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El Peruano Miércoles 3 de julio de 2013 498502 28563, aprobado por el Decreto Supremo Nº 034-2012- EF y su modifi catoria. Regístrese, comuníquese y publíquese. VALENTIN COBEÑAS AQUINO Director General (e) Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público CRONOGRAMA DE CONCILIACIÓN DE DESEMBOLSOS AL 30-06-2013 DIAS HORA SECTORES 15-07-2013 10:00 MINISTERIO DE JUSTICIA 15-07-2013 10:30 MINISTERIO DE AMBIENTE 15-07-2013 11:00 MINISTERIO DE SALUD 15-07-2013 11:30 PODER JUDICIAL 15-07-2013 15:00 MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS 15-07-2013 15:30 MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL 15-07-2013 16:00 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES 16-07-2013 10:00 PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS 16-07-2013 14:00 MINISTERIO DE AGRICULTURA 17-07-2013 10:00 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS 17-07-2013 14:00 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES 18-07-2013 10:00 MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO 19-07-2013 10:00 MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO 19-07-2013 14:00 MINISTERIO DE DEFENSA 19-07-2013 15:00 GOBIERNOS REGIONALES 19-07-2013 16:00 GOBIERNOS LOCALES 957139-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Aprueban “Tarifario de servicios no exclusivos de capacitación brindados por el Centro de Estudios en Justicia y Derechos Humanos” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0162-2013-JUS Lima, 1 de julio de 2013 VISTOS, los Informes Nºs. 057 y 074-2013-JUS/OGPP- ORA de la Ofi cina de Racionalización, de la Ofi cinaGeneral de Planeamiento y Presupuesto; los Ofi cios N.ºs 754 y 1099-2013-JUS/OGPP-ORA, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; los Ofi cios N.ºs 423-2013-OGA/ OFIN y 545-2013-OGA-OFIN, de la Ofi cina Financiera de la Ofi cina General de Administración; el Ofi cio N.º 593-2013- JUS-OGA y el Informe N.º 013-2013-JUS/OGA, de la Ofi cina General de Administración y los Informes Nºs. 162 y350-2013- JUS/OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el último párrafo del artículo 37º de la Ley N.º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General establece que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular del Pliego establecerán los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los cuales deberán ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo N.º 088- 2001-PCM, que establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, dispone, entre otros, que el Titular de la Entidad mediante Resolución establecerá: la descripción clara y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercialización por parte de la Entidad, las condiciones y limitaciones para su comercialización, si las hubiere, el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago; Que, por otro lado, el literal h) del artículo 138º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo N.º 011-2012-JUS, establece que es competencia del Centro de Estudios en Justicia y Derechos Humanos, en coordinación con las unidades orgánicas correspondientes, proponer el monto de las tasas a ser cobradas por concepto de servicios de capacitación jurídica, así como los honorarios para los docentes; Que, la prestación de servicios de capacitación del Centro de Estudios en Justicia y Derechos Humanos constituyen servicios comercializados hacia los ciudadanos que son también prestados por el sector privado, mediando por ello el pago de una contraprestación por tales servicios; Que, el Centro de Estudios en Justicia y Derechos Humanos ha propuesto para su aprobación el “Tarifario de Servicios no exclusivos de capacitación brindados por el Centro de Estudios en Justicia y Derechos Humanos”; Contando con el visado de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Ofi cina General de Administración y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N.º 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo N.º 011-2012- JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley N.º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y el Decreto Supremo N.º 088-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Tarifario de servicios no exclusivos Aprobar el “Tarifario de servicios no exclusivos de capacitación brindados por el Centro de Estudios en Justicia y Derechos Humanos”, que como Anexo adjunto forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Publicación Disponer que el Anexo del “Tarifario de servicios no exclusivos de capacitación brindados por el Centro de Estudios en Justicia y Derechos Humanos”, aprobado por el artículo precedente, sea publicado en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.minjus.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 957155-1 PRODUCE Amplían la Primera Temporada de Pesca del recurso anchoveta en la zona sur del dominio marítimo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 222-2013-PRODUCE Lima, 2 de julio de 2013 VISTOS: El Ofi cio N° PCD-100-352-2013-PRODUCE/ IMP del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, el Informe N° 133-2013-PRODUCE/DGP-Diropa de la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero, y el Informe N° 042- 2013-PRODUCE/OGAJ-cfva de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley General de Pesca - Decreto Ley N° 25977, en su artículo 2 establece que los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú, son patrimonio de la Nación, correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional; Que, la citada Ley, en su artículo 9, dispone que el Ministerio de la Producción, sobre la base de evidencias científi cas disponibles y de factores socioeconómicos, determina, según el tipo de pesquerías, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisibles, las temporadas y zonas de pesca, la regulación del esfuerzo pesquero, los métodos de pesca, las tallas mínimas de captura