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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2013 (15/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 28

El Peruano Lunes 15 de julio de 2013 499414 Nº 44604973, ubicado en parte del Lote Nº 1, del Fundo San Antonio del Valle de Surco, de propiedad de la señora Elsa Felicita Lariena Julca y a la Empresa Inmobiliaria Laryos S.A.C.; de conformidad con el Plano PIND-025-2013-SGPUC-GDU-MSS. Artículo Segundo.- APROBAR el plano PREM- 026-2013-SGPUC-GDU-MSS, el mismo que forma parte de la presente Resolución y que luego del acto administrativo aprobado por el artículo que antecede, defi ne el área remanente del predio inscrito en la Ficha Nº 369591, continuada en la Partida Registral Nº 44604973, conformada por un área de 19,461.80 m2. Artículo Tercero.- DECLARAR la HABILITACIÓN URBANA DE OFICIO de la zona denominada Urbanización Residencial La Libertad, ubicada en el Sector 2, que se denominará Urbanización La Libertad, del distrito de Santiago de Surco, conformada por el terreno ubicado en parte del Lote Nº 1, del Fundo San Antonio del Valle de Surco, inscrito en la Ficha Nº 369591, continuada en la Partida Registral Nº 44604973, cuya área real de acuerdo al levantamiento topográfi co es de 55,676.44 m2 y el perímetro es de 1,036.54 ml, conforme a los planos PU-024-2013-SGPUC-GDU-MSS; PP-027-2013-SGPUC- GDU-MSS; PTL-028-2013-SGPUC-GDU-MSS, que se aprueban en la presente resolución; cuya titularidad registral corresponde a la Sra. Elsa Felicita Lariena Julca y a la Empresa Inmobiliaria Laryos S.A.C. Artículo Cuarto.- APROBAR consecuentemente el Cuadro General de Distribución de Áreas de las zonas señaladas en el artículo primero, contenidos en el plano PTL-028-2013-SGPUC-GDU-MSS, según el siguiente detalle: CUADRO GENERAL DE DISTRIBUCIÓN DE ÁREAS CUADRO DE ÁREAS DE LA URBANIZACIÓN LA LIBERTAD USO ÁREA (M2) % PARCIAL % GENERAL ÁREA BRUTA 55,676.44 100.00 ÁREA ÚTIL 33,074.70 59.40 RECREACIÓN PÚBLICA: PARQUE 6,240.22 11.21 USO ÁREA (M2) % PARCIAL % GENERAL ÁREAS DE CIRCULACIÓN 16,349.61 29.37 ÁREA RESERVADA 11.91 0.02 Artículo Quinto.- DISPONER la Inscripción Registral del cambio de rústico a urbano de la zona denominada Urbanización Residencial La Libertad, al haberse declarado la Habilitación Urbana de Oficio, de acuerdo a los planos PU-024-2013-SGPUC-GDU- MSS; PP-027-2013-SGPUC-GDU-MSS; PTL-028-2013- SGPUC-GDU-MSS y PA-029-2013-SGPUC-GDU-MSS, que forman parte de la presente Resolución, acto que se formalizará mediante la gestión individual del propietario ante el Registro de Predios de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, precisando que los referidos planos serán publicados en la página web institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco: www.munisurco.gob.pe. Las áreas de vías de acuerdo al Artículo 56º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, son bienes de uso y dominio público. Artículo Sexto.- DISPONER que el área de Recreación Pública, constituida por dos parques, cuya extensión es 6,240.22 m2, sea transferida a la Municipalidad de Santiago de Surco. Artículo Sétimo.-. ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano remitir a la Municipalidad Metropolitana de Lima copia de la presente Resolución y de los planos que la sustentan. Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución, en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 961969-1 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN