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El Peruano Miércoles 27 de noviembre de 2013 507779 no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente decreto supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de noviembre del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas MÓNICA RUBIO GARCÍA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1019781-1 Autorizan Transferencia de Partidas a favor de Gobiernos Regionales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 DECRETO SUPREMO Nº 291-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se aprobó, entre otros, el Presupuesto de los Gobiernos Regionales; Que, mediante el Ofi cio Nº 150-2012/GOB.REG. HVCA/GRPPYAT, el Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica ha solicitado recursos adicionales para garantizar la atención del pago de planillas del personal CAS, gastos operativos de mantenimiento en bienes y servicios y equipamiento quirúrgico al cierre del ejercicio presupuestal 2013, en los Hospitales de Acobamba, Angaraes, Castrovirreyna, Churcampa, Tayacaja y Huaytara; requerimiento que igualmente ha sido solicitado por el Ministerio de Salud mediante el Ofi cio Nº 0528- 2013-OGPP-OP/MINSA; Que, el Gobierno Regional del Departamento de Madre de Dios a través del Ofi cio Nº 467-2013- GOREMAD/GRPPYAT ha solicitado recursos adicionales destinados al Hospital San Martín de Porres de Iberia, declarado como Establecimiento de Salud Estratégico con categoría II-E, para bienes y servicios por la dotación de personal médico y otros profesionales de la salud según especialidades, servicios básicos, mantenimiento y reparación; así como equipamiento quirúrgico, a fi n de atender las necesidades que el establecimiento presenta para la prestación de servicios de salud en el ámbito de su jurisdicción; Que, mediante el Ofi cio Nº 0793-2013-GR.PASCO- GGR/GRPPAT, el Gobierno Regional del Departamento de Pasco ha solicitado recursos para garantizar el pago de planillas del personal CAS así como para atender la implementación y mantenimiento preventivo y correctivo del equipamiento para mejorar la operatividad de las áreas de lavandería, caldero y cocina en el Hospital Daniel Alcides Carrión; Que, con los Ofi cios Nºs 366 y 336-2013/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-PRES el Gobierno Regional del Departamento de Tumbes ha planteado una demanda adicional de recursos priorizada destinada a garantizar la atención del pago de planillas de los médicos y especialistas de salud, durante el presente ejercicio fi scal así como la continuidad en la cartera de servicios hospitalarios y especialidades de acuerdo a su complejidad que brindan el nuevo Hospital Regional JOSE ALFREDO MENDOZA OLAVARRIA JAMO II-2 Tumbes, y el Hospital de Apoyo JAMO II-1 hoy recategorizado por el Ministerio de Salud con el Nivel II-E; Que, el Gobierno Regional del Departamento de Lima mediante el Ofi cio Nº 480-2013-GRL/GRPPAT ha solicitado recursos adicionales para las Unidades Ejecutoras de Barranca, Cajatambo y Servicios Básicos de Salud, Hospital Huaral y Servicios Básicos de Salud y Red de Salud Huarochirí, para la implementación del servicio hospitalario de los nuevos establecimientos de salud; Que, mediante el Ofi cio Nº 3930-2013-GRL-GGR el Gobierno Regional del Departamento de Loreto, frente a la temporada de lluvias que se presentan en dicha región y que favorece la ocurrencia de enfermedades transmitidas por vectores como el dengue y la malaria, solicita recursos adicionales para reforzar la implementación de las actividades de prevención y control en las localidades de riesgo a fi n de proteger oportunamente a la población vulnerable y susceptible; Que, asimismo, con los Ofi cios Nºs. 1367 y 1513-2013- GOREMAD/PR el Gobierno Regional del Departamento de Madre de Dios ha solicitado recursos adicionales para desarrollar acciones de promoción y prevención para mitigar efectos ante la amenaza de un incremento de enfermedades como el dengue y la malaria, dadas las características geográfi cas y ambientales que condicionan la presencia permanente de un mayor riesgo para brotes de dichas enfermedades en la región; Que, el Gobierno Regional del Departamento de Ucayali a través del Ofi cio Nº 606-2013-GRU-P-GGR- GRPPyAT solicita recursos adicionales para la ejecución de actividades prioritarias de prevención para disminuir la aparición de nuevos casos de dengue y evitar su rápida extensión en localidades y centros poblados de dicha región; Que los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los Pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, los recursos materia de la transferencia de partidas no han sido previstos en los presupuestos institucionales de los pliegos Gobiernos Regionales de Huancavelica, Madre de Dios, Pasco, Tumbes, Lima, Loreto y Ucayali, por lo que resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas hasta por la suma de DIECISEIS MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 16 786 551,00), con cargo a los recursos previstos en la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo establecido por el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, hasta por la suma de DIECISEIS MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 16 786 551,00), para atender los gastos que demanden las acciones descritas en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: (En Nuevos Soles) SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General