Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2013 (15/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano Viernes 15 de noviembre de 2013

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de MORDAZA Chancay ­ MORDAZA, a fin de garantizar el adecuado funcionamiento de dicho organo; y Estando a lo opinado por la Oficina de Asesoria Juridica, con los vistos de la Direccion de Conservacion y Planeamiento de Recursos Hidricos y de la Secretaria General y en uso de la atribuciones conferidas por el articulo 11 del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar el Reglamento Interno del Consejo de Recursos Hidricos de MORDAZA Chancay ­ MORDAZA, que consta de un (01) titulo preliminar, seis (06) titulos, veintiseis (26) articulos, dos (02) disposiciones complementarias finales y una (01) disposicion complementaria transitoria, que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Publiquese en el MORDAZA electronico de la Autoridad Nacional del Agua, el reglamento interno aprobado mediante la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Autoridad Nacional del Agua

Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL es una unidad ejecutora del hoy Ministerio de Agricultura y Riego ­ MINAGRI, la misma que tiene por objetivo promover el desarrollo agrario rural, a traves del financiamiento de proyectos de inversion publica en zonas rurales en el ambito agrario en territorios de menor grado de desarrollo economico; Que, en este contexto, se ha visto conveniente contar con un profesional para que asesore al despacho de la Direccion Ejecutiva; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 1120-2008-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DESIGNAR al Senor MORDAZA MORDAZA POGGI MORDAZA como Asesor de la Direccion Ejecutiva del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego, cargo considerado de confianza. Articulo 2º.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano" y en el MORDAZA Electronico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QUINE NAPURI Director Ejecutivo (e) Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural AGRO RURAL

1014442-1

Encargan funciones de Administraciones Locales de Ramis e Inambari
RESOLUCION JEFATURAL Nº 492-2013-ANA
MORDAZA, 14 de noviembre de 2013 VISTO:

las Agua

1014591-1

Aprueban Reglamento Interno del Consejo de Recursos Hidricos de MORDAZA Chancay - MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 489-2013-ANA
MORDAZA, 14 de noviembre de 2013 VISTO: El Oficio Nº 002-2013-CRHC-C-CH-L-PRESIDENTE/ WMA remitido por el Presidente del Consejo de Recursos Hidricos de MORDAZA Chancay ­ Lambayeque; y CONSIDERANDO: Que, segun el articulo 24 de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hidricos, los Consejos de MORDAZA son organos de naturaleza permanente de la Autoridad Nacional del Agua, creados mediante decreto supremo, a iniciativa de los gobiernos regionales, con el objeto de participar en la planificacion, coordinacion y concertacion del aprovechamiento sostenible de los recursos hidricos en sus respectivos ambitos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2011-AG se creo el Consejo de Recursos Hidricos de MORDAZA Chancay ­ Lambayeque; Que, el articulo 41 del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, establece que los Consejos de Recursos Hidricos de MORDAZA cuentan con un Reglamento Interno para su funcionamiento, el que es aprobado por resolucion jefatural; Que, con el documento del visto, el Presidente del Consejo de Recursos Hidricos de MORDAZA Chancay MORDAZA remite para su aprobacion su proyecto de Reglamento Interno; Que, con Informe Tecnico N° 008-2013-ANADCPRH-GRH-OCA/JRP la Direccion de Conservacion y Planeamiento de Recursos Hidricos recomienda la aprobacion del precitado proyecto, senalando que guarda conformidad con la Resolucion Jefatural N° 290-2012ANA, que aprobo los "Lineamientos para la elaboracion del Reglamento Interno de los Consejos de Recursos Hidricos de Cuenca"; Que, en consecuencia, corresponde aprobar el Reglamento Interno del Consejo de Recursos Hidricos

El Informe Nº 716-2013-ANA-OA-URH, de la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administracion; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010-AG, las Administraciones Locales de Agua son unidades organicas que administran las aguas de uso agrario y no agrario en sus respectivos ambitos territoriales; Que, mediante Resolucion Jefatural N° 382-2012-ANA, se encargo las funciones de la Administracion Local de Agua Ramis, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Huanacuni; Que, de acuerdo al Informe del visto, el citado funcionario MORDAZA uso de su descanso fisico del 15 al 30 de noviembre de 2013, siendo necesario cubrir su ausencia a fin que el normal desarrollo de la unidad organica MORDAZA mencionada no se vea afectada; Que, conforme a lo establecido en la Primera Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010-AG, la Jefatura de la entidad esta facultada transitoriamente para encargar mediante Resolucion Jefatural las funciones de las Administraciones Locales de Agua; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos y el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Encargar temporalmente, a partir del 15 hasta el 30 de noviembre de 2013, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, las funciones de la Administracion Local de Agua Ramis, en adicion a las funciones de su Contrato Administrativo de Servicios suscrito con esta Autoridad. Articulo 2º.- Precisase, que al termino del encargo de funciones a que se refiere el articulo precedente, el senor

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