Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2013 (15/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano Lunes 15 de MORDAZA de 2013

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Residencial La MORDAZA, ubicado en el distrito de MORDAZA de MORDAZA y se elaboro el expediente tecnico que sustenta la declaracion de habilitacion MORDAZA de oficio; Que, de acuerdo al Informe Tecnico Nº 012-2013NAA-ACU, del 26.06.2013, a la inspeccion ocular y al levantamiento de medida perimetricas realizada por el personal tecnico de la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, la MORDAZA denominada Urbanizacion Residencial La MORDAZA, se encuentra ocupando parte del predio matriz que corresponde a un area de 55,676.44 m2, por lo que a efectos de su habilitacion MORDAZA de oficio procede a realizar en un mismo acto, la independizacion del predio de mayor extension de 75,138.24 m2, inscrito en la Ficha Nº 369591, continuada en la Partida Registral Nº 44604973, de la MORDAZA Registral IX ­ Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, conforme al plano PIND-025-2013-SGPUC-GDU-MSS; Que, de acuerdo a lo regulado en el Articulo 48º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado a traves de la Resolucion de Superintendencia Nacional de los Registros Publicos Nº 097-2013-SUNARP/ SN, se indica que en el supuesto que el predio a habilitar forme parte de otro de mayor extension debera presentarse, ademas del plano de ubicacion y localizacion, el plano perimetrico del area habilitada y del area remanente, asi como la memoria descriptiva cuando los datos referidos al area, linderos y medidas perimetricas no consten en la resolucion. En este caso, el Registrador independizara el area objeto de la habilitacion en merito a los documentos mencionados en el presente articulo; Que, el predio esta considerado dentro del Area de Tratamiento Normativo II, con zonificacion: RDM - Residencial de Densidad Media y ZRP ­ MORDAZA de Recreacion Publica, aprobada por Ordenanza Nº 1076MML, publicada el 08 de Octubre de 2007; se ubica en el Sector 2, del distrito de MORDAZA de MORDAZA, sector priorizado en el Articulo 1º de la Ordenanza Nº 388-MSS (...) Disponer la identificacion de predios registralmente calificados como Rusticos conforme lo establece el Articulo 24º de la Ley Nº 29090, que se encuentren en Zonas Urbanas consolidadas, priorizando aquellos predios rusticos ubicados en los Sectores 1, 2 y 3 del distrito de MORDAZA de MORDAZA (...); en ese sentido resulta procedente habilitar de oficio las zonas en cuestion; Que, se ha determinado que la MORDAZA a habilitar de oficio no tiene en tramite ante la municipalidad ningun procedimiento de habilitacion MORDAZA, ni de regularizacion de una ejecutada, ni de recepcion de obras de habilitacion MORDAZA a la fecha de publicacion de la Ley Nº 29898, Ley que modifica la Ley Nº 29090, Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, ni esta inmerso en los supuestos indicados en el Articulo 40-D del Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA; Que, mediante Informe Nº 467-2013-GAJ-MSS del 02.07.2013, la Gerencia de Asesoria Juridica, senala que la propuesta de la Habilitacion MORDAZA de Oficio de la mencionada MORDAZA, resulta legalmente procedente, teniendo en cuenta que la declaracion de la Habilitacion MORDAZA de Oficio, es un procedimiento excepcional que compete a las Municipalidades; en consecuencia corresponde al Despacho de Alcaldia emitir la Resolucion que asi lo declare; Estando al Informe Nº 205-2013-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, al Informe Nº 288-2013SGPUC-GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, al Informe Nº 467-2013-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, y al MORDAZA de la Ley Nº 29090 - Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, modificada por la Ley Nº 29898, la Ordenanza Nº 388-MSS y el Decreto de Alcaldia Nº 112011-MSS; en uso de las facultades conferidas por los Articulos 20º numeral 6, y 43º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; RESUELVE: Articulo Primero.- INDEPENDIZAR el area de 55,676.44 m2, que forma parte del predio de mayor extension que es de 75,138.24 m2, inscrito en la Ficha Nº 369591, continuada en la Partida Registral

MORDAZA de MORDAZA, aprobada por la Ordenanza Nº 396MSS, la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro establece que, el area competente de evaluar e impulsar los procedimientos de habilitacion MORDAZA de oficio, correspondiendole ademas promover la habilitacion MORDAZA de las areas rusticas consolidadas; Que, la declaracion de Habilitacion MORDAZA de Oficio, es un procedimiento administrativo que por sus particularidades es excepcional y resulta procedente ante la verificacion por parte de la Autoridad Municipal de tres supuestos; que el predio se encuentre registralmente calificado como rustico; que este ubicado en zonas urbanas consolidadas y; que cuente con edificaciones destinadas a viviendas y demas complementarias a dicho uso, con servicios publicos domiciliarios de agua potable, desague o alcantarillado, energia electrica y alumbrado publico e inscrito registralmente como predio rustico; Que, el Articulo 2º del Decreto de Alcaldia Nº 112011-MSS, instituye que, "La Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, a traves de la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, identificara los predios matrices que podran ser beneficiados por el procedimiento de Habilitacion MORDAZA de Oficio. Los predios deberan ubicarse en zonas urbanas consolidadas, priorizando aquellos predios ubicados en los Sectores 1, 2 y 3 del distrito de MORDAZA de Surco. Los predios ubicados en los demas sectores, seran atendidos cuando exista motivacion expresa de autoridad superior basada en el cumplimiento de atencion de una causa de caracter social (cantidad de poblacion beneficiada, condicion de requerimientos o solicitudes existentes), por la necesidad de desarrollar proyectos municipales de interes local, o cuando se trate de lotes rusticos y/o semi rusticos de hasta 1,500 m2, ubicadas en zonas urbanas consolidadas (...)"; Que, mediante Informe Nº 205-2013-GDU-MSS del 02.07.2013, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA remite la propuesta de Habilitacion MORDAZA de Oficio del terreno situado en el distrito de MORDAZA de MORDAZA de la provincia de MORDAZA, de acuerdo a los planos PU-024-2013SGPUC-GDU-MSS; PIND-025-2013-SGPUC-GDU-MSS; PREM-026-2013-SGPUC-GDU-MSS; PP-027-2013SGPUC-GDU-MSS; PTL-028-2013-SGPUC-GDU-MSS y PA-029-2013- SGPUC-GDU-MSS; fundando la misma en el Informe Nº 288-2013-SGPUC-GDU-MSS del 02.07.2013. de la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, que contiene el Informe Tecnico Nº 0122013-NAA-ACU, del 26.06.2013, el cual indica que la MORDAZA denominada Urbanizacion Residencial La MORDAZA, ubicado en el Sector 2, del distrito de MORDAZA de MORDAZA, inscrito en la Ficha Nº 369591, continuada en la Partida Registral Nº 44604973, con un area de 75,138.24 m2, que registralmente se encuentra calificado como predio MORDAZA, insertos dentro de una MORDAZA MORDAZA consolidada, con edificaciones de caracter residencial, trazos viales, manzaneo y lotizacion definida, acorde con los planes urbanos. No presenta superposicion de areas con predio de terceros, cuenta con servicios publicos domiciliarios de agua, desague, energia electrica y comunicaciones conectados a predios independientes; en cuanto a los servicios publicos complementarios, se ha constatado que se encuentran dotadas de servicios urbanos para atender las necesidades de su entorno, cumpliendo de esta manera con las caracteristicas fisicas senaladas en el Articulo 24º de la Ley Nº 29090, modificado por la Ley Nº 29898 y su Reglamento el Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, en la que establece que las municipalidades declaran la Habilitacion MORDAZA de Oficio de los predios registralmente calificados como rusticos, ubicados en zonas urbanas consolidadas, que cuenten con edificaciones y servicios publicos domiciliarios. Estas habilitaciones no se encuentran sujetas a los aportes de la Habilitacion Urbana; Que, conforme al procedimiento de habilitacion MORDAZA de oficio, previsto en el Articulo 24-A, de la Ley Nº 29090 ­ Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, modificada por la Ley Nº 29898, se cumplio con identificar el predio matriz; se efectuo la notificacion a los propietarios registrales, asi como tambien a los ocupantes de la MORDAZA denominada Urbanizacion

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