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El Peruano Martes 15 de octubre de 2013 504812 FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios Gastos Corrientes 2.3 Bienes y Servicios 4 947 729,00 ------------------ TOTAL EGRESOS 4 947 729,00 ========== Artículo 2º.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en el presente Crédito Suplementario, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1º de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursos Los recursos del Crédito Suplementario a que hace referencia el artículo 1º del presente Dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son incorporados. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Defensa. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de octubre del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1000260-1 Designan Directora de Sistema Administrativo II - Directora de la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración y Recursos Humanos del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 298-2013-EF/10 Lima, 14 de octubre de 2013 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante la plaza correspondiente al cargo de Director de Sistema Administrativo II – Director de la Ofi cina de Recursos Humanos, Categoría F-3, de la Ofi cina General de Administración y Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, siendo necesario designar al funcionario que desempeñará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y el artículo 77° del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora MARÍA SHARYLL KLATIC SALEM, en el cargo clasifi cado como Servidor Público - Directivo Superior, Director de Sistema Administrativo II – Director de la Ofi cina de Recursos Humanos, Categoría F-3, de la Ofi cina General de Administración y Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 1000258-1 ENERGIA Y MINAS Aprueban la segunda modificación al Contrato de Concesión Nº 359-2010, relativo a la concesión definitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables de la Central Hidroeléctrica Viroc RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 435-2013-MEM/DM Lima, 10 de octubre de 2013 VISTO: El Expediente Nº 18222810 sobre solicitud de modifi cación de concesión defi nitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables presentada por Amazonas Generación S.A., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 12228839 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 016-96-EM/ VME, publicada el 18 de enero de 1996, se otorgó a favor de Compañía Minera Raura S.A. la autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Raura II (Viroc), la cual mediante Resolución Ministerial Nº 538-2010-MEM/DM publicada el 22 de diciembre de 2010, se adecuó a una concesión defi nitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Hidroeléctrica Viroc, con una potencia instalada de 12,5 MW, ubicada en el distrito y provincia de Oyón, departamento de Lima, en la zona comprendida dentro de las Coordenadas UTM (PSAD56) que obran en el Expediente Nº 18222810; asimismo, se aprobó el Contrato de Concesión Nº 359-2010; Que, de acuerdo con la Cláusula Séptima y el Anexo Nº 5 del Contrato de Concesión Nº 359-2010, el plazo de ejecución de obras hasta la puesta en operación comercial la Central Hidroeléctrica Viroc es de 36 meses, contados a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución Ministerial Nº 538-2010-MEM/DM; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 390-2011- MEM/DM publicada el 02 de setiembre de 2011, se aprobó la Primera Modifi cación al referido Contrato de Concesión, estableciendo como nuevo titular de la concesión defi nitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Viroc, a la empresa Amazonas Generación S.A.; Que, mediante documentos ingresados el 23 de febrero de 2012, 21 de setiembre de 2012 y 09 de mayo de 2013, bajo los Registros Nº 2169870, Nº 2231409 y Nº 2290324, respectivamente, Amazonas Generación S.A. solicitó la Segunda Modifi cación al citado Contrato, por razones de