Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2013 (11/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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PROYECTO

El Peruano MORDAZA, lunes 11 de marzo de 2013

052-2007-EM. Asimismo, resulta conveniente tomar en cuenta la actualizacion de precios con frecuencia trimestral e incluir los factores transmision electrica establecidos por el Comite de Operacion Economica del Sistema ("COES"), como resultado de las transferencias de energia; Que, se considera necesario realizar cambios en la plataforma web de envio de informacion, con la finalidad de contemplar los cambios explicados en los considerandos anteriores, asi como realizar mejoras en la remision de informacion establecida en el PROCEDIMIENTO; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 14° del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 0012009-JUS, y en el Articulo 25° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, mediante Resolucion OSINERGMIN N° 031-2013-OS/CD publicada el XX de marzo del 2013, se dispuso la publicacion del proyecto de modificaciones al PROCEDIMIENTO, estableciendose el plazo dentro del cual se recibieron opiniones y sugerencias de los siguientes interesados: XXX, y habiendose realizado el analisis respectivo en el Informe Nº -2013-GART, acogiendose aquellas que contribuyen al logro de los objetivos de la norma; Que, en consecuencia, luego de efectuado el analisis, resulta procedente disponer la publicacion de las modificaciones a la MORDAZA "Precios a Nivel Generacion y Mecanismo de Compensacion entre Usuarios Regulados"; Que, finalmente se han expedido los Informes Nº 2013-GART y N° -2013-GART de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, los cuales complementan la motivacion que sustenta la decision de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del Articulo 3º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444; De conformidad con lo establecido en la Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, Ley N° 27332; en el Reglamento General del OSINERGMIN, Decreto Supremo N° 0542001-PCM; en la Ley de Concesiones Electricas, Decreto Ley N° 25844 y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; en la Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica, Ley N° 28832; en la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444; asi como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modifiquese el numeral 7 de la MORDAZA "Precios a Nivel Generacion y Mecanismo de Compensacion entre Usuarios Regulados", aprobada mediante Resolucion OSINERGMIN N° 180-2007-OS/CD, y modificatorias, conforme al siguiente texto: "7. MORDAZA DE INFORMACION 7.1 Los Distribuidores presentaran a OSINERGMIN la informacion que se senala en los Formatos de las tablas 1, 2 y 3 respectivamente, segun son descritas en el Anexo 1 del numeral 8 de la presente norma. 7.2 La informacion de las tablas 1, 2 y 3 sera reportada a OSINERGMIN a mas tardar el dia 20 de cada mes, tanto en medio digital como en medio impreso. Cuando se reporte en medio digital sera a traves de la Plataforma Web ubicada en la pagina Web de OSINERGMIN (www2.osinerg.gob.pe/PNG/Remision). Dicha plataforma cuenta con las funcionalidades necesarias para el ingreso y la validacion de los datos, asimismo el sistema permitira el ingreso masivo de la informacion de acuerdo a lo indicado en la direccion www2.osinerg.gob.pe/PNG/Formularios. Cuando se reporte en medio impreso seran mediante las actas de conformidad de remision de la informacion generada por la Plataforma Web, las mismas que deberan ser entregadas a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria de OSINERGMIN ubicada en Av. Canada N° 1460 - San MORDAZA, Lima. 7.3 Una MORDAZA de los contratos debe ser alcanzada de acuerdo a lo indicado en la MORDAZA de licitaciones."

Articulo 2°.- Modifiquense los Anexos 1 y 2 del numeral 8 de la MORDAZA "Precios a Nivel Generacion y Mecanismo de Compensacion entre Usuarios Regulados", aprobada mediante Resolucion OSINERGMIN N° 180-2007-OS/CD, y modificatorias, conforme al siguiente texto: "8. ANEXOS ANEXO 1 ESPECIFICACION DE LA INFORMACION REQUERIDA Estructura de las tablas de datos usadas para la carga masiva en el aplicativo Web que OSINERGMIN ha puesto a disposicion de las empresas suministradoras. 1. INFORMACION DE COMPRA DE ENERGIA Y POTENCIA (Tabla 1: Informacion de Compra de Energia y Potencia) La Tabla 1 se refiere a la informacion de compra de Energia y Potencia que se da entre las empresas. La Tabla 1 esta conformada por los siguientes campos: 1) Mes Reportado. Corresponde a la fecha en la cual se hace la compra de Energia y Potencia. Se expresa de la siguiente forma: "AAAAMM". 2) Codigo de la Empresa Distribuidora. Corresponde al codigo que tiene cada empresa, en este caso de la empresa que compra la Energia y Potencia. Debera seleccionarse del Cuadro Empresa. 3) Codigo de la Empresa Suministradora. Corresponde al codigo que tiene cada empresa, en este caso de la empresa que vende la Energia y Potencia. Debera seleccionarse del Cuadro Empresa. 4) Codigo de la MORDAZA de Venta. Corresponde al codigo de la MORDAZA donde la empresa suministradora vende la Energia y Potencia. Debera seleccionarse del Cuadro Barra. 5) Codigo de Contrato. Se debe indicar el codigo interno del contrato entre partes con el siguiente formato [CodEmpresaCompra]_[CodEmpresaSuministradora]_ [Fecha Suscripcion YYYYMMDD]_[Correlativo Contrato]_00. 6) Numero de oferta del contrato licitado. Se debe indicar el orden correlativo de la oferta efectuada en la subasta. 7) MORDAZA de Contrato. En este caso corresponde a 1=Licitacion y 0=Sin licitacion. 8) Potencia Facturada. Corresponde al valor de potencia facturada expresado en kW. 9) Energia Facturada en Horas Punta. Corresponde al valor de Energia Facturada en Horas Punta, expresado en kW.h. 10) Energia Facturada en Horas Fuera de Punta. Corresponde al valor de Energia Facturada en Horas Fuera de Punta, expresado en kW.h. 11) Precio de Potencia del Contrato a Nivel de Generacion. Corresponde al valor del Precio a Nivel de Generacion de la Potencia, estipulada en el contrato dado en S/./kW-mes. 12) Precio de Energia en Hora Punta del Contrato a Nivel de Generacion. Corresponde al valor del Precio a Nivel de Generacion de la Energia en Horas Punta, estipulada en el contrato dada en ctm S/./kW.h. 13) Precio de Energia en Hora Fuera de Punta del Contrato a Nivel de Generacion. Corresponde al valor del Precio a Nivel de Generacion de la Energia en Horas Fuera de Punta, estipulada en el contrato dada en ctm S/./kW.h. 14) Factor "fte" Solo se considerara si el contrato es resultado de Licitacion y de largo plazo. 15) Factor "e" Calculado. Solo se considerara si el contrato es resultado de Licitacion. 16) Factor "p" Calculado. Solo se considerara si el contrato es resultado de Licitacion. 17) Factor "e" Aplicado. Solo se considerara si el contrato es resultado de Licitacion. 18) Factor "p" Aplicado. Solo se considerara si el contrato es resultado de Licitacion.

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