Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2013 (06/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano Jueves 6 de junio de 2013

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establece los mecanismos, modalidades y procedimientos con la finalidad de reparar a las victimas del MORDAZA de violencia, con el objeto de contribuir a afirmar la paz y la MORDAZA entre los peruanos y propender a la reconciliacion nacional; Que, de acuerdo con el articulo 25º del Reglamento de la Ley Nº 28592, el Programa de Reparaciones Colectivas tiene por objetivo contribuir a la reconstruccion del capital social e institucional, material y economico ­ productivo de las familias y comunidades rurales y urbanas afectadas por el MORDAZA de violencia; Que, con Decreto Supremo Nº 102-2011-PCM, se adscribe la Comision Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y politicas del Estado en los ambitos MORDAZA, la Reparacion Colectiva y la Reconciliacion Nacional ­ CMAN al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, literal a) del numeral 12.1 del articulo 12º de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, autoriza de manera excepcional transferencias financieras, entre otras, para atender la operatividad del Plan Integral de Reparaciones ­ PIR, las mismas que se realizan mediante resolucion del titular del pliego y se publican en el Diario Oficial El Peruano; Que, la Secretaria Ejecutiva de la CMAN, en Oficio Nº 287-2013-JUS/SE-CMAN adjunta el Informe Nº 0422013-PMR/SE-CMAN mediante el cual emite opinion favorable y solicita se expida la Resolucion Ministerial que apruebe la transferencia financiera, en virtud de los catorce (14) convenios suscritos con Gobiernos Locales, seis (06) de los cuales contienen proyectos de inversion publica que han sido declarados viables en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica ­ SNIP; Que, el Informe Nº 050-2013-JUS/OGPP-OPRE de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto informa que se cuenta con la disponibilidad presupuestal con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional 2013 del Pliego 006 Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para financiar la transferencia financiera hasta por el monto de S/.1´400,000.00 (UN MILLON CUATROCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES); De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 y el Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

Articulo 4º.- La presente autorizacion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 946815-5

Autorizan transferencia financiera a favor de diversos Gobiernos Locales
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0145-2013-JUS MORDAZA, 5 de junio de 2013 VISTOS: El Oficio Nº 287-2013-JUS/SE-CMAN, de la Secretaria Ejecutiva de la Comision Multisectorial de Alto Nivel, encargada del seguimiento de las acciones y politicas del Estado en los ambitos MORDAZA, la Reparacion Colectiva y la Reconciliacion Nacional ­ CMAN, el Informe Nº 050-2013-JUS/OGPP-OPRE de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 265-2013-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28592, establece el MORDAZA Normativo del Plan Integral de Reparaciones - PIR para las victimas de la violencia ocurrida durante el periodo de MORDAZA de 1980 a noviembre de 2000, conforme a las conclusiones y recomendaciones del Informe de la Comision de la Verdad y Reconciliacion; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 015-2006JUS se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28592, el cual

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. 2. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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