Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2013 (07/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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de Huancavelica, por el plazo de sesenta (60) dias calendario, por peligro inminente generado por procesos de deslizamientos de tierra. Articulo 2º.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de Huancavelica, los Gobiernos Locales involucrados, en coordinacion con el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, y la participacion del Ministerio de Agricultura y Riego ­ Autoridad Nacional del Agua, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y demas instituciones publicas y privadas involucradas, a ejecutar acciones inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion en cuanto corresponda, asi como de reduccion y minimizacion del muy alto riesgo existente en las zonas afectadas; acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecucion, sustentadas en los estudios tecnicos de las entidades competentes; asi como en caso sea necesario, continuar con la ejecucion de las acciones iniciadas al MORDAZA del Decreto Supremo Nº 018-2013-PCM, sus respectivas prorrogas y del Decreto Supremo Nº 094-2013-PCM. Articulo 3º.Responsabilidad de las coordinaciones El Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, sera responsable de realizar las coordinaciones necesarias entre el Gobierno Regional y los Sectores, instituciones y organismos del Gobierno Nacional que deben ejecutar las acciones de respuesta, rehabilitacion, asi como de reduccion y minimizacion del muy alto riesgo existente, con la finalidad de que estas se inicien o se cumplan dentro del plazo de vigencia de la Declaratoria de Estado de Emergencia, debiendo mantener informada a la Secretaria de Gestion del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros del avance de las mismas. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Agricultura y Riego, la Ministra de Salud, el Ministro de Transportes y Comunicaciones y el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los seis dias del mes de noviembre del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 1010726-2 CONSIDERANDO:

El Peruano Jueves 7 de noviembre de 2013

Que, mediante el documento del visto, la Ministra de Transparencia Institucional y Lucha Contra La Corrupcion del Estado Plurinacional de Bolivia, comunica que el dia 08 de noviembre del 2013, se llevara a cabo la I "Reunion Especializada de Ministros y Altas Autoridades de Prevencion y Lucha Contra La Corrupcion", en el MORDAZA de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribenos CELAC, evento que se realizara en la MORDAZA de MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA - Bolivia; Que, el objetivo del evento es realizar el primer foro de intercambio y cooperacion entre altas autoridades, encargadas de la promocion de la transparencia y la lucha contra la corrupcion de los Estados Miembros de la CELAC, a fin de identificar los lineamientos conjuntos en materia de prevencion, participacion ciudadana, penalizacion de la corrupcion, asi como en recuperacion de activos y cooperacion internacional; Que, la lucha contra la corrupcion constituye uno de los principales objetivos y prioridades en el Peru, siendo esa linea, una de las acciones del Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupcion, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 119-2012-PCM, la adecuacion de la legislacion penal nacional a los estandares internacionales en materia de anticorrupcion; Que, en ese sentido, resulta de MORDAZA importancia para los intereses del Estado Peruano, la participacion de la Coordinadora General de la Comision de Alto Nivel Anticorrupcion (CAN) adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, senora MORDAZA MORDAZA Hasembank, en su calidad de experta titular del Peru y, actualmente, Presidente del Comite de Expertos del Mecanismo de Seguimiento de la Implementacion de la Convencion Interamericana contra la Corrupcion (MESICIC), y; De conformidad con la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002PCM; y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar el viaje de la senora MORDAZA MORDAZA Hasembank, Coordinadora General de la Comision de Alto Nivel Anticorrupcion -CAN, del 07 al 09 de noviembre del 2013, al Estado Plurinacional de Bolivia, para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema seran cubiertos por la Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (incluido TUUA) Viaticos x 2 dias x 370 US$ 1 946.00 US$ 740.00

Autorizan viaje a Bolivia de Coordinadora General de la Comision de Alto Nivel Anticorrupcion, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 391-2013-PCM MORDAZA, 6 de noviembre de 2013 VISTO: La CARTA/MTILCC/VMLCC/2013-5628 del Ministerio de Transparencia Institucional y Lucha Contra La Corrupcion del Estado Plurinacional de Bolivia, y;

Articulo 3.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, la referida funcionaria debera presentar ante la Presidencia del Consejo de Ministros un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 4.- El cumplimiento de la presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 1010726-4

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