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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de febrero de 2013 487705 establecidos en el Decreto Legislativo Nº 1012 y sus normas reglamentarias, modifi catorias y conexas; Que, mediante Resolución Suprema N° 005-2013-EF publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 11 de enero de 2013, se ratifi có el Acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSIÓN Nº 503-3-2013-DPI de fecha 04 de enero de 2013, referido en el considerando anterior; Que, mediante Resolución Suprema Nº 010-2013-EF se ratifi có el Acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN Nº 506-1-2013-DE, de fecha 25 de enero de 2013, mediante el cual se acordó la constitución del Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Seguridad Energética – PRO SEGURIDAD ENERGÈTICA y se designó a sus miembros; Que, mediante Acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN Nº 507-3-2013-DE, tomado en su sesión de fecha 01 de febrero de 2013, se encargó el referido proyecto al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Seguridad Energética – PRO SEGURIDAD ENERGÉTICA; Que, mediante acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, de fecha 07 de febrero de 2013, se acordó aprobar el Plan de Promoción de la Inversión Privada del proyecto “Mejoras a la Seguridad Energética del País y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano”; Que, de conformidad por lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y el Artículo 11º de su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96- PCM, el acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSIÓN referido en el considerando anterior debe ser ratifi cado por resolución suprema; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 059-96-PCM, el Decreto Legislativo N° 1012 y sus normas reglamentarias, modifi catorias y conexas, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratifi car el Acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 07 de febrero de 2013, conforme al cual se acordó aprobar el Plan de Promoción de la Inversión Privada del proyecto “Mejoras a la Seguridad Energética del País y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano”. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 899560-16 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA N° 010-2013-EF Mediante Ofi cio N° 093-2013-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Suprema N° 010-2013-EF, publicada en la edición del día 29 de enero de 2013. DICE: “SE RESUELVE: (...) Artículo 2°.- Designar a los miembros de! Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Seguridad Energética - PRO SEGURIDAD ENERGÉTICA, de acuerdo al siguiente detalle: - Guillermo Lecarnequé Molina, quien lo presidirá (...)” DEBE DECIR; “SE RESUELVE: (...) Artículo 2º.- Designar a los miembros del Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Seguridad Energética - PRO SEGURIDAD ENERGÉTICA, de acuerdo al siguiente detalle: - Guillermo Lecarnaqué Molina, quien lo presidirá”. (...)” 899558-1 INTERIOR Designan Directores del Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar y Policial, durante el período 2013-2015 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 009-2013-IN Lima, 7 de febrero de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1133 se aprueba el Ordenamiento Defi nitivo del Régimen de Pensiones del Personal Militar y Policial; Que, la Octava Disposición Complementaria Final de la citada norma, modifi ca los artículos 12 y 13 del Decreto Ley N° 21021, estableciendo que la Dirección de la Caja de Pensiones Militar Policial está a cargo del Consejo Directivo, el mismo que se conforma, entre otros, por dos (2) Directores designados por el Ministro del Interior; y que los Directores del Consejo Directivo son nombrados por Resolución Suprema, refrendada por los Ministros de los sectores correspondientes; su mandato se ejerce por un periodo de dos (2) años, prorrogable por una sola vez y por el mismo plazo; Que, de acuerdo a lo expuesto, resulta necesario emitir el acto administrativo por el cual se designará a los Directores del Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar y Policial, durante el periodo 2013-2015; Estando a la propuesta realizada por el señor Ministro del Interior; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo N° 1133, Decreto Legislativo para el Ordenamiento Defi nitivo del Régimen de Pensiones del Personal Militar y Policial y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2012-IN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a los señores Jorge Pablo Nicolás Noziglia Chávarri y Adriana Milagros Mindreau Zelasco, como Directores del Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar y Policial, durante el periodo 2013-2015. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa Encargado del Despacho del Ministerio del Interior 899560-17