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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 2013 (03/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 3

El Peruano Miércoles 3 de julio de 2013 498501 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Ordenanza N° 296-MDS.- Aprueban la realización de matrimonio civil comunitario por aniversario del distrito de Surquillo 498560 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO D.A. N° 004-2013/MVMT.- Disponen el embanderamiento general de inmuebles del distrito 498561 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO Acuerdo N° 068-2013-MPC.- Aprueban participación de Regidora en seminario “Retos y oportunidades para la participación política de las mujeres” 498561 PODER EJECUTIVO ECONOMIA Y FINANZAS Modifican fechas de reuniones de sustentación de formulación presupuestaria de los Pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales establecido en el Anexo N° 2 de la Directiva N° 002-2013-EF/50.01 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 012-2013-EF/50.01 Lima, 26 de junio de 2013. CONSIDERANDO: Que, los literales a) y c) del numeral 13.2 del artículo 13° de la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 3° y 4° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF (TUO de la Ley N° 28411), disponen que la Dirección General de Presupuesto Público es el órgano rector y constituye la más alta autoridad técnico- normativa del Sistema Nacional de Presupuesto, y cuenta con las atribuciones de programar, dirigir, coordinar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, así como emitir las directivas y normas complementarias pertinentes; Que, asimismo, el literal e) del artículo 4° del TUO de la Ley N° 28411 dispone que es atribución de la Dirección General de Presupuesto Público, la promoción del perfeccionamiento permanente de la técnica presupuestaria; Que, la Resolución Directoral N° 007-2013-EF/50.01, aprobó la Directiva N° 002-2013-EF/50.01, “Directiva para la Programación y Formulación Anual del Presupuesto del Sector Público, con una perspectiva de Programación Multianual”, en cuyo Anexo N° 2 “Cronograma de Reuniones para la Sustentación de la Formulación Presupuestaria Anual – Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales”, se establecen las fechas de las reuniones de sustentación de formulación presupuestaria de los Pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales; Que, a fi n que los Pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales culminen su propuesta de formulación presupuestaria para el año fi scal 2014, resulta necesario modifi car las fechas de reuniones establecidas en el Anexo N° 2 “Cronograma de Reuniones para la Sustentación de la Formulación Presupuestaria Anual – Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales”, a que hace referencia el artículo 18° de la Directiva antes mencionada; En uso de las facultades conferidas en el artículo 13º de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, los artículos 3º y 4º del TUO de la Ley Nº 28411, y el artículo 17º del Decreto Legislativo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car las fechas de reuniones de sustentación de formulación presupuestaria de los Pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales establecido en el Anexo N° 2 “Cronograma de Reuniones para la Sustentación de la Formulación Presupuestaria Anual – Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales” de la Directiva N° 002-2013-EF/50.01 “Directiva para la Programación y Formulación Anual del Presupuesto del Sector Público, con una perspectiva de Programación Multianual”, aprobada mediante Resolución Directoral N° 007-2013-EF/50.01, conforme al Anexo Nº 2 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Disponer que el Anexo N° 2, a que hace referencia el artículo 1° de la presente Resolución Directoral se publique en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas: www.mef.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. RODOLFO ACUÑA NAMIHAS Director General Dirección General de Presupuesto Público 957190-1 Convocan a entidades o Unidades Ejecutoras que tengan a su cargo la ejecución de operaciones de endeudamiento del Gobierno Nacional, para que concilien con la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, el monto total de desembolsos recibidos al 30 de junio del Año Fiscal 2013 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 042-2013-EF/52.01 Lima, 26 de junio de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 034-2012-EF se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, el cual ha sido modifi cado por la Ley N° 29953, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2013; Que, el Artículo 33º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28563 y su modifi catoria establece que las entidades o Unidades Ejecutoras están obligadas, bajo responsabilidad, a conciliar con la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público al 30 de junio de cada año fi scal, el monto total de los desembolsos provenientes de las operaciones de endeudamiento del Gobierno Nacional cuya ejecución está a su cargo; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y su modifi catoria, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28563, aprobado por el Decreto Supremo Nº 034-2012-EF, y su modifi catoria, y la Resolución Ministerial Nº 223-2011-EF/43; SE RESUELVE: Artículo Único.- Convocar, según el cronograma que forma parte integrante de la presente Resolución Directoral, a las entidades o Unidades Ejecutoras que tengan a su cargo la ejecución de operaciones de endeudamiento del Gobierno Nacional, para que concilien con la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas, el monto total de los desembolsos que hayan recibido al 30 de junio del Año Fiscal 2013, bajo responsabilidad del titular de la entidad o Unidad Ejecutora respectiva, de acuerdo con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº