Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2013 (13/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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Que, de conformidad con el itinerario de los vuelos internacionales y con el fin de facilitar el viaje del personal comisionado, es necesario autorizar su salida del MORDAZA con un (1) dia de anticipacion, asi como su retorno un (1) dia despues del evento; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002 PCM, de fecha 05 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM del 18 de MORDAZA de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; y el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio del MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI Nº 43317852, del MORDAZA MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI Nº 20734398, del Tecnico 3 EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI Nº 08156700 y de la Tecnico 2 AP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificada con DNI N° 10268153, miembros de la Direccion Ejecutiva de la Delegacion Peruana ante el Consejo de Defensa Suramericano, para que participen en la ceremonia de transferencia de la documentacion fisica y plataforma virtual de la Presidencia Pro Tempore del Consejo de Defensa Suramericano, que se realizara en la MORDAZA de Bogota, Republica de Colombia, del 13 al 15 de octubre de 2013; asi como autorizar su salida del MORDAZA el 12 de octubre y su retorno el 16 de octubre de 2013. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa ­ Unidad Ejecutora 001: Administracion General, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Lima-Bogota (Republica de Colombia) ­ MORDAZA : US$ 1,231.00 x 4 personas (Incluye el TUUA) US$ 4,924.00 Viaticos : US$ 370.00 x 4 personas x 4 dias TOTAL : US$ 5,920.00

El Peruano MORDAZA 13 de octubre de 2013

Autorizan viaje de Personal Militar FAP a Brasil, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA N° 559-2013-DE/FAP MORDAZA, 12 de octubre de 2013 Visto el Oficio NC-35-DIVAN-Nº 1424 de fecha 02 de setiembre de 2013 del Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aerea del Peru y el Oficio Nº 473 /2013 - DIGER/ CENSIPAM/SG/MD de fecha 20 de agosto de 2013 del Director General del Centro Gestor y Operacional del Sistema de Proteccion de la Amazonia (CENSIPAM). CONSIDERANDO: Que, los gobiernos de la Republica Federativa del Brasil y de la Republica del Peru, el 25 de agosto de 2003 firmaron el Memorandum de Entendimiento sobre cooperacion en materia de Vigilancia y Proteccion de la Amazonia, dando inicio a un MORDAZA de integracion y cooperacion bilateral constituyendo una Alianza Estrategica sustentada en tres ejes de accion: el primero de ellos referido a la interconexion fisica de MORDAZA del Sur, el MORDAZA a la Integracion Economica y el tercero a compartir con la Republica del Peru los datos e informacion generadas por el Sistema de Vigilancia y Proteccion de la Amazonia SIVAM ­ SIPAM de la Republica Federativa del Brasil; Que, la Fuerza Aerea del Peru, se encuentra realizando las acciones necesarias para viabilizar el Proyecto de Inversion Publica "AMPLIACION DE LA CAPACIDAD OPERATIVA DE LA FAP PARA LA VIGILANCIA DE LA AMAZONIA PERUANA DESDE EL AMBITO AEROESPACIAL", a fin de dar cumplimiento al articulo 4º del Memorandum de Entendimiento citado en el primer considerando, que permitira implementar el Sistema de Vigilancia Amazonico y Nacional SIVAN-PERU; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio a la MORDAZA de Manaos ­ Republica Federativa del Brasil, del Personal Militar FAP que se indica en la parte resolutiva, para que participe en la "Integracion Operacional del SIVAM­BRASIL al SIVAN-PERU", del 14 al 20 de octubre de 2013, por cuanto los conocimientos y experiencias a tratarse redundaran en beneficio de la Fuerza Aerea del Peru; Que, el citado viaje se encuentra considerado en el item 338 del rubro 5.- Medidas de Confianza Mutua, del anexo 1 (RO) del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Ano Fiscal 2013, aprobado mediante Resolucion Suprema Nº 091-2013-DE/ del 15 de marzo de 2013, modificado con Resolucion Suprema Nº 405-2013-DE/ del 12 de agosto de 2013; Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo al presupuesto institucional Ano Fiscal 2013, de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Fuerza Aerea del Peru, de conformidad con el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 29951 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y modificado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de MORDAZA de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Fuerza Aerea del Peru y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio a la MORDAZA de Manaos ­ Republica Federativa

US$ 10,844.00

Articulo 3º.- El personal comisionado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Asimismo, dicho personal debera cumplir con lo dispuesto en el articulo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002, relacionado con la sustentacion de viaticos. Articulo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1°, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema, no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa Y Encargado del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros 999733-7

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