Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2013 (15/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano Martes 15 de octubre de 2013

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VISTO: El Expediente Nº 33320112, organizado por MINERA BARRICK MISQUICHILCA S.A., persona juridica inscrita en la Partida Nº 11359937 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA, y su solicitud de modificacion de autorizacion para la generacion de energia electrica; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 0622013-MEM/DM publicada el 28 de febrero de 2013, se otorgo la autorizacion a favor de MINERA BARRICK MISQUICHILCA S.A., para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en las instalaciones de la futura Central Termica Lagunas Norte, con una potencia instalada de 12 MW, ubicada en el distrito de Quiruvilca, provincia de MORDAZA de MORDAZA y departamento de La Libertad; Que, mediante el documento con registro de ingreso Nº 2320345 del 15 de agosto de 2013, MINERA BARRICK MISQUICHILCA S.A. solicito la modificacion de su autorizacion de generacion de energia electrica, que consiste en el incremento de su potencia instalada de 12 MW a 12,775 MW, a consecuencia de la instalacion de siete (07) grupos de mayor potencia nominal en lugar de la instalacion de diez (10) grupos de menor potencia nominal prevista inicialmente; Que, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento, la Direccion General de Electricidad ha emitido el Informe Nº 616-2013-DGE-DCE; Estando a lo dispuesto por el articulo 38 de la Ley de Concesiones Electricas, el literal e) del articulo 69 de su Reglamento y el item AE01 del Anexo Nº 1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 0612006-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y el visto MORDAZA del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar la modificacion de la autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Termica Lagunas Norte de la que es titular MINERA BARRICK MISQUICHILCA S.A., incrementando su potencia instalada de 12 MW a 12,775 MW, que resulta de la instalacion de siete (07) grupos de mayor potencia nominal en lugar de la instalacion de 10 (diez) grupos de menor potencia nominal prevista inicialmente. Articulo 2.- MINERA BARRICK MISQUICHILCA S.A., debera construir las obras descritas en su solicitud, segun el Cronograma de Ejecucion de Obras, en el que esta prevista la puesta en marcha de la Central Termica Lagunas Norte a mas tardar el 10 de enero de 2014, segun lo establecido en el articulo 2 de la Resolucion Ministerial Nº 062-2013-MEM/DM. La falta de ejecucion de dichas obras de acuerdo con el cronograma de ejecucion, conllevara a la cancelacion de la presente modificacion de autorizacion. Articulo 3.- Quedan subsistentes todos los derechos y obligaciones a que se encuentra sujeta la titular, en particular el cumplimiento de la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento, la Resolucion Ministerial Nº 062-2013-MEM/DM y demas normas legales y tecnicas aplicables. Articulo 4.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 67 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 999076-1

fuerza mayor, a fin de consignar un MORDAZA Cronograma de Ejecucion de Obras y una nueva ubicacion de la captacion, sustento que cuenta con opinion favorable de OSINERGMIN a traves del Informe Nº GFE-USPP-62-2013 y que ha implicado la modificacion de la Primera, Septima y Decima Clausula, asi como el Anexo Nº 5 del referido Contrato; Que, teniendo en cuenta lo indicado en el considerando que antecede, resulta necesario aprobar la MORDAZA Modificacion al Contrato de Concesion Nº 359-2010, en lo que se refiere a los datos generales, el plazo de ejecucion de obras, area de servidumbre y la fecha de inicio y de Puesta en Operacion Comercial de la Central Hidroelectrica Viroc, establecido en el Cronograma de Ejecucion de Obras; Que, habiendose cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, y contando con la opinion a que se refiere el Informe Nº 533-2013-DGE-DCE, corresponde aprobar la MORDAZA Modificacion al Contrato de Concesion Nº 359-2010 en los terminos y condiciones que aparecen en la Minuta correspondiente, la misma que debera ser elevada a Escritura Publica incorporando en esta el texto de la presente Resolucion, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotacion de Servicios Publicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 7 y 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Estando a lo dispuesto en el ultimo parrafo del articulo 66, el articulo 67 y el MORDAZA parrafo del articulo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y el visto MORDAZA del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar la MORDAZA Modificacion al Contrato de Concesion Nº 359-2010, relativo a la concesion definitiva de generacion con Recursos Energeticos Renovables de la Central Hidroelectrica Viroc, en lo referido a la modificacion de las clausulas Primera, Septima y Decima, asi como el Anexo Nº 5 del referido Contrato, por las razones y fundamentos legales senalados en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2.- Autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir, en nombre del Estado, la Minuta de la MORDAZA Modificacion al Contrato de Concesion Nº 359-2010, aprobada en el articulo precedente y la Escritura Publica correspondiente. Articulo 3.- El texto de la presente Resolucion Ministerial debera incorporarse en la Escritura Publica a que de origen la MORDAZA Modificacion al Contrato de Concesion Nº 359-2010, referido en el articulo 2 de la presente Resolucion, en cumplimiento del articulo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 4.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 67 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 999449-1

Aprueban la modificacion de autorizacion para desarrollar actividad de generacion de energia electrica en Central Termica Lagunas Norte de la que es titular Minera Barrick Misquichilca S.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 436-2013-MEM/DM MORDAZA, 10 de octubre de 2013

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