Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2013 (02/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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servicios publicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) anos, en el area que comprende todo el territorio de la Republica del Peru, estableciendose como primer servicio a prestar, el Servicio Publico de Distribucion de Radiodifusion por Cable, en la modalidad de cable alambrico u optico. Articulo 2°.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) clausulas y forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 3°.- Autorizar al Director General de Concesiones en Comunicaciones para que, en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesion que se aprueba en el articulo 2° de la presente resolucion, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Articulo 4°.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles, computados a partir de la publicacion de la presente Resolucion. Para la suscripcion debera cumplir previamente con el pago por derecho de concesion. Articulo 5°.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 994999-1

El Peruano Miercoles 2 de octubre de 2013

Adecuan concesion otorgada mediante R.M. N° 733-2006-MTC/03 y transferida a Moche Inversiones S.A. por R.VM. N° 195-2007-MTC/03 al regimen de concesion unica para prestar servicios de telecomunicaciones en todo el territorio nacional
RESOLUCION MINISTERIAL N° 611-2013-MTC/03 MORDAZA, 27 de setiembre de 2013 VISTO, el Escrito de Registro P/D N° 042479, presentado por la empresa MOCHE INVERSIONES S.A., sobre adecuacion de la concesion otorgada mediante Resolucion Ministerial N° 733-2006-MTC/03, al regimen de concesion unica, para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 733-2006MTC/03 de fecha 20 de setiembre de 2006, se otorgo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA concesion para la prestacion del servicio publico telefonico fijo local, en la modalidad de abonados, por el plazo de veinte (20) anos, en el area que comprende la provincia de MORDAZA, del departamento de MORDAZA, la provincia de Moyobamba, del departamento de San MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao; suscribiendose el respectivo Contrato de Concesion el 30 de noviembre de 2006; Que, por Resolucion Viceministerial N° 195-2007MTC/03 de fecha 31 de MORDAZA de 2007, se aprobo, entre otros, la transferencia de la concesion otorgada al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por Resolucion Ministerial N° 733-2006-MTC/03, para la prestacion del servicio publico telefonico fijo local, en la modalidad de abonados, a favor de la empresa MOCHE INVERSIONES S.A.C.; suscribiendose la respectiva Adenda el 24 de agosto de 2007; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 273-2008MTC/03 de fecha 19 de marzo de 2008, se prorrogo por ocho

(08) meses, con eficacia anticipada desde el 30 de noviembre de 2007 hasta el 30 de MORDAZA de 2008, el plazo para el inicio de la prestacion del servicio publico telefonico fijo local, en la modalidad de abonados, otorgado en concesion mediante Resolucion Ministerial N° 733-2006-MTC/03, y transferida a MOCHE INVERSIONES S.A.C. mediante Resolucion Viceministerial N° 195-2007-MTC/03; suscribiendose la respectiva Adenda el 30 de MORDAZA de 2008; Que, por Resolucion Directoral N° 345-2008-MTC/27 de fecha 31 de MORDAZA de 2008, la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones autorizo a la empresa MOCHE INVERSIONES S.A.C. la modificacion del plan de cobertura contenido en el Anexo 2 del contrato de concesion, aprobado mediante la Resolucion Ministerial N° 733-2006MTC/03, para la prestacion del servicio publico de telefonia fija local, en la modalidad de abonados; suscribiendose la respectiva Adenda el 22 de agosto de 2008; Que, mediante Informe N° 4193-2008-MTC/29 de fecha 29 de agosto de 2008, la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones da cuenta del resultado de la inspeccion tecnica efectuada el 15 de agosto de 2008, mediante Acta de Inspeccion Tecnica N° 000050-2008, concluyendo que la empresa MOCHE INVERSIONES S.A.C. inicio la prestacion del servicio de telefonia fija local, en la modalidad de abonados, el 24 de MORDAZA de 2008, en el area que comprende la provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao; Que, por Resolucion Directoral N° 256-2012-MTC/27 de fecha 08 de junio de 2012, la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones asigno a la empresa MOCHE INVERSIONES S.A.C. un (01) Codigo de Punto de Senalizacion nacional para la prestacion del servicio publico de telefonia fija local; Que, con Escritura Publica de fecha 27 de diciembre de 2012, la empresa MOCHE INVERSIONES S.A.C., adapto la sociedad al regimen de la Sociedad Anonima, siendo en la actualidad MOCHE INVERSIONES S.A.; Que, mediante Informe N° 244-2013-MTC/29.02 de fecha 06 de febrero de 2013, la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, da cuenta del resultado de la inspeccion tecnica efectuada el 05 de diciembre de 2012, segun Acta de Inspeccion Tecnica N° 232-2012, concluyendo que la empresa MOCHE INVERSIONES S.A., inicio operaciones en el distrito y provincia de Moyobamba, departamento de San MORDAZA, el 21 de MORDAZA de 2008; Que, el 18 de MORDAZA de 2006 se publico en el Diario Oficial "El Peruano" la Ley N° 28737, Ley que establece la concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones, la cual modifica diversos articulos del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC; Que, la Tercera Disposicion Transitoria de la Ley N° 28737, senala que los contratos de concesion para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones suscritos MORDAZA de la vigencia de la citada Ley mantienen su plena vigencia en tanto no opten sus titulares por adecuar sus respectivas concesiones para la obtencion de la concesion unica; y que el Reglamento General establecera los procedimientos, plazos y excepciones, de ser el caso, para la adecuacion; Que, la Decimoseptima Disposicion Complementaria Final del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones senala que los concesionarios podran optar por la adecuacion al regimen de la concesion unica, para lo cual deberan cumplir con presentar una solicitud dirigida al Ministerio, de acuerdo al formato establecido; y, una vez aprobada la solicitud, se suscribira el contrato MORDAZA al cual se le agregaran los contratos vigentes como anexos manteniendose sus obligaciones, derechos y plazos; Que, el articulo 47° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, dispone que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgara concesion unica para la prestacion de todos los servicios publicos de telecomunicaciones, independientemente de la denominacion de estos contenida en la Ley o en su Reglamento, con excepcion de la concesion para Operador Independiente; la concesion se perfecciona mediante contrato escrito aprobado por resolucion del Titular del Sector. Asimismo, establece que los titulares de una concesion unica, previamente deberan informar al Ministerio los servicios publicos a brindar, sujetandose a los derechos y obligaciones correspondientes a cada uno de los servicios conforme a la clasificacion general prevista en la Ley de Telecomunicaciones, a lo dispuesto en su Reglamento

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