones inmediatas, simultaneas y necesarias correspondientes; Que, la magnitud de la situacion descrita demanda la adopcion de medidas inmediatas que permitan al Gobierno Regional del Huancavelica, a los Gobiernos Locales involucrados, en coordinacion con el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, y la participacion del Ministerio de Agricultura ­ Autoridad Nacional del Agua, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y demas instituciones publicas y privadas involucradas, en cuanto les corresponda, a ejecutar acciones inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion en cuanto corresponda, asi como de reduccion y minimizacion del muy alto riesgo existente en las zonas afectadas; Que, el numeral 68.1 del articulo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, senala que la solicitud de declaratoria del Estado de Emergencia, es

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