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El Peruano Lunes 15 de julio de 2013 499409 Con la visación de la Dirección de Concesiones Mineras; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese en el diario ofi cial “El Peruano” las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de Junio del año 2013, de acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Asimismo, la presente Resolución se publicará en el Portal Institucional del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (www. ingemmet.gob.pe). Regístrese y Publíquese. V. MAURICIO MARIN APONTE Director Ofi cina de Asesoría Jurídica 961374-1 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Oficializan el Acuerdo de Sala Plena Nº 009-2012 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA N° 501-2013-P-CSJLIMASUR/PJ Lima, cinco de julio del dos mil trece//. I. ANTECEDENTES: El Acuerdo de Sala Plena de fecha veintiocho de diciembre de dos mil doce (el acta se suscribió el 22 de abril del 2013) II. FUNDAMENTOS: 1. En la sesión de Sala Plena Nº 009-2012 de fecha de fecha veintiocho de diciembre de dos mil doce, los jueces superiores asistentes, expresaron el respaldo institucional al doctor Pedro Cartolin Pastor, por la labor realizada como Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur y, a propuesta del Juez Superior Octavio César Sahuanay Calsín, luego de las deliberaciones efectuadas, se acordó por unanimidad expresar el reconocimiento y felicitación al doctor Pedro Cartolin Pastor, por la labor realizada como Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, período 2011-2012. 2. En este contexto resulta necesario Ofi cializar el Acuerdo de Sala Plena Nº 009-2012 de fecha 28 de diciembre de 2012; expresándole una felicitación y especial reconocimiento por su esforzada labor en la conducción de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur durante el bienio 2011-2012, destacando su liderazgo al frente de esta Corte Superior de Justicia en el contexto de su instalación, proceso de implementación y lucha contra la corrupción. 3. El Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige la política interna con el objeto de brindar un efi ciente servicio de impartición de Justicia en benefi cio del usuario del sistema judicial. Por tanto, en uso de las facultades conferidas por los incisos 3), 9) del artículo 90º del Texto Único ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. III. DECISIÓN: El Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, de conformidad con las normas invocadas y lo expuesto, resuelve: Artículo Primero.- OFICIALIZAR el Acuerdo de Sala Plena Nº 009-2012 de fecha 28 de diciembre de 2012; por el cual se APROBÓ POR UNANIMIDAD expresar el reconocimiento y felicitación al señor Juez Superior Pedro Cartolin Pastor, por la labor realizada como Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur en el período 2011-2012. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Lima Sur, Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal, y de los Magistrados de esta Corte Superior de Justicia para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. OCTAVIO CESAR SAHUANAY CALSIN Presidente 961833-1 ORGANOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Aprueban el Plan de Lanzamiento del Documento Nacional de Identidad Electrónico (DNIe) RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 230-2013/JNAC/RENIEC Lima, 12 de julio de 2013 VISTOS: La Hoja de Elevación N° 000231-2013/GPP/ RENIEC (10JUL2013) de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto; el Informe N° 000175-2013/GPP/ SGR/RENIEC (10JUL2013) de la Sub Gerencia de Racionalización de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto; y el Informe N° 001271-2013/GAJ/RENIEC (11JUL2013), emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que mediante la Ley N° 26497 se creó el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, con arreglo a los artículos 177° y 183° de la Constitución Política del Perú, como organismo constitucionalmente autónomo que cuenta con personería jurídica de derecho público interno, goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y fi nanciera; Que la Ley Orgánica del RENIEC, Ley N° 26497, establece en su artículo 26° que el Documento Nacional de Identidad (DNI) es un instrumento público, personal e intransferible, constituyendo la única cédula de identidad personal para todos los actos civiles, comerciales, administrativos, judiciales y en general, para todos aquellos casos que por mandato legal deba