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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de febrero de 2013 487693 presentada por el respectivo Gobierno Regional al INDECI con la debida sustentación; De conformidad con el inciso 1 del artículo 137 de la Constitución Política del Perú, con la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, así como con el artículo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 048- 2011-PCM, que regula el procedimiento de la Declaratoria de Estado de Emergencia; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, y con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1º.- Declaratoria de Estado de Emergencia Declárese el Estado de Emergencia en el distrito de Locroja, en la provincia de Churcampa, del departamento de Huancavelica, por el plazo de sesenta (60) días calendario, por peligro inminente generado por procesos de deslizamiento de tierras. Artículo 2º.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de Huancavelica, los Gobiernos Locales involucrados, en coordinación con el Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, el Ministerio de Agricultura – Autoridad Nacional del Agua, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y demás instituciones públicas y privadas involucradas, dentro de sus competencias, ejecutarán acciones inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitación en cuanto corresponda, así como de reducción y minimización del alto riesgo existente en las zonas afectadas; acciones que pueden ser modifi cadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Agricultura, la Ministra de Salud, el Ministro de Transportes y Comunicaciones y el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de febrero del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros CAROLINA TRIVELLI AVILA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social Encargada del Despacho del Ministerio de Agricultura MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones RENÉ CORNEJO DIAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 899560-4 Autorizar viaje de comitiva oficial y de apoyo que acompañará al Presidente de la República durante su viaje a la Estación Científica Antártica Machu Picchu RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 041-2013-PCM Lima, 7 de febrero de 2013 CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la República, señor Ollanta Humala Tasso, viajará del 8 al 11 de Febrero de 2013, con el objeto de efectuar una visita a la Estación Científi ca Antártica Machu Picchu (ECAMP), con ocasión de conmemorarse 25 años de la Primera Expedición Científi ca del Perú en la Antártida; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0121/RE se ha designado a los miembros de la delegación peruana que acompañará al Presidente de la República en el citado viaje; Que, en tal sentido y conforme al artículo 10º de la Ley Nº 29951 y el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, corresponde autorizar el viaje de los empleados públicos que integran la comitiva ofi cial y de apoyo que acompañará durante su recorrido al señor Presidente de la República, así como el monto de los gastos que irrogará el referido viaje; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; y la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la comitiva ofi cial y de apoyo que acompañará al señor Presidente de la República durante su viaje a la Estación Científi ca Antártica Machu Picchu, del 8 al 11 de Febrero de 2013, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema, la misma que está integrada por las siguientes personas: - Wilbert Haya Enríquez, Director General de Protocolo del Despacho Presidencial. - Lucía Verónica Amiri-Talesh Ramírez, Funcionaria Diplomática destacada al Despacho Presidencial. - Comandante FAP Luis Fernando Merino Jiménez, Edecán del Presidente de la República. - Jaime Antonio Herrera Arce, Supervisor de la Dirección de Operaciones del Despacho Presidencial. - Job Francisco Rosales Pacheco, Asesor de la Secretaría de Prensa del Despacho Presidencial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el viaje de los empleados públicos a que se refi ere la presente Resolución Suprema, serán sufragados con cargo al presupuesto institucional del Despacho Presidencial, a razón de US$ 200.00 diarios por persona. Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los funcionarios a que se refi ere el artículo primero de la presente resolución, deberán presentar ante su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 899560-6 Autorizan viaje de la Ministra de la Producción a la Antártida y encargan su Despacho al Ministro de Agricultura RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 042-2013-PCM Lima, 7 de febrero de 2013