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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE OCTUBRE DEL AÑO 2013 (13/10/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 8

El Peruano Domingo 13 de octubre de 2013 504762 Que, de conformidad con el itinerario de los vuelos internacionales y con el fi n de facilitar el viaje del personal comisionado, es necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después del evento; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002 PCM, de fecha 05 de junio de 2002 y su modifi catoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM del 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; y el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Coronel EP Juan Carlos VERÁSTEGUI PORTILLA, identifi cado con DNI Nº 43317852, del Teniente Coronel EP Juan Luis ZAVALA OLIVOS, identifi cado con DNI Nº 20734398, del Técnico 3 EP Elmer CORONADO DIAZ, identifi cado con DNI Nº 08156700 y de la Técnico 2 AP Fátima María PACHECO MOLINA, identifi cada con DNI N° 10268153, miembros de la Dirección Ejecutiva de la Delegación Peruana ante el Consejo de Defensa Suramericano, para que participen en la ceremonia de transferencia de la documentación física y plataforma virtual de la Presidencia Pro Témpore del Consejo de Defensa Suramericano, que se realizará en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 13 al 15 de octubre de 2013; así como autorizar su salida del país el 12 de octubre y su retorno el 16 de octubre de 2013. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa – Unidad Ejecutora 001: Administración General, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Lima-Bogotá (República de Colombia) – Lima : US$ 1,231.00 x 4 personas (Incluye el TUUA) US$ 4,924.00 Viáticos : US$ 370.00 x 4 personas x 4 días US$ 5,920.00 TOTAL : US$ 10,844.00 Artículo 3º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dicho personal deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002, relacionado con la sustentación de viáticos. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa Y Encargado del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros 999733-7 Autorizan viaje de Personal Militar FAP a Brasil, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 559-2013-DE/FAP Lima, 12 de octubre de 2013 Visto el Ofi cio NC-35-DIVAN-Nº 1424 de fecha 02 de setiembre de 2013 del Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú y el Ofi cio Nº 473 /2013 - DIGER/ CENSIPAM/SG/MD de fecha 20 de agosto de 2013 del Director General del Centro Gestor y Operacional del Sistema de Protección de la Amazonía (CENSIPAM). CONSIDERANDO: Que, los gobiernos de la República Federativa del Brasil y de la República del Perú, el 25 de agosto de 2003 fi rmaron el Memorándum de Entendimiento sobre cooperación en materia de Vigilancia y Protección de la Amazonía, dando inicio a un proceso de integración y cooperación bilateral constituyendo una Alianza Estratégica sustentada en tres ejes de acción: el primero de ellos referido a la interconexión física de América del Sur, el segundo a la Integración Económica y el tercero a compartir con la República del Perú los datos e información generadas por el Sistema de Vigilancia y Protección de la Amazonía SIVAM – SIPAM de la República Federativa del Brasil; Que, la Fuerza Aérea del Perú, se encuentra realizando las acciones necesarias para viabilizar el Proyecto de Inversión Pública “AMPLIACION DE LA CAPACIDAD OPERATIVA DE LA FAP PARA LA VIGILANCIA DE LA AMAZONIA PERUANA DESDE EL AMBITO AEROESPACIAL”, a fi n de dar cumplimiento al artículo 4º del Memorándum de Entendimiento citado en el primer considerando, que permitirá implementar el Sistema de Vigilancia Amazónico y Nacional SIVAN-PERU; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la ciudad de Manaos – República Federativa del Brasil, del Personal Militar FAP que se indica en la parte resolutiva, para que participe en la “Integración Operacional del SIVAM–BRASIL al SIVAN-PERU”, del 14 al 20 de octubre de 2013, por cuanto los conocimientos y experiencias a tratarse redundarán en benefi cio de la Fuerza Aérea del Perú; Que, el citado viaje se encuentra considerado en el ítem 338 del rubro 5.- Medidas de Confi anza Mutua, del anexo 1 (RO) del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2013, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 091-2013-DE/ del 15 de marzo de 2013, modifi cado con Resolución Suprema Nº 405-2013-DE/ del 12 de agosto de 2013; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2013, de la Unidad Ejecutora Nº 005 – Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 29951 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y modifi cado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la ciudad de Manaos – República Federativa