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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2013 (02/10/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 20

El Peruano Miércoles 2 de octubre de 2013 504066 Artículo 3.- El concesionario está obligado a realizar los estudios respetando las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y demás normas legales pertinentes. De conformidad con el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, si vencido el plazo mencionado en el artículo 1 de la presente Resolución, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraídas en su solicitud, respecto de la ejecución de los estudios y cumplimiento del Cronograma de Ejecución de Estudios, la Dirección General de Electricidad ejecutará la garantía otorgada. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 994231-1 INTERIOR Designan Secretario Técnico del Tribunal de Disciplina Policial del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1325-2013-IN Lima, 1 de octubre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1150 se aprueba el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú; Que, el artículo 43 de la citada norma señala que cada Sala del Tribunal de Disciplina Policial contará con una Secretaría Técnica a cargo de un Secretario Técnico designado por Resolución Ministerial a propuesta de la Sala correspondiente; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0802-2013-IN de fecha 31 de mayo de 2013 se designó como Secretaria Técnica del Tribunal de Disciplina Policial del Ministerio del Interior a la señora abogada Norma Giannina Pajuelo Humancayo; Que, la citada funcionaria ha presentado su renuncia al cargo para el cual fue designada, por lo que los miembros del Tribunal de Disciplina Policial del Ministerio del Interior han decidido aceptar la misma, proponiendo la designación del señor abogado Erik Yvan Dulanto Santa Cruz como Secretario Técnico; Estando a la propuesta efectuada por los miembros del citado Tribunal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo N° 1150 que aprueba el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia presentada por la señora abogada Norma Giannina Pajuelo Humancayo, dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar como Secretario Técnico del Tribunal de Disciplina Policial del Ministerio del Interior al señor abogado Erik Yvan Dulanto Santa Cruz. Regístrese, comuníquese y publíquese. WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior 995594-1 PRODUCE Designan responsable de remitir las ofertas de empleo de la Unidad Ejecutora 003: “Fomento al Consumo Humano Directo - A Comer Pescado” al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 021-2013-PRODUCE/UE 003: FCHD-ACP Lima, 18 de septiembre de 2013 VISTO: El Informe Nº 001-2013-PRODUCE/UE003: FCHD – ACP/UAF-RRHH y el Memorando Nº 027- 2013- PRODUCE/UE003: FCHD-ACP/UAF CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo N° 065-2011-PCM, se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057, estableciéndose que el contrato administrativo de servicios es una modalidad contractual administrativa y privativa del Estado, que vincula a una entidad pública con una persona natural que presta servicios de manera no autónoma, se rige por normas de derecho público y confi ere a las partes únicamente los benefi cios y obligaciones que establece el Decreto Legislativo N° 1057 y su Reglamento; Que, el artículo 2° de las Disposiciones Reglamentarias de la Ley N° 27736, referente a la Transmisión Radial y Televisiva de Ofertas Laborales del Sector Público y Privado, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2004- TR, establece que todo organismo público y empresa del Estado está obligado a remitir al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, las ofertas de Empleo de la entidad; Que, asimismo, en el referido artículo se establece que las entidades del Estado designarán al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad al Programa “Red Cil Proempleo” del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo mediante resolución del Titular de la Entidad, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”; Que, el artículo 15° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057, señala que el órgano encargado de los contratos administrativos de servicios es la Ofi cina de Recursos Humanos de cada entidad o la que haga sus veces; Que, la Única Disposición Complementaria y Final del precitado Reglamento, establece que SERVIR, dentro de los 30 días de publicado el citado Decreto Supremo, aprobará el modelo de convocatoria y de Contrato Administrativo de Servicios, los que serán publicados en el portal institucional de SERVIR y en el Portal del Estado Peruano; Que, en tal sentido, el artículo 2° de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 107-2011-SERVIR/PE, publicada el 14 de setiembre de 2011, aprueba el referido modelo de convocatoria para la Contratación Administrativa de Servicios, en cuyo rubro V referido al Cronograma y Etapas del Proceso, dispone la publicación del proceso de convocatorias en el Servicio Nacional del Empleo, con diez (10) días anteriores a la convocatoria; Que, con Resolución Ministerial 141-2013-PRODUCE, se formalizó la creación de la Unidad Ejecutora 003: “Fomento al Consumo Humano Directo - A Comer Pescado”