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El Peruano Jueves 7 de noviembre de 2013 506615 peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior y los gastos correspondientes a pasajes e impuestos de viaje para el personal policial y el extraditable, serán asumidos por el Poder Judicial; Que, el último párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, respecto a los viajes al extranjero de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, establece que el requerimiento de excepción adicionales a las señaladas en los literales del artículo en mención, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 – Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modifi cado con Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; la Ley N° 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; el Decreto Legislativo Nº 1135 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2013-IN y el Decreto Legislativo N° 1148 - Ley de la Policía Nacional del Perú. SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR el viaje al exterior en comisión del servicio, de los Subofi ciales Brigadieres de la Policía Nacional del Perú Rildo Ramiro CHUMBE RICOPA y Segundo Carlos VALDIVIA QUIBAJO, del 10 al 14 de noviembre de 2013, a fi n de que ejecuten la extradición activa del ciudadano peruano Leonardo Alfredo YONG SANDOVAL, formulada por la Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Corte Superior del Santa, para ser procesado por la presunta comisión del Delito Contra la Libertad Sexual - Violación Sexual de menor de edad, de iniciales L. S .S. R., a realizarse en la República Argentina. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe Días Personas T/C Total S/. Viáticos US$ 370.00 5 X 2 = 3,700.00 2.763 10,223.10 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal designado para la comisión del servicio deberá presentar ante el titular del sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4º.- La presente resolución suprema no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente resolución suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior 1010726-6 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadano colombiano y disponen su presentación a la República de Colombia RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 156-2013-JUS Lima, 6 de noviembre de 2013 VISTO; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 091-2013/ COE-TC, del 18 de setiembre de 2013, sobre la solicitud de extradición activa a la República de Colombia del ciudadano colombiano NÉSTOR JOSÉ ÁVALOS BERRIO, formulada por la Sala Penal Nacional; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las Salas Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución Consultiva de fecha 05 de setiembre de 2012, declaró procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano colombiano NÉSTOR JOSÉ ÁVALOS BERRIO, por la presunta comisión del delito contra la Salud Pública - Tráfi co Ilícito de Drogas agravado, en agravio del Estado peruano (Expediente Nº 60-2012); Que, el literal a) del artículo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo N.º 016-2006-JUS, establece que la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente mediante el Informe Nº 091-2013/COE-TC, del 18 de setiembre de 2013, en el sentido de acceder a la solicitud de extradición; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 514º del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Ofi cial; De conformidad con el “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Colombia, modifi catorio del Convenio Bolivariano de Extradición fi rmado el 18 de julio de 1911”, suscrito en la ciudad de Lima el 22 de octubre de 2004 y vigente desde el 16 de junio de 2010; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano colombiano NÉSTOR JOSÉ ÁVALOS BERRIO, formulada por la Sala Penal Nacional y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión del delito contra la Salud Pública - Tráfi co Ilícito de Drogas agravado, en agravio del Estado peruano y disponer su presentación por vía diplomática a la República de Colombia, de conformidad con los