Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2013 (07/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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Acuerdos vigentes y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos EDA A. MORDAZA FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1010725-1

El Peruano Jueves 7 de noviembre de 2013

SALUD
Decreto Supremo que aprueba el Plan Multisectorial para la Prevencion del Embarazo en Adolescentes y constituye la Comision Multisectorial Permanente encargada del seguimiento, monitoreo y evaluacion del Plan Nacional
DECRETO SUPREMO Nº 012-2013-SA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 9º de la Constitucion Politica del Peru senala que, el Estado determina la Politica Nacional de Salud y que corresponde al Poder Ejecutivo normar y supervisar su aplicacion, asi como disenarla y conducirla en forma plural y descentralizadora; Que, los articulos II y IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, disponen que la proteccion de la salud es de interes publico, siendo la salud publica responsabilidad primaria del Estado y la salud individual responsabilidad compartida por el individuo, la sociedad y el Estado; Que, el Plan Nacional de Accion por la Infancia y la Adolescencia 2012-2021 (PNAIA 2021), aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2012-MIMP, establece como una de las Metas Emblematicas para el desarrollo de la infancia y la adolescencia en el Peru, reducir la tasa de maternidad adolescente en 20%, estableciendo como Objetivo Estrategico Nº 3: Consolidar el crecimiento y desarrollo integral de las y los adolescentes de 12 a 17 anos de edad, senalando como Resultado Esperado Nº 9: "Las y los adolescentes postergan su maternidad y paternidad hasta alcanzar la edad adulta"; Que, el embarazo en adolescentes es un problema de salud publica en la Subregion MORDAZA, y que ademas de poner en riesgo la salud, significa un gran obstaculo en la posibilidad de construir un proyecto de MORDAZA por parte de los y las adolescentes; Que, las y los adolescentes que enfrentan un embarazo no planificado afrontan un numero importante de dificultades en la dimension individual, familiar y social como son: el abandono de sus parejas, la imposibilidad de concluir sus estudios escolares (que limita sus planes de MORDAZA y el acceso a oportunidades de desarrollo), el incremento de los riesgos de morbilidad de la adolescente embarazada y del recien nacido, la limitada capacidad de la adolescente MORDAZA para cuidar y criar a su nino/a. Asimismo, el inicio temprano de las relaciones sexuales sin proteccion a su vez coloca a los y las adolescentes en riesgo de adquirir infecciones de transmision sexual incluyendo el VIH/SIDA; Que, en este contexto, el Gobierno Peruano asumio el compromiso de abordar el problema en la Reunion Ordinaria de Ministras y Ministros de Salud del Area

MORDAZA en el mes de marzo de 2007, quienes emitieron la Resolucion REMSAA XXVII/437, en la que se resolvio "reconocer las consecuencias del embarazo no planificado en adolescentes como un problema de salud publica dentro de la Subregion y declarar prioritarios los planes para su prevencion y atencion integral"; Que, los diferentes sectores del Estado bajo la conduccion del Ministerio de Salud, en un trabajo concertado y articulado, en concordancia con el MORDAZA de las competencias y responsabilidades que les corresponden, y con el proposito de crear las condiciones necesarias que contribuyan a cumplir con los objetivos y metas comprometidas en la Cumbre del Milenio con enfasis en el Objetivo 5 - Mejorar la salud materna - y de esta forma, permitir que los y las adolescentes mejoren sus condiciones de MORDAZA y alcancen una mayor equidad en el acceso a la salud y al desarrollo, han elaborado el Plan Multisectorial para la Prevencion del Embarazo en Adolescentes 2013 - 2021; Que, el aludido Plan Multisectorial, tiene como objetivo establecer las acciones que deben desarrollar las diferentes instancias involucradas del sector publico y de la sociedad civil, para prevenir y disminuir el embarazo en adolescentes en el pais; propiciando las condiciones necesarias para cumplir con los objetivos y metas comprometidas en la Cumbre del Milenio con enfasis en el Objetivo 5, permitiendo que los y las adolescentes mejoren sus condiciones de MORDAZA y alcancen una mayor equidad en el acceso a la salud y al desarrollo; Que, en tal virtud, es necesario aprobar el Plan Multisectorial para la Prevencion del Embarazo en Adolescentes 2013 - 2021, con la finalidad de contar con un instrumento que establezca el fortalecimiento de las acciones a ser realizadas por los tres niveles de gobierno para prevenir y disminuir el embarazo en adolescentes en el pais; Que, asimismo, es necesario constituir una Comision Multisectorial de naturaleza permanente que se encargue, entre otros aspectos, del seguimiento, monitoreo y evaluacion de la implementacion del Plan a que se contrae el considerando precedente; Que, el numeral 2 del articulo 6º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece como funcion del Poder Ejecutivo planificar, normar, dirigir, ejecutar y evaluar las politicas nacionales y sectoriales en conformidad con las politicas de Estado; De conformidad con lo dispuesto en la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y el Decreto Supremo Nº 001-2012-MIMP; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion Apruebese el Plan Multisectorial para la Prevencion del Embarazo en Adolescentes 2013 - 2021, cuyo Anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2°.- Del Alcance El Plan Multisectorial para la Prevencion del Embarazo en Adolescentes 2013 ­ 2021, es de alcance nacional y comprende a todas las Entidades de la Administracion Publica de los tres niveles de gobierno (nacional, regional y local). Articulo 3º.- Financiamiento Las acciones que se realicen en el MORDAZA del Plan Multisectorial para la Prevencion del Embarazo en Adolescentes 2013 - 2021, se financiaran con cargo a los presupuestos institucionales de los pliegos involucrados, conforme a las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Publico, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico y en el MORDAZA de las normas legales vigentes. Articulo 4º.- De la Comision Multisectorial Permanente Constituyase la Comision Multisectorial Permanente encargada del seguimiento, monitoreo y evaluacion de la implementacion del Plan Multisectorial para la Prevencion del Embarazo en Adolescentes 2013 - 2021, con la finalidad de contribuir al cumplimiento eficaz de sus objetivos y lineas de accion estrategica, la cual estara adscrita al Ministerio de Salud y estara integrada de la siguiente forma:

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