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El Peruano Jueves 7 de noviembre de 2013 506627 terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Tumbes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1009841-5 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 197-2013/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 31 de octubre de 2013 Visto el Expediente N° 470-2013/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo 1 304 074,96 m², ubicado al Este del Cerro Culebra y la Quebrada Pedregal, en el distrito de Culebras y Huarmey, provincia de Huarmey, departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 -Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales- y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno de 1 304 074,96 m², ubicado al Este del Cerro Culebra y la Quebrada Pedregal, en el distrito de Culebras y Huarmey, provincia de Huarmey, departamento de Ancash; que se encontraría sin inscripción registral; Que, con Certifi cado de Búsqueda Catastral de fecha 06 de setiembre de 2013 sobre la base del Informe Técnico N° 0387-2013-Z.R.N°VII/OC-HZ de fecha 21 de agosto de 2013, la Ofi cina Registral de Casma señala que sobre el terreno en consulta no existe superposición gráfi ca; Que, realizada la inspección técnica con fecha 22 de octubre de 2013, se verifi có que el terreno es de naturaleza eriaza de forma irregular, presenta un suelo de composición rocosa y arcillosa, topografía accidentada con pendientes que oscilan entre el 10% y 35% aproximadamente, encontrándose desocupada; Que, el Artículo 23° de la Ley N° 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 1 304 074,96 m², de conformidad con el Artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Artículo 44° del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0260-2013/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 30 de octubre de 2013; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 1 304 074,96 m², ubicado al Este del Cerro Culebra y la Quebrada Pedregal, en el distrito de Culebras y Huarmey, provincia de Huarmey, departamento de Ancash; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2°.- La Zona Registral N° VII - Sede Huaraz de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Casma. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1009841-6 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN N° 198-2013/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 31 de octubre de 2013 Visto el Expediente N° 439-2013/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo 613 271,66 m², ubicado al Sur Este de la ciudad de Nazca, frente a la carretera a Puquio, en el distrito y provincia de Nazca, departamento de Ica; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 -Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales- y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno de 613 271,66 m², ubicado al Sur Este de la ciudad de Nazca, frente a la carretera a Puquio, en el distrito y provincia de Nazca, departamento de Ica; que se encontraría sin inscripción registral; Que, realizada la inspección técnica con fecha 14 de marzo de 2013, se verifi có que el terreno es de naturaleza eriaza con suelo de textura arenosa, con una topografía variada que va de desniveles moderados a marcados, encontrándose desocupada; Que, con Certifi cado de Búsqueda Catastral de fecha 16 de mayo de 2013 sobre la base del Informe Técnico N° 0052-2013-Z.R.N°XI/OC-NASCA, la Ofi cina de Catastro de la Zona Registral N° XI-Sede Ica, señala que respecto al área en consulta no existe superposición con predio inscrito digitalizado, sobre predios inmatriculados e incorporados en las bases cartográfi cas catastrales con la que cuenta la Ofi cina de Catastro de la Zona Registral N°XI; Que, el Artículo 23° de la Ley N° 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 613 271,66 m², de conformidad con el Artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado;