Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 2013 (19/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 19 de marzo de 2013

actitud como falta grave en aplicacion del articulo 53º, concordante con el inciso c) del articulo 52 del Reglamento Interno del Concejo Municipal; esto es de someter al pleno la falta grave para su votacion y sancion correspondiente; Que, a continuacion el Regidor Romer MORDAZA MORDAZA MORDAZA hizo uso de la palabra, senalando textualmente lo siguiente: " En este aspecto de la sesion, yo pediria que el concejo municipal se pronuncie sobre la frase ofensiva que nosotros consideramos, toda vez que no se puede referir a priori sobre la actitud de las personas, sobre un acto regular, formal que lleva a una sesion de concejo, no se puede manchar la aptitud y la honorabilidad de los funcionarios y de la presidencia del concejo municipal, por lo tanto solicito que se vote para que el concejo municipal disponga que si se considera ofensiva las palabras vertidas por el regidor"; Que, no habiendo el regidor MORDAZA MORDAZA Amo retirado la frase ofensiva considerada por el concejo municipal como agravante, en dicha sesion ordinaria se sometio a votacion un acuerdo de concejo, imponiendo la sancion de suspension por 30 dias naturales, la misma que fue aprobada por Mayoria; Que, el articulo 53º del Reglamento Interno del Concejo Distrital de San MORDAZA de Lurigancho aprobada por la Ordenanza Nº 134 de fecha 22/02/2008, establece que si en el desarrollo de la sesion se profiriese frases o gestos ofensivos, inadecuados o incovenientes o existe un deliberada intencion de no acatar el presente Reglamento, el Presidente del Concejo llamara al orden al ofensor y de ser el caso, le pedira el retiro de sus palabras. En caso de negativa, el Presidente del Concejo solicitara al pleno considerar la actitud del Regidor como falta grave y que se imponga la sancion de suspension del ejercicio de cargo prevista en el articulo 52º inciso c) de este Reglamento, para lo cual no se requerira del Dictamen de la Comision, luego del cual se procedera a realizar la votacion correspondiente. Acordada la suspension se ordenara al sancionado que se retire de la Sala, suspendiendose la sesion por un MORDAZA intermedio en caso de que el sancionado se negara a retirarse; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, concordante con la Ordenanza Municipal Nº 134 que aprueba, con el MORDAZA Mayoritario del Pleno del Concejo Municipal, y con la dispensa de la lectura y tramite de aprobacion del Acta; ACUERDA: Articulo Primero.- IMPONER la sancion de suspension en el ejercicio del cargo de Regidor sin goce

de dietas por un periodo de treinta (30) dias naturales al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como consecuencia de la comision de falta grave cometida durante la Estacion de Orden del Dia en la Sesion Ordinaria del Concejo Municipal desarrollada el 14/03/2013 falta tipificada en el articulo 53° del Reglamento Interno de Concejo aprobada por Ordenanza Nº 134 y de conformidad al literal c) del articulo 52° del Reglamento Interno de Concejo y en concordancia con el numeral 4 del articulo 25° de la Ley N° 27972- Ley Organica de Municipalidades. Articulo Segundo.- DISPONER la aplicacion inmediata del presente acuerdo de concejo, conforme con el articulo 53º del Reglamento Interno del Concejo Municipal de San MORDAZA de Lurigancho aprobado por Ordenanza Nº 134. Articulo Tercero.- DISPONER que se notifique el presente Acuerdo de Concejo al Regidor MORDAZA MORDAZA Amao. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano y el cumplimiento del referido acuerdo. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 913655-1

CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia del Convenio de Cooperacion Economica y Tecnica entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Popular China
Entrada en vigencia del Convenio de Cooperacion Economica y Tecnica entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Popular China", suscrito el 24 de MORDAZA de 2011, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru, ratificado mediante Decreto Supremo Nº 121-2011-RE de 4 de noviembre de 2011. Entro en vigencia el 21 de enero de 2013. 913418-1

DIARIO OFICIAL

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