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El Peruano Jueves 6 de junio de 2013 496627 VISTO: El Ofi cio N° 085-2013-P-CNDP-CE-PJ e Informe N° 15 -2013-GO-CNDP-CE/PJ, remitidos por el Presidente y Gerente Operacional de la Comisión Nacional de Descarga Procesal; y el Ofi cio N° 0391-2013-P-CSJLL- PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de La Libertad. CONSIDERANDO: Primero. Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de La Libertad solicita la conversión y reubicación del Juzgado de Paz Letrado de Chugay, del referido Distrito Judicial, como Juzgado de Paz Letrado con Especialidad Civil y Comercial en la Provincia de Trujillo, fundamentando su pedido en razones de carga procesal. Precisa que su petición no afectará el acceso al servicio de administración de justicia de la población de Chugay, por cuanto en el mencionado distrito funcionan el Primer y Segundo Juzgado de Paz de Primera Nominación. Asimismo, refi ere que el Distrito de Chungay colinda con los Distritos de Huamachuco y Sartimbamba, en los que funcionan dos Juzgados de Paz Letrado. Segundo. Que, al respecto, el Gerencia Operacional de la Comisión Nacional de Descarga Procesal ha elaborado el Informe N° 015-2013-GO-CNDP-CE/PJ, el cual concluye que resulta conveniente la propuesta presentada por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, por cuanto permitirá dotar de un órgano jurisdiccional a la ciudad de Trujillo, coadyuvando a la labor de descarga procesal en marcha. Tercero. Que, el artículo 82°, numerales 24), 25) y 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear órganos jurisdiccionales, aprobar la modifi cación de sus ámbitos de competencia territorial. Asimismo, adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 306- 2013 de la décimo quinta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, Walde Jáuregui, Ticona Postigo, Meneses Gonzáles, Palacios Dextre y Chaparro Guerra. Por unanimidad. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Reubicar el Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Chugay, Provincia de Sánchez Carrión, Departamento y Distrito Judicial de La Libertad, al Distrito de Trujillo, de la mencionada Corte Superior. El órgano jurisdiccional materia de reubicación se denominará 10° Juzgado de Paz Letrado Permanente de Trujillo. Artículo Segundo.- Facultar al Presidente de las Corte Superior de Justicia de la Libertad; así como a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, adoptar las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución. Artículo Tercero.- El Presidente de la Comisión Distrital de Descarga Procesal de la Corte Superior de Justicia de La Libertad ejecutará las acciones pertinentes para una adecuada difusión, entre los pobladores del Distrito de Chugay, sobre la impartición del servicio de administración de justicia entre los Juzgados de Paz existentes y los Juzgados de Paz Letrado de los Distritos de Huamachuco y Sartimbamba, Provincia de Sánchez Carrión. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Corte Superior de Justicia de La Libertad, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 946381-1 Prorrogan funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales transitorios en los Distritos Judiciales de Loreto y Ucayali RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 083-2013-CE-PJ Lima, 15 de mayo de 2013 VISTOS: Los Ofi cios Nros. 192 y 193-2013-ETI-CPP/ PJ, remitidos por el Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal; así como los Ofi cios N° 1217-2013-P-CSJUC/PJ y N° 738-2013-PJ/CSJLO-P, cursados por los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Ucayali y Loreto, respectivamente. CONSIDERANDO: Primero. Que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Ucayali y Loreto, mediante Ofi cios N° 1217-2013-P-CSJUC/PJ y N° 738-2013- PJ/CSJLO-P, respectivamente, solicitan a este Órgano de Gobierno la prórroga de funcionamiento de órganos jurisdiccionales penales liquidadores transitorios, para la adecuada implementación del Código Procesal Penal en los mencionados Distritos Judiciales, sustentadas en razones de carga procesal y acceso a la justicia. Segundo. Que por lo expuesto en los informes del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal y, considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional, deviene en necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Tercero. Que el artículo 82°, numerales 24, 25 y 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear órganos jurisdiccionales, aprobar la modifi cación de sus ámbitos de competencia territorial. Asimismo, adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 333- 2013 de la décimo sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, Walde Jáuregui, Ticona Postigo, Meneses Gonzáles, Palacios Dextre y Chaparro Guerra. Por unanimidad. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar, en vía de regularización a partir del 1 de abril del año en curso, el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales transitorios: Hasta el 30 de setiembre del 2013 DISTRITO JUDICIAL DE LORETO • Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Maynas • Segundo Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Maynas • Tercer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Maynas • Cuarto Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Maynas • Quinto Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Maynas