Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2013 (15/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano Lunes 15 de MORDAZA de 2013

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aprobadas con Resolucion Ministerial Nº 358-2003MTC/03 y sus modificatorias. Articulo 2º.- La Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones tecnicas previstas en los Planes de Asignacion de Frecuencias aprobados. En tal sentido, en la evaluacion de las solicitudes de autorizacion y de modificacion de caracteristicas tecnicas observara su estricto cumplimiento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 961426-1

2005-MTC, establecen que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administracion, atribucion, asignacion, control y en general cuanto concierne a la gestion del espectro radioelectrico atribuido al servicio de radiodifusion; Que, el articulo 7º del precitado Reglamento, dispone que toda asignacion de frecuencias para el servicio de radiodifusion se realiza en base al Plan Nacional de Asignacion de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalizacion y de Asignacion de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusion y determina las frecuencias tecnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignacion de Frecuencias son aprobados por Resolucion Viceministerial; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 096-2004MTC/03 y modificatorias se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion Sonora en Frecuencia Modulada (FM), para distintas localidades del departamento de Huanuco; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe Nº 1029-2013MTC/28, propone la incorporacion del plan de la localidad de CONCHAMARCA a los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion Sonora en Frecuencia Modulada (FM) del departamento de Huanuco; Que, asimismo, la citada Direccion General senala que, en la elaboracion de su propuesta, ha observado lo dispuesto en las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias, asi como lo establecido por el Reglamento de la Ley de Radio y Television; De conformidad con la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, sus modificatorias, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el articulo 1º de la Resolucion Viceministerial Nº 096-2004-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion Sonora en Frecuencia Modulada (FM) del departamento de MORDAZA, a fin de incorporar el plan de la localidad de CONCHAMARCA; conforme se indica a continuacion: Localidad: CONCHAMARCA Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias MORDAZA Frecuencia (MHz) 204 88.7 207 89.3 210 89.9 213 90.5 Total de canales: 4 - La MORDAZA e.r.p. a ser autorizada en esta localidad sera de 0.05 KW. - Las plantas transmisoras deben ubicarse a menos de 500 m de distancia de las coordenadas LO: 76° 11' 33'' y LS 10° 01' 42'' - La altura MORDAZA de MORDAZA es de 30 m. - Las estaciones a instalarse en esta localidad son secundarias de acuerdo a lo previsto en el articulo 16º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y estan sujetas a los parametros tecnicos establecidos en las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion

Aprueban texto de modificacion de la Regulacion Aeronautica del Peru RAP 61 Nueva Edicion "Licencias para Pilotos y sus Habilitaciones"
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 273-2013-MTC/12 MORDAZA, 26 de junio de 2013 CONSIDERANDO: Que, la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es la entidad encargada de ejercer la Autoridad Aeronautica Civil del Peru, siendo competente para aprobar y modificar las Regulaciones Aeronauticas del Peru ­ RAP, conforme lo senala el literal c) del articulo 9º de la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, y el articulo 2º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0502001-MTC; Que, por su parte el articulo 7º del citado Reglamento, senala que la Direccion General de Aeronautica Civil pondra en conocimiento publico los proyectos sujetos a aprobacion o modificacion de las RAP con una antelacion de quince dias calendario; Que, en cumplimiento del referido articulo, mediante Resolucion Directoral Nº 325-2012-MTC/12, del 09 de octubre de 2012 y Resolucion Directoral N° 146-2013MTC/12 del 15 de MORDAZA de 2013 se aprobo la difusion a traves de la pagina web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de los proyectos de modificacion de la RAP 61 Nueva Edicion "Licencias para Pilotos y sus Habilitaciones"; Que, ha transcurrido el plazo legal de difusion de los proyectos mencionados, habiendose recibido recomendaciones y sugerencias que han sido evaluadas y acogidas en lo pertinente, por lo que es necesario expedir el acto que apruebe el texto modificatorio correspondiente; Que, los textos de modificacion de la RAP 61 Nueva Edicion "Licencias para Pilotos y sus Habilitaciones" cuenta con las opiniones favorables emitidas por la Direccion de Certificaciones y Autorizaciones conforme al Memorando N° 156-2013-MTC/12.07 y Memorando N° 1440-2013MTC/12.07, por la Direccion de Seguridad Aeronautica segun lo senalado en el Memorando N° 131-2013-MTC/12.04 y Memorando N° 1416-2013-MTC/12.04, por la Direccion de Regulacion y Promocion segun Informe N° 031-2013MTC/12.08 e Informe N° 345-2013-MTC/12.08 y la Asesoria Legal, segun Memorando N° 106-2013-MTC/12. LEG y Memorando N° 1054-2013-MTC/12.LEG; De conformidad con la Ley de Aeronautica Civil del Peru, Ley Nº 27261 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el texto de modificacion de la Regulacion Aeronautica del Peru - RAP 61 Nueva Edicion "Licencias para Pilotos y sus Habilitaciones",

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