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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de febrero de 2013 487695 del 8 al 11 de Febrero de 2013, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán asumidos por la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A.- Editora Perú S.A., de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 600.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona indicada en el artículo 1 de la presente resolución deberá presentar ante su institución el informe describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas documentada por los viáticos entregados. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución no dará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 899560-8 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 044-2013-PCM Lima, 7 de febrero de 2013 Visto, el Ofi cio N° 011-2013-PE/IRTP, remitido por la Presidenta Ejecutiva del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP es un organismo público ejecutor adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, que tiene como objetivo llegar a toda la población nacional, a través de los medios de radiodifusión sonora y por televisión a su cargo, con programas educativos, culturales, informativos y de esparcimiento; Que, mediante Resolución Legislativa Nº 29995, se autoriza al señor Presidente de la República, Ollanta Humala Tasso, a viajar del 8 al 11 de febrero del presente año, a la Estación Científi ca Antártica Machu Picchu (ECAMP) con ocasión de conmemorarse 25 años de la Primera Expedición Científi ca del Perú a la Antártica; Que, resulta necesario cubrir las incidencias informativas de la participación del Presidente de la República en dicha visita; por lo que se ha estimado conveniente autorizar el viaje del señor Diego Viaña Rosa–Pérez, quien es miembro del equipo periodístico del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP; Que, el artículo 2° del Reglamento de la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que la Resolución de autorización de viaje será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac; Que, numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley Nº 29951, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo casos excepcionales que deben ser canalizados a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y autorizados por Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; y, De conformidad con la Ley Nº 29951, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; y, el Decreto Supremo Nº 001-2012-PCM, que adscribe al Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú a la Presidencia del Consejo de Ministros. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Diego Viaña Rosa-Pérez, a la Estación Científi ca Antártica Machu Picchu (ECAMP), del 8 al 11 de febrero de 2013, para los fi nes a los que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema se efectuarán con cargo a los recursos ordinarios del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, de acuerdo al siguiente detalle: -Diego Viaña Rosa- Pérez (Viáticos US$ 200.00 x 3 días) US$ 600.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la persona cuyo viaje se autoriza por la presente Resolución, deberá presentar al Titular de su Institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados, de acuerdo a Ley. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución no dará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 899560-9 Ratifican elección de Comandante General del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú para el período 2013 - 2014 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 045-2013-PCM Lima, 7 de febrero de 2013 Visto: el Ofi cio N° 123-2013-CGBVP/SG del Secretario General del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú - CGBVP; CONSIDERANDO: Que, conforme con la Ley N° 27067, Ley del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, concordante con el numeral 54.13 del artículo 54 del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 063- 2007-PCM, el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú - CGBVP es un organismo público adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, de conformidad con el numeral 7.2 del artículo 7 y el artículo 18 de la mencionada Ley, corresponde al Consejo de Ofi ciales Generales de dicha entidad elegir al Comandante General, elección que debe ser ratifi cada por el Poder Ejecutivo, mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, asimismo, el Reglamento de la citada Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 031-99-PCM y modifi cado por los Decretos Supremos N° 002-2005- PCM, 106-2010-PCM, 059-2011-PCM y N° 007-2013- PCM; así como, el Reglamento Interno de Organización y Funciones, el Reglamento de Escalafón del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, aprobado por Resoluciones Ministeriales N° 128-2000-PCM y N°