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El Peruano 490581 2. INFORMACIÓN DE VENTA DE ENERGÍA Y POTENCIA (Tabla 2 Información consolidada del FOSE) La Tabla 2 se refi ere a las ventas de energía y potencia realizadas a los usuarios regulados. La Tabla 2 está conformada por los siguientes campos: 1) Mes Reportado. Corresponde a la fecha en la cual se hace la compra de Energía y Potencia. Se expresa de la siguiente forma: “AAAAMM”. 2) Código de la Empresa Distribuidora. Corresponde al código que tiene cada empresa, en este caso de la empresa que compra la Energía y Potencia. Deberá seleccionarse del Cuadro Empresa. 3) Código del Sistema Eléctrico. Corresponde al código del sistema eléctrico el cual es defi nido por Osinergmin. Deberá seleccionarse del Cuadro Sistema Eléctrico. 4) Código de Tarifa. Corresponde al código de tarifa utilizado para la remisión de información del FOSE, el cual fue defi nido en el TUO de la Norma “Procedimientos de Aplicación del Fondo de Compensación Social Eléctrica”, aprobado con Resolución OSINERGMIN N° 689-2007- OS/CD, y sus modifi catorias mediante Resolución OSINERGMIN N° 223-2009-OS/CD y Resolución OSINERGMIN N° 235-2010-OS/CD (en adelante “TUO FOSE”). Deberá seleccionarse del Cuadro Tarifas. 5) Nº de Clientes. 6) Energía Facturada en Horas Punta. Para las opciones tarifarias que soporte medición de este parámetro, de acuerdo a lo previsto en el TUO FOSE (kW.h). 7) Energía Facturada en Horas Fuera de Punta. Para las opciones tarifarias que soporte medición de este parámetro, de acuerdo a lo previsto en el TUO FOSE (kW. h). 8) Total de Energía Activa (KW.h). 9) Potencia Activa de Generación en Hora Punta. Para las opciones tarifarias que soporte medición de este parámetro, de acuerdo a lo previsto en el TUO FOSE (kW). 3. BALANCE DE TRANSFERENCIAS (Tabla 3) La Tabla 3 se refi ere a la información detallada del Balance del Programa Trimestral de Transferencias y Saldos Acumulados. La Tabla 3 está conformada por los siguientes campos: 1) Código de la Empresa. Corresponde al código que tiene cada empresa. Deberá seleccionarse del Cuadro Empresa 2) Código de la Empresa Distribuidora Aportante/ Receptora. Corresponde al código que tiene cada empresa, en este caso de la empresa Aportante/Receptora. Deberá seleccionarse del Cuadro Empresa 3) Mes reportado. Referido a la fecha en la que se haya reportado la transferencia. 4) Fecha de transferencia. Referido a la fecha donde la transferencia es efectuada por la empresa aportante. 5) Tipo de Transferencia. Referido al tipo de Transferencia, sea: A=Aporte; I=Ingreso. 6) Valor de la transferencia. Corresponde al valor de las transferencias de energía, expresadas en Nuevos Soles. (S/.). 7) Observaciones. Corresponde a las Observaciones a la Información enviada. ANEXO 2 PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN 1. FORMA DE PRESENTACIÓN La información será presentada en archivos planos o archivos de texto, y los campos estarán separados por cualquiera de los siguientes caracteres: Tabs (‘\t’); Pipes o palotes (‘|’); Punto y Coma ‘;’. OSINERGMIN ha puesto a disposición de las Empresas Suministradoras el Sistema que validará la información antes de ser remitida, el mismo que emitirá una constancia de conformidad que deberá ser presentada adjunta al documento de entrega de la información. La no inclusión de dicha constancia será considerada como una presentación sin tener en cuenta la forma y condiciones establecidas por OSINERGMIN. 2. ESTRUCTURA DE LA INFORMACIÓN Se deberá presentar un archivo por cada tabla que haya sido requerida, y deberá guardar la estructura solicitada en la sección “1.3.FORMULARIOS”, aun cuando no se cuente con alguno de los campos detallados en el pedido, en cuyo caso se dejará el espacio libre correspondiente para dicho campo. El archivo deberá ser remitido sin la cabecera de campo. 3. FORMATO DEL ARCHIVO Para evitar una posible pérdida de información, correspondiente a caracteres de idioma español, se establece que el archivo de texto deberá ser generado usando la codifi cación UTF-8. 4. SOPORTE TÉCNICO Mediante el correo electrónico: soportePNG@ osinergmin.gob.pe, se brindará el soporte técnico sobre la remisión de información de los formularios. El archivo deberá ser remitido sin la cabecera de campo.” Artículo 3°.- Déjese sin efecto el Anexo 3 del numeral 8, y la Disposición Transitoria de la Norma “Precios a Nivel Generación y Mecanismo de Compensación entre Usuarios Regulados”, aprobada mediante Resolución OSINERGMIN N° 180-2007-OS/CD, y modifi catorias. Artículo 4°.- La presente Resolución deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y consignada, conjuntamente con los Informes Nº 0XXX-2013-GART y Nº 0XXX-2013-GART, en la página Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. Artículo 5.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Artículo 29º de la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Efi ciente de la Generación Eléctrica, defi nió el Precio a Nivel Generación para los consumidores fi nales de electricidad localizados en el Perú, sujetos a regulación de precios por la energía o potencia que consumen. Dicho Precio a Nivel Generación es calculado como el promedio ponderado de los precios de los Contratos sin Licitación y los Contratos resultantes de Licitaciones. Mediante Decreto Supremo N° 019-2007-EM se aprobó el “Reglamento del Mecanismo de Compensación entre los Usuarios Regulados del SEIN”. Mediante Resolución OSINERGMIN N° 180-2007-OS/ CD y sus modifi catorias, se aprobó la Norma “Precios a Nivel Generación y Mecanismo de Compensación entre Usuarios Regulados” (en adelante “Procedimiento”). A partir de la entrada en vigencia de los Contratos de Suministro de Energía de largo plazo, resulta necesario realizar modifi caciones en el sistema de envío de información, a efectos de incluir: el incentivo de las licitaciones anticipadas, la actualización de precios con frecuencia trimestral y los factores transmisión eléctrica establecidos por el Comité de Operación Económica del Sistema. La propuesta de modifi cación normativa que propone la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria tiene también por fi nalidad el contar con una mejor Plataforma Web para la remisión de información por parte de las empresas, así como el brindar reportes de interés y de utilidad, tanto para las empresas como para el público en general. Esta propuesta de plataforma busca, en consecuencia, mejorar el control de la información que manejan las empresas y el propio OSINERGMIN, así como su consolidación y validación. Por las razones antes expuestas, resulta necesario introducir las referidas modifi caciones al Procedimiento, las cuales cumplen con el objetivo previsto en el marco legal aplicable. 909418-1 PROYECTO Lima, lunes 11 de marzo de 2013