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El Peruano Miércoles 2 de octubre de 2013 504059 N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modifi catoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Vicealmirante Mauro Daniel Pelayo CACHO de Armero, CIP. 00748705, DNI. 43344641 y del Capitán de Fragata José Luis ARCE Corzo, CIP. 00912177, DNI. 43384677, para que asistan al Sea Power Conference 2013, a realizarse en la ciudad de Sídney, Mancomunidad de Australia, del 7 al 9 de octubre de 2013; así como, autorizar su salida del país el 5 y su retorno el 11 de octubre de 2013. Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Sídney (Mancomunidad de Australia) - Lima US$. 7,012.00 x 2 personas US$. 14,024.00 Viáticos: US$. 385.00 x 5 días x 2 personas US$. 3,850.00 ---------------------- TOTAL A PAGAR: US$. 17,874.00 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4º.- El Ofi cial Almirante designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal Naval comisionado, deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha de 5 de junio de 2002 y su modifi catoria. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 995724-6 Autorizan ampliación de permanencia en el exterior del B.A.P. “VILLAVISENCIO” (FM-52) y del personal naval de la dotación de dicha Unidad Naval, aprobado mediante R.S. Nº 424-2013-DE/MGP RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 539-2013-DE/ Lima, 1 de octubre de 2013 Vista, la Carta G.500-3619 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 16 de setiembre de 2013; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 423-2013-DE/ MGP, de fecha 21 de agosto de 2013, se autorizó el viaje al exterior en Comisión de Servicio al B.A.P. “PISAGUA” (SS- 33); así como, al Personal Naval de la dotación de dicha Unidad, para que participen en el Ejercicio Multinacional “UNITAS LIV”, a realizarse frente a las costas de los puertos de Cartagena de Indias y Coveñas, República de Colombia, del 22 de agosto al 29 de setiembre de 2013; Que, por Resolución Suprema Nº 424-2013-DE/MGP, de fecha 21 agosto de 2013, se autorizó el viaje al exterior en Comisión de Servicio al B.A.P. “VILLAVISENCIO” (FM- 52); así como, al Personal Naval de la dotación de dicha Unidad, para que participen en el Ejercicio Multinacional “UNITAS LIV”, a realizarse frente a las costas de los puertos de Cartagena de Indias y Coveñas, República de Colombia, del 28 de agosto al 21 de setiembre de 2013; Que, en el Acta de la VIII Reunión de Estados Mayores entre la Marina de Guerra del Perú y la Armada del Ecuador, Acuerdo A-2-VIII-12 “Operaciones Navales”, realizada el 11 de junio de 2012 en la ciudad de Lima, República del Perú, acordaron ejecutar ejercicios operativos / tácticos de oportunidad (PASSEX) combinados, con la fi nalidad de incrementar el grado de interoperabilidad entre Unidades Navales de ambas Instituciones Armadas, durante su tránsito de ida y/o retorno de ejercicios multinacionales (PANAMAX, UNITAS, RIMPAC, etc), incluyendo visitas operacionales a puerto; Que, el B.A.P. “PISAGUA” (SS-33) y el B.A.P. “VILLAVISENCIO” (FM-52), se encuentran participando en el Ejercicio Multinacional “UNITAS LIV”, en Colombia, los mismos que en su trayecto de retorno al Perú transitarán por aguas frente al Ecuador, por lo que se presenta la oportunidad de realizar un ejercicio tipo PASSEX; en tal sentido, es conveniente que las mencionadas Unidades Navales participen en la ejecución del ejercicio táctico de oportunidad (PASSEX) con la Armada del Ecuador e ingresen al Puerto de Guayaquil - República del Ecuador, del 26 al 29 de setiembre de 2013; Que, en atención a lo expuesto en el párrafo precedente, debe considerarse el pago de TRES (3) días por concepto de Asignación por Estadía en Puerto Extranjero al personal comisionado; Que, la actividad antes señalada no se encuentra considerada en el Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2013, aprobado por Resolución Suprema Nº 091-2013-DE, de fecha 15 de marzo de 2013 y su modifi catoria aprobada con Resolución Suprema Nº 405-2013-DE, de fecha 12 de agosto de 2013; sin embargo, en atención al interés de la Marina de Guerra del Perú y la importancia de la actividad por desarrollar, resulta pertinente expedir la autorización de viaje correspondiente; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar la ampliación de permanencia en Comisión de Servicio en el Exterior del B.A.P. “VILLAVISENCIO” (FM- 52); así como, al Personal Naval de la dotación de dicha Unidad Naval, del 22 al 29 de setiembre de 2013, con la fi nalidad de incrementar el entrenamiento del personal y aumentar la presencia de la Marina de Guerra del Perú en puerto extranjero; Que, los gastos que ocasione la presente ampliación de permanencia, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2013 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justifi cativo para su adopción; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y