Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2013 (07/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES

490253

Ministerial N° 013-2013-MINAM de 15 de enero de 2013, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2°.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Naquiche, como Coordinador General del "Programa de Desarrollo de Sistemas de Gestion de Residuos Solidos en Zonas Prioritarias de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Tumbes, MORDAZA, Ica, MORDAZA, Puerto MORDAZA, San MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Amazonas, MORDAZA y Pasco"; y, responsable de la administracion y gestion de la Unidad Ejecutora 003: Gestion Integral de la Calidad Ambiental, correspondiente al citado Programa, quien tendra a su cargo la responsabilidad de garantizar la legalidad y el control de los ingresos y gastos, en el MORDAZA de las disposiciones establecidas por los sistemas integrantes de la Administracion Financiera del Sector Publico y sus respectivos organos rectores, que forman parte de los Sistemas Administrativos que regulan la utilizacion de recursos en las entidades de la Administracion Publica y que, asimismo, promueven la eficiencia en su uso. Articulo 3°.- La Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina General de Administracion del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, realizaran acciones necesarias en materia de planificacion, presupuesto, administracion, finanzas y las que correspondan, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 2° de la presente resolucion. Articulo 4º.- Transcribir la presente resolucion al Viceministerio de Gestion Ambiental, a la Direccion General de Calidad Ambiental, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y a la Oficina General de Administracion. Articulo 5°.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en MORDAZA de Transparencia del Ministerio del Ambiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente 908213-1

Reconocen Area de Conservacion Privada Berlin, a perpetuidad, sobre predio ubicado en el distrito de Bagua Grande, provincia de Utcubamba, departamento de Amazonas
RESOLUCION MINISTERIAL N° 073-2013-MINAM MORDAZA, 4 de marzo de 2013 Visto; el Oficio N° 066-2013-SERNANP-J de 22 de febrero de 2013, remitido por el Jefe del Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado ­ SERNANP, y demas antecedentes relacionados a la solicitud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre reconocimiento del Area de Conservacion Privada Berlin; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 68º de la Constitucion Politica del Peru establece que es obligacion del Estado promover la conservacion de la diversidad biologica y de las Areas Naturales Protegidas; Que, el articulo 12º de la Ley Nº 26834, Ley de Areas Naturales Protegidas, establece que los predios de propiedad privada podran, a iniciativa de su propietario, ser reconocidos por el Estado, en todo o en parte de su extension, como Areas de Conservacion Privada, siempre que cumplan con los requisitos fisicos y tecnicos que ameriten su reconocimiento; Que, el articulo 70º del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, establece que constituyen Areas de Conservacion Privada aquellos predios de propiedad privada que por sus caracteristicas ambientales, biologicas, paisajisticas u otras analogas, contribuyen

a complementar la cobertura del Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE, aportando a la conservacion de la diversidad biologica e incrementando la oferta para investigacion cientifica y la educacion, asi como de oportunidades para el desarrollo de turismo especializado. Las Areas de Conservacion Privada pueden zonificarse en base a lo establecido por la Ley; Que, de conformidad con lo establecido en el literal h) del articulo 7º del Decreto Legislativo Nº 1013, el Ministerio del Ambiente ­ MINAM, tiene como funcion especifica dirigir el Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado ­ SINANPE; asimismo, a traves del numeral 2 de la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del citado Decreto Legislativo, se crea el Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, adscrito al MINAM, como ente rector del SINANPE; Que, las funciones de la Intendencia de Areas Naturales Protegidas del entonces Instituto Nacional de Recursos Naturales ­ INRENA, fueron absorbidas por el Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado ­ SERNANP; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso c) del articulo 42º y el numeral 71.1 del articulo 71º del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas, las Areas de Conservacion Privada se reconocen mediante Resolucion Ministerial del Ministerio del Ambiente, a solicitud del propietario del predio y a propuesta del SERNANP, en base a un acuerdo con el Estado, a fin de conservar la diversidad biologica en parte, o la totalidad de dicho predio, por un periodo no menor a diez (10) anos, renovables; Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 144-2010-SERNANP de 14 de agosto de 2010, se aprueban las Disposiciones Complementarias para el Reconocimiento de las Areas de Conservacion Privada, las cuales son aplicables al procedimiento en curso por encontrarse vigentes a la fecha de MORDAZA de la solicitud sobre reconocimiento del Area de Conservacion Privada, conforme lo establece el articulo 1º de la Resolucion Presidencial Nº 1552010-SERNANP; Que, mediante los documentos con Registros N° 11182-2012, Nº 12895-2012, N° 17004-2012, N° 153632012, N° 19647-2012, N° 00223-2013 y N° 01609-2013, presentados ante el SERNANP, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicita el reconocimiento del Area de Conservacion Privada Berlin, a perpetuidad, sobre una superficie parcial de cincuenta y nueve hectareas (59.00 ha.), ubicada en el distrito de Bagua Grande, provincia de Utcubamba, departamento de Amazonas; cuyo derecho se encuentra inscrito en la Partida Registral Nº 02011625 de la Oficina Registral de Bagua de la MORDAZA Registral N° II ­ Sede Chiclayo; Que, mediante Informe Nº 04-2013-SERNANPDDE-OAJ, de fecha 4 de febrero de 2013, emitido conjuntamente por la Oficina de Asesoria Juridica y la Direccion de Desarrollo Estrategico del SERNANP, asi como en el respectivo expediente tecnico, se senala que el area propuesta cuenta con valores ecologicos, floristicos, faunisticos, ambientales, cientificos, educativos y turisticos que le confieren importancia, por lo que su reconocimiento contribuira a la conservacion de especies de MORDAZA y fauna MORDAZA de las Yungas Peruanas; asimismo, se indica que el area propuesta cumple con los requisitos tecnicos y legales establecidos en las Disposiciones Complementarias para el Reconocimiento de las Areas de Conservacion Privadas, aprobadas por Resolucion Presidencial Nº 144-2010-SERNANP; Que, las areas naturales protegidas cumplen un rol fundamental para el MORDAZA de mitigacion de los efectos del cambio climatico y contribuyen significativamente a reducir sus impactos; la biodiversidad que estas conservan constituyen un componente necesario para una estrategia de adaptacion al cambio climatico y sirven como amortiguadores naturales contra los efectos del clima y otros desastres, estabilizando el suelo frente a deslizamientos de tierra; servicios como regulacion del clima y absorcion de los gases de efecto invernadero, entre otros; y mantienen los recursos naturales sanos y productivos para que puedan resistir los impactos del cambio climatico y seguir proporcionando servicios

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