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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2013 (07/11/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 4

El Peruano Jueves 7 de noviembre de 2013 506574 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en el Centro de Poblado de Carampa, distrito de Pazos, en la provincia de Tayacaja, del departamento de Huancavelica DECRETO SUPREMO Nº 119-2013-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 016-2013-PCM publicado el 08 de febrero del 2013, se declaró el Estado de Emergencia en el Centro Poblado de Carampa, del distrito de Pazos, en la provincia de Tayacaja, del departamento de Huancavelica, por el plazo de sesenta (60) días calendario, por peligro inminente generado por procesos de erosión, acarcavamientos en el terreno y deslizamientos de tierra; siendo prorrogado con los Decretos Supremos Nº 033-2013-PCM publicado el 04 de abril de 2013 y Nº 067-2013-PCM publicado el 08 de junio de 2013, con vigencia hasta el 07 de agosto de 2013, para continuar la ejecución de acciones necesarias de respuesta y rehabilitación, en cuanto corresponda, así como de reducción y minimización del muy alto riesgo existente en las zonas afectadas; asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 093-2013-PCM publicado el 23 de agosto de 2013, se declaró el Estado de Emergencia del mencionado Centro Poblado por el plazo de sesenta (60) días calendario, por peligro inminente generado por procesos de erosión, acarcavamientos en el terreno y deslizamiento de tierras; Que, la mencionada Declaratoria de Estado de Emergencia fue aprobada en razón a que desde el año 2009 y como consecuencia de las fuertes precipitaciones pluviales que caen durante los meses de enero y febrero, se produjeron rajaduras y deslizamientos de masas de tierra en diferentes partes de los terrenos de la zona donde se ubica el Centro Poblado de Carampa, en el distrito de Pazos, provincia de Tayacaja, en el departamento de Huancavelica, lo cual forma parte de procesos de erosión en cárcavas existente en la zona; siendo el más notorio el producido durante el año 2012, conocido como el deslizamiento “Carampa” que se ubica entre el río Acocra y la parte posterior de la plaza principal de dicho Centro poblado, en donde se encuentra una alcantarilla de 24” de diámetro que recepciona las aguas provenientes de las laderas de los cerros, habiendo formado una quebrada cuyo punto de descarga es el río Acocra, en el cual el deslizamiento de masas de tierra llega a alcanzar un aproximado de 27,900 m3; todo lo cual ya ha afectado las viviendas de cuatro familias y 2 hás. de terreno de cultivo; asimismo, viene afectando directamente a 36 viviendas e indirectamente a 100 viviendas, así como terrenos de cultivo; Que, el Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica, mediante Ofi cio Nº 349-2013/GOB.REG. HVCA/PR de fecha 17 de octubre de 2013, solicita la Ampliación de Estado de Emergencia del Centro Poblado de Carampa del distrito de Pazos, provincia de Tayacaja, departamento de Huancavelica, a raíz que a la fecha se tiene encaminado diversos trabajos y compromisos por parte de las diversas entidades de los distintos niveles de gobierno, para lo cual adjunta como sustento el Informe Nº 297-2013/ GOB.REG.HVCA/PR-ORDNSCYDC, Informe Nº 007-2013/ GOB.REG.HVCA/ORDNSCyDC/UITSDCyER/cte, e Informe Nº 72-2013/GOB.REG.HVCA-ORDNYSC/HCI-ER; Que, la Dirección de Respuesta del Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, con Informe Técnico Nº 0024- 2013-INDECI/11.0 de fecha 22 de octubre del 2013, teniendo en consideración lo informado y sustentado por el Gobierno Regional de Huancavelica, señala que de la documentación presentada, se evidencia que subsisten las condiciones de peligro inminente ante el proceso de erosión, acarcavamiento en el terreno y deslizamiento de tierras, poniendo en peligro a 168 familias, considerándose que la Litología de la zona se encuentra fuertemente fracturadas y plegadas, aunados a la intensa escorrentía superfi cial en el período lluvioso y la alta pendiente de la ladera donde se asienta el Centro Poblado de Carampa, verifi cado por el Instituto Geofísico del Perú- IGP; pronunciándose, luego del análisis correspondiente, emitiendo opinión favorable para que se apruebe la Declaratoria de Estado de Emergencia en el Centro de Poblado de Carampa, distrito de Pazos, en la provincia de Tayacaja, del departamento de Huancavelica, para que permita continuar y culminar las acciones iniciadas durante la vigencia de la Declaratoria de Estado de Emergencia aprobada con el Decreto Supremo Nº 016-2013-PCM, sus respectivas prórrogas y el Decreto Supremo Nº 093-2013- PCM, habiendo caducado este último el 22 de octubre de 2013; Que, la magnitud de la situación descrita demanda la adopción de medidas inmediatas que permitan al Gobierno Regional del Huancavelica, a los Gobiernos Locales involucrados, en coordinación con el Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, y la participación del Ministerio de Agricultura y Riego – Autoridad Nacional del Agua, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y demás instituciones públicas y privadas involucradas, en cuanto les corresponda, a ejecutar acciones inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitación en cuanto corresponda, así como de reducción y minimización del muy alto riesgo existente en las zonas afectadas; por lo que se cuenta con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros emitido con el Memorándum Nº 290-2013-PCM-SGRD, considerando que corresponde declarar el Estado de Emergencia; De conformidad con el inciso 1 del artículo 137 de la Constitución Política del Perú, con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, así como con el artículo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 048- 2011-PCM, que regula el procedimiento de la Declaratoria de Estado de Emergencia; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, y con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1.- Declaratoria de Estado de Emergencia Declárese en Estado de Emergencia en el Centro de Poblado de Carampa, distrito de Pazos, en la provincia de Tayacaja, del departamento de Huancavelica, por el plazo de sesenta (60) días calendario, por peligro inminente generado por procesos de erosión, acarcavamientos en el terreno y deslizamiento de tierras. Artículo 2.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de Huancavelica, el Gobierno Local involucrado, en coordinación con el Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, y la participación del Ministerio de Agricultura y Riego – Autoridad Nacional del Agua, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y demás instituciones públicas y privadas involucradas, a ejecutar acciones inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitación en cuanto corresponda, así como de reducción y minimización del muy alto riesgo existente en las zonas afectadas; acciones que pueden ser modifi cadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes; así como en caso sea necesario, continuar con la ejecución de las acciones iniciadas al amparo del Decreto Supremo Nº 016-2013-PCM, sus respectivas prórrogas y del Decreto Supremo Nº 093-2013-PCM.