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El Peruano Lunes 18 de noviembre de 2013 507328 privada, defi ne a las Asociaciones Público Privadas - APP como modalidades de participación de la inversión privada en las que se incorpora experiencia, conocimientos, equipos, tecnología, y se distribuyen riesgos y recursos, preferentemente privados, con el objeto de crear, desarrollar, mejorar, operar o mantener infraestructura pública o proveer servicios públicos; en el numeral 2) de su artículo 6º dispone que en el caso de las entidades públicas correspondientes a los niveles de Gobierno Regional y Local, las facultades del Organismo Promotor de la Inversión Privada se ejercen en forma directa a través del órgano del Gobierno Regional o Local designado a tales efectos. El órgano máximo de estos Organismos Promotores de la Inversión Privada es el respectivo Consejo Regional o Concejo Municipal; Que, el artículo 15º de la norma acotada dispone, que los Organismos Promotores de la Inversión Privada deberán mantener el carácter confi dencial y reservado de las iniciativas privadas que se presenten, bajo responsabilidad. Esta obligación, se extiende a las entidades públicas y funcionarios públicos que por su cargo o función tomen conocimiento de la presentación y contenido de una iniciativa privada. El carácter confi dencial y reservado de las iniciativas privadas se mantendrá hasta que estas sean declaradas de interés. (…) de ser el caso, las iniciativas privadas serán declaradas de interés por acuerdo del máximo órgano del Organismo Promotor de la Inversión Privada. La declaración de interés deberá contener como mínimo la siguiente información: a) Un resumen del proyecto contenido en la iniciativa privada; b) Indicadores de calidad del servicio a prestarse, de ser el caso; c) Elementos esenciales del proyecto de contrato, de acuerdo a los criterios que establezca el Organismo Promotor de la Inversión Privada; d) Garantías de fi el cumplimiento de las obligaciones contractuales; e) Requisitos de precalifi cación de la Oferta Pública, Licitación Pública o Concurso de Proyectos Integrales que se convoque; y, f) Factor de competencia de la Oferta Pública, Licitación Pública o Concurso de Proyectos Integrales que se convoque. (…) Las declaraciones de interés serán publicadas por una sola vez en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en otro de circulación nacional, así como en la página web del Organismo Promotor de la Inversión Privada, a fi n de que terceros interesados presenten sus expresiones de interés respecto a la ejecución del mismo proyecto u otro que a criterio del organismo promotor de la inversión privada resulte alternativo. El Organismo Promotor de la Inversión Privada estará facultado a realizar las actividades de promoción que estime convenientes y que a su juicio fomenten la concurrencia de terceros interesados; Que, en ese contexto, el Gobierno Regional Junín ha establecido como política de gestión, promover la participación del sector privado para la ejecución de obras de infraestructura y de servicios públicos de competencia regional en el ámbito de su jurisdicción; por lo que, con Ordenanza Regional Nº 167-2013-GRJ/CR de 09 de octubre de 2013, se declaró de Necesidad e Interés Regional el Desarrollo y Administración del Gran Aeródromo Wanka, ubicado en la jurisdicción del distrito de Orcotuna de la provincia de Concepción y del distrito de Sicaya de la provincia de Huancayo; Que, con Acuerdo Regional Nº 297-2013-GRJ/CR, de 05 de noviembre de 2013, se aprueba encargar a la “Comisión Especial que evaluó la propuesta del Gerente General Regional de declarar de Interés Regional la Construcción del Gran Aeródromo Regional Wanka a través de Ordenanza Regional”, el estudio, evaluación y emisión del dictamen respectivo sobre la propuesta de declaratoria de interés de la iniciativa privada para el fi nanciamiento del proyecto: “Construcción, Administración y Operación del Servicio Aeroportuario en la Región Junín mediante el nuevo Gran Aeródromo Regional Wanka en los distritos de Sicaya – Huancayo y Orcotuna – Concepción del departamento de Junín”; Que, mediante el artículo segundo del Acuerdo Regional Nº 136-2013-GRJ/CR, de 14 de mayo de 2013, se designa a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, como Organismo Promotor de la Inversión Privada (OPIP) del Gobierno Regional Junín, para viabilizar y optimizar las facultades previstas en el Decreto Legislativo Nº 1012 y su reglamento; Que, mediante Informe Técnico Nº 010-2013-GRJ/ OPIP, el Presidente del Organismo Promotor de la Inversión Privada (OPIP) del Gobierno Regional Junín CPC. Aldrin Zarate Bernuy, señala que la iniciativa privada del proyecto “Construcción, Administración y Operación del Servicio Aeroportuario en la Región Junín mediante un nuevo Gran Aeródromo Regional Wanka en los distritos de Sicaya – Huancayo y Orcotuna – Concepción del departamento de Junín”, fue presentado por el Consorcio Aeródromo Regional Wanka, y fue admitido por cumplir con los requisitos mínimos exigidos por la normatividad vigente y en merito a los informes emitidos por la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica (Competencia del Gobierno Regional Junín respecto a la iniciativa privada del proyecto y requisitos mínimos exigidos para su admisibilidad); Gerencia Regional de Infraestructura (Ingeniería preliminar del proyecto y otros aspectos técnicos), Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente (Evaluación preliminar de impacto ambiental del proyecto) y la Dirección Regional de transportes y Comunicaciones (Competencia del Gobierno Regional Junín respecto a la iniciativa privada propuesta); el objetivo fundamental es hacer realidad el fi nanciamiento y ejecución de la construcción del proyecto, considerado de gran envergadura en el ámbito regional, permitiendo atender la demanda actual y futura de pasajeros y carga hacia el exterior y desde el departamento de Junín; y, con Informe Legal Nº 747-2013-GRJ/ORAJ, la Directora de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica emite opinión legal facultativa, recomendando que, es procedente que el Consejo Regional apruebe la declaración de interés de la iniciativa privada, el proyecto “Construcción, Administración y Operación del Servicio Aeroportuario en la Región Junín mediante un nuevo Gran Aeródromo Regional Wanka en los distritos de Sicaya – Huancayo y Orcotuna – Concepción del departamento de Junín”; Que, contando con el Dictamen Nº 002-2013-GRJ-CR/ CECGARW favorable, de la “Comisión Especial que evalúe la propuesta del Gerente General Regional de declarar de Interés Regional la Construcción del Gran Aeródromo Regional Wanka a través de Ordenanza Regional”, y de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 37º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modifi catorias y su Reglamento Interno; El Consejo Regional con el voto MAYORITARIO de sus miembros: ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR de Interés la Iniciativa Privada del proyecto “Construcción, Administración y Operación del servicio aeroportuario en la región Junín mediante un nuevo Gran Aeródromo Regional Wanka en los distritos de Sicaya – Huancayo y Orcotuna – Concepción del departamento de Junín” para su fi nanciamiento y construcción. Artículo Segundo.- ENCARGAR al Organismo Promotor de la Inversión Privada de la Región Junín, la publicación de la presente Norma Regional en la página web del Organismo Promotor de la Inversión Privada, a fi n de que terceros interesados presenten sus expresiones de interés respecto a la ejecución del proyecto u otro que a criterio del organismo promotor de la inversión privada resulte alternativo. Artículo Tercero.- AUTORIZAR a la Secretaría Ejecutiva del Consejo Regional la publicación de la presente Norma Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en otro de circulación nacional. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EDDY R. MISARI CONDE Consejero Delegado Consejo Regional 1015328-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE Aprueban proyecto de regularización de habilitación urbana de terreno ubicado en el distrito RESOLUCIÓN DE SUB GERENCIA Nº 1189-2013-MDA/GDU-SGHUE Ate, 18 de octubre de 2013