Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2013 (07/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano Jueves 7 de noviembre de 2013

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SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 1 304 074,96 m², ubicado al Este del Cerro Culebra y la Quebrada Pedregal, en el distrito de Culebras y Huarmey, provincia de Huarmey, departamento de Ancash; segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2°.- La MORDAZA Registral N° VII - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Casma. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA WONG Subdirector de Administracion del Patrimonio Estatal 1009841-6 SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION N° 198-2013/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 31 de octubre de 2013 Visto el Expediente N° 439-2013/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo 613 271,66 m², ubicado al Sur Este de la MORDAZA de Nazca, frente a la carretera a Puquio, en el distrito y provincia de Nazca, departamento de Ica; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 -Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales- y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno de 613 271,66 m², ubicado al Sur Este de la MORDAZA de Nazca, frente a la carretera a Puquio, en el distrito y provincia de Nazca, departamento de Ica; que se encontraria sin inscripcion registral; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 14 de marzo de 2013, se verifico que el terreno es de naturaleza eriaza con suelo de textura arenosa, con una topografia variada que va de desniveles moderados a marcados, encontrandose desocupada; Que, con Certificado de Busqueda Catastral de fecha 16 de MORDAZA de 2013 sobre la base del Informe Tecnico N° 0052-2013-Z.R.N°XI/OC-NASCA, la Oficina de Catastro de la MORDAZA Registral N° XI-Sede Ica, senala que respecto al area en consulta no existe superposicion con predio inscrito digitalizado, sobre predios inmatriculados e incorporados en las bases cartograficas catastrales con la que cuenta la Oficina de Catastro de la MORDAZA Registral N°XI; Que, el Articulo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 613 271,66 m², de conformidad con el Articulo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado;

terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Tumbes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA WONG Subdirector de Administracion del Patrimonio Estatal 1009841-5 SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 197-2013/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 31 de octubre de 2013 Visto el Expediente N° 470-2013/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo 1 304 074,96 m², ubicado al Este del Cerro Culebra y la Quebrada Pedregal, en el distrito de Culebras y Huarmey, provincia de Huarmey, departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 -Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales- y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno de 1 304 074,96 m², ubicado al Este del Cerro Culebra y la Quebrada Pedregal, en el distrito de Culebras y Huarmey, provincia de Huarmey, departamento de Ancash; que se encontraria sin inscripcion registral; Que, con Certificado de Busqueda Catastral de fecha 06 de setiembre de 2013 sobre la base del Informe Tecnico N° 0387-2013-Z.R.N°VII/OC-HZ de fecha 21 de agosto de 2013, la Oficina Registral de Casma senala que sobre el terreno en consulta no existe superposicion grafica; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 22 de octubre de 2013, se verifico que el terreno es de naturaleza eriaza de forma irregular, presenta un suelo de composicion rocosa y arcillosa, topografia accidentada con pendientes que oscilan entre el 10% y 35% aproximadamente, encontrandose desocupada; Que, el Articulo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 1 304 074,96 m², de conformidad con el Articulo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Articulo 44° del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0260-2013/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 30 de octubre de 2013;

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