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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (06/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 41

El Peruano Jueves 6 de junio de 2013 496611 julio de 2013, así como autorizar su salida del país el 07 de junio de 2013. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2013, de acuerdo a los conceptos siguientes: Viáticos: US $ 540.00 x 20% US $ 108.00 x 29 días x 01 persona = US $ 3,132.00 Total a pagar = US $ 3,132.00 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 4º.- El Ofi cial comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, modifi cado con el Decreto Supremo Nº 056- 2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013. Artículo 5º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 946815-4 Disponen iniciar investigaciones en relación a hechos descritos en diarios de circulación nacional, referidos a la venta de diversos productos al personal de tropa en los denominados “bazares” ubicados en instalaciones a cargo del Ejército del Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 459-2013-DE/SG Lima, 5 de junio de 2013 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1134 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, establece en su artículo 9º, que el Ministro de Defensa es la más alta autoridad política del Sector Defensa y administrativa del Ministerio de Defensa; Que, asimismo, el numeral 37 del artículo 10º del citado dispositivo legal, señala que el Ministro de Defensa tiene entre sus facultades, la de emitir resoluciones ministeriales en los asuntos que le corresponden conforme a ley; Que, el inciso g) del numeral 3.2 del artículo 3º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2011-DE, refi ere que dentro de las funciones específi cas del Ministerio de Defensa se encuentra la de cumplir y hacer cumplir el marco normativo relacionado con su ámbito de competencia, ejerciendo la potestad sancionadora correspondiente; Que, en atención a las recientes denuncias periodísticas aparecidas en diferentes diarios de circulación nacional, referidas a la venta de diversos productos al personal de tropa en los denominados “bazares”, ubicados dentro de las instalaciones militares a cargo del Ejército del Perú, los mismos que estarían a cargo de personal militar que presta servicio en dichas instalaciones; resulta necesario disponer el inicio de las investigaciones correspondientes a fi n de determinar la veracidad de los hechos y las responsabilidades a que hubiere lugar; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2011-DE/. SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer que el Comandante General del Ejército inicie las investigaciones correspondientes en relación a los hechos descritos en la parte considerativa de la presente resolución, a fi n de determinar su veracidad y la responsabilidad del personal que resulte involucrado. Artículo 2.- Disponer que en caso de encontrarse indicios de la comisión de actos ilícitos, el Órgano de Defensa Judicial correspondiente formule con arreglo a sus atribuciones, las denuncias correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 946409-1 Aceptan renuncias de Director de Investigación Académica y de Director Administrativo del Centro de Altos Estudios Nacionales - CAEN RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 460-2013-DE/SG Lima, 5 de junio de 2013 VISTOS: La carta de fecha 03 de junio de 2013, presentada por el Director de Investigación Académica del Centro de Altos Estudios Nacionales - CAEN, señor Eduardo Aníbal Del Aguila Horna y el Informe Legal emitido por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 365-DE/SG-2012, del 30 de marzo de 2012, se designó al señor Eduardo Aníbal Del Aguila Horna como Director de Investigación Académica del Centro de Altos Estudios Nacionales - CAEN; Que, mediante el documento del visto, el citado Director ha formulado renuncia al cargo antes señalado; por lo que resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 37) del artículo 10 del Decreto Legislativo Nº 1134 – Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, concordante con el literal r) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 001- 2011-DE. SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Eduardo Aníbal Del Aguila Horna en el cargo de confi anza de Director de Investigación Académica del Centro de Altos Estudios Nacionales - CAEN; agradeciéndole por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 946409-2