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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 19 de marzo de 2013 491156 Supernumeraria del Octavo Juzgado de Trabajo Permanente de Lima, a partir del 18 de marzo del presente año. Artículo Cuarto.- DESIGNAR a la doctora KEYSI KALONDY BECERRA ATAUCONCHA, como Juez Supernumeraria del Sexto Juzgado de Paz Letrado Laboral de Lima, a partir del 18 de marzo del presente año. Artículo Quinto.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Ofi cina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General del Poder Judicial, Ofi cina de Personal del Poder Judicial y del Magistrados, para los fi nes pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. IVAN ALBERTO SEQUEIROS VARGAS Presidente Corte Superior de Justicia de Lima 913497-2 ORGANOS AUTONOMOS SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan la organización de la empresa Rigel Perú S.A. Compañía de Seguros de Vida RESOLUCIÓN SBS Nº 1749-2013 Lima, 8 de marzo de 2013 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por Rigel Seguros de Vida S.A., para la organización de una empresa de seguros que operaría en el Ramo de Riesgos de Vida, a denominarse “RIGEL PERÚ S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS DE VIDA”, y, CONSIDERANDO: Que, en Sesión de Directorio de Rigel Seguros de Vida S.A., de fecha 26 de noviembre de 2012, se acordó por unanimidad constituir una compañía de seguros en el Perú, denominada “RIGEL PERÚ S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS DE VIDA”, otorgándose los poderes a los señores Rodrigo Pablo Roa y Luis Miguel Pizarro Aranguren a fi n de lograr suscribir los documentos públicos y privados que se requieran a efectos de constituir y operar la empresa de seguros; Que, se ha cumplido con acompañar a la solicitud de autorización de organización de “RIGEL PERÚ S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS DE VIDA”, cuyos accionistas son Rigel Seguros de Vida S.A. (99.99998%) y el señor Felipe Aurelio del Río Goudie (0.00002%), el proyecto de minuta de constitución social respectiva encontrándose, conforme a Ley; y el estudio de factibilidad de mercado, fi nanciero y de gestión, que sustentan la creación de la entidad de seguros, de conformidad con lo dispuesto por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley Nº 26702 y sus modifi catorias, en adelante Ley General, lo establecido en el Reglamento para la constitución, reorganización y establecimiento de empresas y representantes de los Sistemas Financiero y de Seguros, aprobado mediante la Resolución SBS Nº 10440-2008 de fecha 16 de octubre de 2008 y el procedimiento Nº 01 del TUPA de esta Superintendencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión de Seguros “A”, el Departamento de Supervisión de Reaseguros, el Departamento de Supervisión Actuarial y de Reservas Técnicas, el Departamento Legal, el Departamento de Supervisión de Riesgo Operacional, el Departamento de Supervisión de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones, el Departamento de Supervisión de Riesgos de Conglomerado y Monitoreo de Procesos, el Departamento de Supervisión de Riesgos de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, el Departamento de Análisis del Sistema Asegurador y Previsional; y con la conformidad de las Superintendencias Adjuntas de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y Seguros, Riesgos, Asesoría Jurídica y Estudios Económicos; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 21º de la Ley Nº 26702 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 349º de la referida Ley General; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la organización de la empresa “RIGEL PERÚ S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS DE VIDA” que operaría en el Ramo de Riesgos de Vida, para lo cual se aprueba el proyecto de minuta presentado para tal efecto por el Organizador, que se devuelve debidamente autenticado con el sello ofi cial de esta Superintendencia para su elevación a escritura pública y posterior inscripción en el Registro Público correspondiente, debiendo insertarse el Certifi cado de Autorización al que se refi ere el Artículo Tercero de la presente Resolución. Artículo Segundo.- “RIGEL PERÚ S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS DE VIDA” en organización, deberá realizar dentro del plazo de ley, todas las acciones conducentes a obtener la licencia de funcionamiento como empresa de seguros. Artículo Tercero.- Disponer que por Secretaría General se otorgue el correspondiente Certifi cado de Autorización de Organización, el mismo que deberá ser publicado en el Diario Ofi cial El Peruano, conforme a Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 913379-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Establecen descuentos por pronto pago de Arbitrios Municipales 2013 ORDENANZA N° 329-MDR EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC POR CUANTO: Visto, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 09 de marzo de 2013, Dictamen N° 004-2013-CARyDEL/MDR de la Comisión de Administración, Rentas y Desarrollo Económico Local, Memorándum N° 074-2013-GR-MDR de fecha 05 de marzo de la Gerencia de Rentas, Informe N° 34-2013-SGATR-GR-MDR de fecha 04 de marzo de la Subgerencia de Administración Tributaria y Recaudación,