Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2013 (11/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, lunes 11 de marzo de 2013

NORMAS LEGALES

490573

Que, el Articulo 6º de la citada Resolucion Ministerial, dispone que las embarcaciones pesqueras sujetas al Reglamento de la Ley de Pesca, aprobado por Decreto Supremo 012-2001-PE y al Reglamento del Ordenamiento Pesquero del Recurso Anchoveta y Anchoveta MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2010-PRODUCE, deberan pasar una inspeccion tecnica ante la Direccion General de Capitanias y Guardacostas, con la finalidad de verificar sus caracteristicas estructurales, lo cual incluye la cubicacion de la capacidad de bodega y la medicion de eslora, manga y puntal; Que, con Resolucion Directoral Nº 1370-2012-MGP/ DCG de fecha 4 de diciembre del 2012, se aprobo el Cronograma para la realizacion de las inspecciones tecnicas de las embarcaciones de menor de escala, anexando el listado correspondiente, elaborado en funcion a la informacion proporcionada por la Direccion General de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Directo del Ministerio de la Produccion; modificado mediante Resolucion Directoral Nº 1423-2012-MGP/DCG de fecha 18 de diciembre del 2012, en el extremo de incluir a las embarcaciones pesqueras que solicitaron permiso de pesca de menor escala, en virtud a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 005-2012-PRODUCE y Resolucion Ministerial Nº 433-2012-PRODUCE; Que, mediante documento del Visto, el Director General de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Directo del Ministerio de la Produccion, remite a esta Direccion General un MORDAZA listado de embarcaciones pesqueras de menor escala, las cuales forman parte de la relacion remitida por los Gobiernos Regionales, en cumplimiento de la Resolucion Ministerial Nº 100-2009PRODUCE y sus modificatorias, y que ademas solicitaron la obtencion de su permiso de pesca de menor escala, conforme a lo dispuesto en la Resolucion Ministerial Nº 433-2012-PRODUCE, a efectos que MORDAZA consideradas para las respectivas inspecciones tecnicas; De conformidad a lo propuesto por el Jefe del Departamento de Material Acuatico, a lo recomendado por el Director de Control de Actividades Acuaticas y a lo opinado por el Director Ejecutivo de la Direccion General de Capitanias y Guardacostas: SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar el Cronograma para la realizacion de las inspecciones tecnicas de las embarcaciones de menor escala que se indican en el Anexo (1), el cual forma parte integrante de la presente Resolucion Directoral, el mismo que se ha elaborado en funcion de la Region que otorgo el permiso de pesca correspondiente, conforme se indica: Region que otorgo el Permiso de Pesca MORDAZA MORDAZA Callao MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tacna Puerto de Inspeccion Paita Chimbote Callao Callao Ilo Ilo Ilo

para su respectiva inspeccion tecnica, el armador y/o representante legal debera informar la ubicacion de la misma al Capitan de Puerto de la jurisdiccion en la que se encuentre, en un plazo no mayor a SETENTA Y DOS (72) horas de la fecha de publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano, solicitando ser inspeccionada en el puerto en el que se encuentra. Articulo 6°.- Las embarcaciones pesqueras que fueron consideradas en el cronograma publicado con Resolucion Directoral Nº 1423-2012-MGP/DCG de fecha 18 de diciembre del 2012, y que por motivos justificados no se encontraron presentes en los puertos correspondientes para ser inspeccionadas, el armador y/ o representante legal debera registrarse en la respectiva Capitania de Puerto, a fin de que sea considerada para inspeccion dentro del cronograma establecido en la presente resolucion. Articulo 7°.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese y publiquese como Documento Oficial Publico (D.O.P.) MORDAZA DEVILLE DEL MORDAZA Director General de Capitanias y Guardacostas 909393-1

INTERIOR
Dan por concluida designacion en el cargo de Director General de la Policia Nacional del Peru
RESOLUCION SUPREMA Nº 016-2013-IN MORDAZA, 10 de marzo de 2013 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 1148 - Ley de la Policia Nacional del Peru, en su articulo 15º, establece que el Director General de la Policia Nacional del Peru, es designado por el Presidente de la Republica; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 124-2011IN de fecha 8 de octubre de 2011, se designo al senor General de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Director General de la Policia Nacional del Peru; De conformidad a lo dispuesto en el articulo 167º de la Constitucion Politica del Peru, y el articulo 15º del Decreto Legislativo N° 1148 - Ley de la Policia Nacional del Peru; y, numeral 4º del articulo 11º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designacion en el cargo de Director General de la Policia Nacional del Peru, del senor MORDAZA General de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA, dandosele las MORDAZA por los importantes servicios prestados a la Nacion. Articulo 2º.- Pasar al senor MORDAZA General de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de la Situacion de Actividad a la Situacion de Retiro. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el senor Ministro del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 909948-1

Articulo 2°.- Aprobar los Procedimientos para la realizacion de las inspecciones tecnicas de embarcaciones pesqueras de menor escala del Anexo (2), el cual forma parte integrante de la presente Resolucion Directoral. Articulo 3°.- Publicar en el MORDAZA Electronico de la Direccion General de Capitanias y Guardacostas http:// www.dicapi.mil.pe la presente Resolucion Directoral y sus Anexos, en la misma fecha de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4°.- Los Capitanes de Puerto publicaran mediante Edicto en un Diario de su jurisdiccion, las disposiciones contenidas en la presente Resolucion Directoral, indicando adicionalmente que sus Anexos se encuentran publicados en el MORDAZA Electronico de la Direccion General de Capitanias y Guardacostas. Articulo 5°.- En caso que una embarcacion pesquera no se encuentre en el puerto en que ha sido considerada

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